Antes de finalizar este año, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) debe terminar de ubicar a 1.615 miembros de la Fuerza Pública –la mayoría militares– involucrados en delitos graves del conflicto armado y que, por cuenta del acuerdo de paz con las Farc, obtuvieron beneficios como la libertad anticipada y condicional antes de que comenzara a operar la JEP, en marzo del 2018.
En total, los militares y policías sometidos a la JEP son 2.059. Si bien a la luz del acuerdo de paz y mientras arrancaba la JEP los miembros de la Fuerza Pública podían pedir su libertad ante jueces ordinarios si ya habían cumplido cinco años de su condena, o pasar de una cárcel a una unidad militar, estaban en la obligación de firmar un acta de sometimiento a la justicia para la paz en la que se comprometían a cumplir con la verdad y reparación a las víctimas.
Pero para mantener el beneficio de la libertad debían presentarse a la JEP y, a través de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, concretar el régimen de condicionalidad mediante el cual se comprometen a garantizar la verdad, la reparación y la no repetición.
“Si a estos militares y policías no se les ajusta el régimen de condicionalidad ni se les trae aquí, puede haber dificultades. Tienen un beneficio, pero no las condiciones que este conlleva, y esto podría ser un problema para Colombia, pues quedaríamos en la mira de la Corte Penal Internacional (CPI)”, según un concepto de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP.
Esta justicia transicional considera urgente precisar los regímenes de condicionalidad de los más de 1.600 militares y policías que obtuvieron beneficios tras el acuerdo de paz a través de la justicia ordinaria y no se han reportado.
Esto, porque desde el 2004 la Corte Penal Internacional (CPI) tiene abierto un expediente preliminar contra Colombia por la falta de resultados en la investigación, juzgamiento y sanción efectiva a los máximos responsables de delitos atroces cometidos durante el conflicto.
En ese expediente hay un capítulo especial sobre los denominados ‘falsos positivos’ cometidos por miembros de la Fuerza Pública. Y de acuerdo con la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP, el 99 por ciento de los militares y policías que firmaron actas de sometimiento a la JEP están procesados por este crimen o por desapariciones forzadas.
Por eso, no ajustar la libertad condicional que obtuvieron esos 1.615 miembros de la Fuerza Pública a un compromiso cumplible de verdad y reparación a las víctimas podría abrir una ventana para que la Corte Penal Internacional intervenga.
El Estatuto de Roma, tratado que creó la CPI y del cual hace parte Colombia, establece que ese tribunal tiene competencia si las autoridades judiciales del país no avanzan en su obligación de perseguir los graves crímenes de guerra y de lesa humanidad.
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP dice tener confianza en hallar mecanismos con el Ministerio de Defensa para ubicar a los militares y policías que no se han reportado.
En principio podría ser mediante jornadas de convocatoria en las diferentes ciudades para explicarles a esos miembros de la Fuerza Pública qué es el régimen de condicionalidad y el proceso para construirlo.
“Esta es una justicia transicional y restaurativa, el régimen de condicionalidad es una construcción entre lo que propone el compareciente y lo que observan las víctimas para reparar. No es solo llamarlos a que firmen. El régimen tiene que ser construido por ellos, luego lo traen y se lo trasladamos a la víctimas y al Ministerio Público, que pueden hacer observaciones”, explica la Sala de la JEP.
Por el momento, esta justicia no tiene noticias de cuáles miembros de la Fuerza Pública beneficiados por la justicia ordinaria con la libertad se hayan fugado, aunque sí recibió 5 reportes de personas que después de quedar libres se convirtieron en habitantes de calle, por lo que sus familias, incluso, han solicitado a las unidades militares que los reciban de nuevo.
Al ser consultado sobre los militares y policías que no se han reportado para cumplir sus compromisos con la JEP, el Ministerio de Defensa explicó que su función, cuando entró en vigencia el acuerdo de paz, fue recoger los listados de los miembros de la Fuerza Pública que podían tener algún beneficio y enviarlos a la Secretaría Ejecutiva de la JEP –que comenzó a funcionar antes que las diferentes salas y secciones–.
El Ministerio afirma que remitió las listas a los juzgados que tenían los procesos para que estos decidieran si les concedían los beneficios que pedían.
Según esa cartera, ahora su control se limita a tener el listado con la ubicación de las personas que obtuvieron la libertad o algún otro beneficio. Sin embargo, el Ministerio de Defensa dice estar seguro de que los militares y policías comparecerán cuando sean requeridos por la JEP y de que ninguno ha pretendido evadir sus responsabilidades frente al nuevo sistema.
La abogada Tania Parra, que representa a varios militares en la JEP, explicó que no todos los casos están en la misma etapa y que es posible que algunos miembros de Fuerza Pública no se hayan acercado a esa justicia para definir el plan de reparación porque no los han llamado.
“Como hay tantos comparecientes, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas inicialmente se está encargando de otorgar los beneficios; al principio, esos beneficios los daba el secretario ejecutivo de la JEP, y él no pedía ese plan reparador, pero a medida que la sala arrancó, ahora sí lo está pidiendo”, explicó la abogada.
Una vez que todos los miembros de la Fuerza Pública sometidos a la JEP tengan ajustado su régimen de condicionalidad, dependiendo de su situación, pasan a otras salas de la JEP para continuar sus procesos judiciales.
Si los militares no tenían una condena previa, pasarán a la Sala de Reconocimiento de Verdad, que recibe la información sobre reconocimiento de responsabilidad en los crímenes, y que lleva el caso 003, denominado ‘Muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado’. Si, por el contrario, los militares ya tenían condenas en la justicia ordinaria, la continuación de su proceso será en la Sección de Revisión de l a JEP.
“Tenemos que garantizar a las víctimas que van a tener una reparación bajo los ejes de verdad, garantía de no repetición y justicia; pero, además, tenemos que darles la seguridad jurídica a los comparecientes de que si cumplen con su régimen de condicionalidad, si cuentan la verdad, si no vuelven a cometer delitos, se les van a mantener los beneficios”, dice la JEP sobre este tema.
En el caso 003 de la JEP, denominado ‘Muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado’, ya se identificaron a 6 regiones y unidades militares que habrían participado en ‘falsos positivos’ en Cesar, Casanare, Antioquia, Meta, Huila y la región del Catatumbo.
Hasta la fecha, la Sala de Reconocimiento de Verdad ha escuchado las versiones de 91 presuntos responsables de estos hechos en audiencias realizadas en Bogotá, Valledupar, Medellín, Bucaramanga y Yopal. Se estima que en el segundo semestre de este año se realicen otras 81 diligencias de versión voluntaria.
Por otro lado, para este caso, la JEP ha recibido 13 informes de organizaciones de víctimas y ha acreditado a 176 personas como víctimas de estos crímenes.
REDACCIÓN PAZ
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