Luego de más de tres años de funcionamiento, la Jurisdicción Especial para la Paz emitió su primer escrito de hechos y conductas, que vincula a ocho excomandantes de las Farc y los acusa de ser los máximos responsables de crímenes de guerra y de lesa humanidad en relación con el secuestro.
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La decisión, además de ser histórica en los modelos de justicia transicional en el mundo y, sobre todo, en los procesos de paz en Colombia, ha sido reconocida por la contundencia con que la JEP señaló las graves violaciones que cometieron los exguerrilleros contra sus rehenes.
En entrevista con EL TIEMPO, el magistrado Eduardo Cifuentes, presidente de la jurisdicción, habla sobre los alcances de esta decisión, lo que viene en adelante en términos de verdad y justicia y lo que les espera a los comparecientes en términos de sanciones y participación política.
La JEP fue creada para investigar los peores crímenes del conflicto armado de Colombia y juzgar y sancionar a sus máximos responsables. El escrito es una providencia que, primero, contribuye en ese sentido, porque identifica los hechos y conductas constitutivas de algunos de los crímenes más graves de nuestra historia y se los atribuye a algunos dirigentes de la exguerrilla. Hemos proferido en el poco tiempo de funcionamiento más de 30 mil decisiones, muchas de ellas depurando el universo de comparecientes a la jurisdicción, y hay en curso numerosos trámites maduros.
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Primero, más decisiones de esta naturaleza, en este y en los otros macrocasos, hasta que tengamos por fin la selección total de máximos responsables de todos los actores armados.
Entre tanto, los comparecientes tendrán que reconocer verdad y responsabilidad, o de lo contrario quedan sujetos a penas de prisión entre 5 y 20 años. Esto es, la JEP cuenta con instrumentos penales más drásticos que cualquier otro sistema transicional. Esta decisión abre la perspectiva para sentencias y sanciones en un horizonte cada vez más cercano de tiempo.
En términos de lucha contra la impunidad y de cumplimiento de las obligaciones internacionales del Estado colombiano, la JEP se constituye como un adalid de la justicia en el país en tiempo récord.
Este es el primer paso en esa dirección. La decisión divulgada, y en general todo el trabajo de la JEP, se constituye en una herramienta sin precedentes en la lucha contra la impunidad en Colombia.
Las dificultades de un fenómeno de criminalidad tan prolongado y extendido hicieron que el aporte de la justicia ordinaria estuviera necesariamente limitado. No es cierto, como lo sostienen algunos, que la JEP tenía todo el trabajo hecho por la Fiscalía.
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Recibimos informes con muchos vacíos de información, atribuibles, como le he dicho, a las dificultades de investigar en medio de un conflicto armado con los instrumentos de una justicia para tiempos de paz. Esos vacíos los llenamos con el trabajo de nuestras magistradas y de nuestros magistrados y analistas. Y con las versiones de los comparecientes, que hicieron aportes a la verdad de carácter muy significativo, así como la fundamental participación de las víctimas.
Lo que ha hecho la JEP en términos de verdad para las víctimas no tiene parangón, por fin las víctimas tienen el reconocimiento que exige su dignidad, y encuentran respuestas a preguntas que en el pasado se les había ocultado.
Una vez avance el procedimiento que impulsa esta decisión, y se impongan las sanciones a los máximos responsables, la JEP debe definir qué sucede con sus derechos políticos. O puede hacerlo incluso antes, si constata que tras la desmovilización incumplen sus obligaciones de un modo que implique la pérdida o restricción de estos beneficios. Para decidir esto, la Corte Constitucional ya fijó unas reglas y unos principios, que la JEP debe simplemente aplicar.
Creo que cada vez más los enemigos del proceso de paz se quedan sin argumentos para atacar a sus instituciones. La paz que se pactó fue una paz sin impunidad y, justamente, eso es lo que está haciendo la JEP. Luego de la entrega de las armas, asistimos a la entrega de la verdad y a su contrastación.
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Eso es muy importante para las víctimas, para la justicia y la reconciliación. Lo que ha mostrado la JEP con esta decisión es que, si la dejan trabajar, los resultados en términos de verdad y justicia van a ser impresionantes. No hay que temer a la verdad y, sobre todo, no hay que ponerle obstáculos a la JEP para que dignifique a las víctimas al evidenciar, como lo hace, la verdadera realidad y el verdadero significado atroz de lo ocurrido.
Es curioso. Primero nos acusan de ir muy lento, y cuando ya sacamos la primera decisión sobre patrones y máximos responsables, nos preguntan que si no vamos demasiado rápido.
Acaso eso demuestre que respondemos a un ritmo apropiado. La JEP ha logrado con esta decisión mostrarles a sus críticos y detractores que se puede hacer investigación de crímenes de sistema en un tiempo razonable, si existen instituciones apropiadas, como las del Acuerdo de Paz. Que se puede develar lo sucedido en el conflicto y dar a las víctimas un espacio en el cual puedan ver que sus derechos son protegidos y que, por fin, se hace justicia.
Precisamente lo que hace la JEP es mostrar la complejidad del fenómeno del secuestro en Colombia y aporta la verdad sobre uno de los crímenes más graves del conflicto colombiano. Pero la JEP no se queda ahí. Va más allá, muestra que lo que sucedió no solo fueron actos de secuestro, conforme a la legislación doméstica. Lo que aporta la JEP es una visión de conjunto que no podía suministrar la justicia ordinaria, por su metodología del caso a caso.
La JEP evidencia algo mayor. Que estos actos de privación de la libertad tienen la gravedad de los peores crímenes de la historia, pues fueron graves violaciones al derecho humanitario, esto es, crímenes de guerra y que fueron ataques masivos y sistemáticos en contra de la población civil, es decir, fueron crímenes de lesa humanidad. Con este auto la JEP ha logrado documentar con mucho rigor un capítulo deplorable y, ojalá, irrepetible de nuestro pasado.
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La JEP impone sanciones efectivas de prisión a los máximos responsables, a menos que reconozcan verdad y responsabilidad, pues en este caso les impone sanciones propias. Son sanciones que cumplen todos los estándares internacionales, y así lo ha reconocido la Corte Constitucional.
Quienes reciben una sanción propia quedan en la obligación de restaurar y reparar el daño causado. No solo experimentan el mal inherente a todo castigo, y el reproche de la sociedad colombiana que, a través de la JEP, está estableciendo que su conducta fue censurable y no solo un error de la guerra. La sanción propia nombra el mal, lo condena e impone un castigo.
Pero también conmina a las personas a reparar el daño. Para eso existen las sanciones propias, para garantizar que no se repitan estos hechos, para reconstruir la comunidad dañada. Los TOAR tienen la función de buscar ese fin, en beneficio de la comunidad afectada.
A partir de este momento en la medida que culminen los ejercicios de contrastación se dictarán más autos de determinación de hechos y conductas. Este será el presupuesto para dictar las primeras sanciones.
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En el caso 003, por ejemplo, ya se preparan nuevas decisiones, las cuales nos mostrarán que fue lo que ocurrió en el fenómeno comúnmente llamado de los falsos positivos y, sobre todo, quiénes son sus presuntos máximos responsables. Estos recibirán penas de prisión de 5 a 20 años, excepto que reconozcan verdad y responsabilidad, en cuyo caso pueden terminar con una sanción propia.
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