Tras conocerse el avance más importante en el establecimiento de responsabilidades contra los exguerrilleros de las Farc, por el caso de secuestro, este jueves el magistrado Eduardo Cifuentes, presidente de la JEP, en compañía de la togada Julieta Lemaitre, cabeza de este proceso, se están pronunciaron sobre el escrito de determinación de hechos y conductas.
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El magistrado Cifuentes resaltó el papel que han tenido las víctimas en la búsqueda de la verdad y en la reconstrucción de los hechos que se señalan en el escrito, que es la antesala a la Resolución de Conclusiones y los juicios ante el Tribunal para la Paz, que establecerá las penas contra los responsables de estos hechos.
A esto, expuso el presidente de la jurisdicción, se sumó la revisión de cientos de expedientes, el exámen de las versiones voluntarias de los comparecientes, la contrastación de información, entre otros recursos que fueron necesarios para llegar a este punto, que, guardadas las proporciones, se asimila a lo que es una imputación de cargos en la justicia ordinaria.
"Esta calificación jurídica es el más grande reproche que este tribunal puede hacer, y responde a las más graves violaciones del principio de humanidad", dijo, a su turno, la magistrada Julieta Lemaitre, quien es relatora del macrocaso 01.
Y agregó: "La respondabilidad individual varía según los cargos de mando asumidos durante el conflicto armado".

La magistrada Julieta Lemaitre, quien encabeza el caso 01, es una de las figuras más respetadas del derecho en Colombia, y cuenta con un doctorado en la Universidad de Harvard.
JEP
Sobre el caso de Juan Hermilo Cabrera, quien murió ayer, la magistrada confirmó que se incluyo porque ya había sido firmado el auto antes de que se conociera de su fallecimiento.
Para la Sala de Reconocimiento, privar a las personas de su libertad, y condicionar su liberación, así como su bienestar, su integridad y su vida, fue un crimen de guerra, específicamente el de toma de rehenes.
Como producto de este crimen, la Sala también les imputó a los antiguos miembros del Secretariado otros crímenes de guerra relacionados con el trato a los secuestrados, como homicidio, tortura, tratos crueles, atentados a la dignidad personal, violencia sexual y desplazamiento forzado.
Según expresó la magistrada Lemaitre, la Sala de Reconocimiento estableció que la información recopilada es suficiente para concluir que los secuestros fueron sistemáticos y masivos, que es la calificación necesaria, junto con la intención de atacar a la población civil, para que se trate de un crimen de lesa humanidad.
En su labor de contrastación, la Sala de Reconocimiento unificó seis bases de datos distintas, tres de la Fiscalía, una de Fondelibertad, una de País Libre y una del Centro Nacional de Memoria Histórica, usando para unificarlas los números de cédula; también otras listas pequeñas aportadas por informes de sociedad civil, como la aportada por Voces del Secuestro.
Al unificar las listas y eliminar los registros repetidos, la Sala de Reconocimiento de la JEP encontró que se atribuyen a las Farc las siguientes cifras:
-21.396 víctimas de secuestro fueron identificadas con nombre y cédula.
-79% corresponden a hombres y el 21% a mujeres.
-De los datos que reportan la edad de la víctima (55% de los datos), el 95% corresponden a mayores de edad y 5% eran niños, niñas o adolescentes.
-Entre los niños, niñas o adolescentes, el 47% eran niñas.
-De los mayores de edad, el 19% tenían más de 55 años.
-Al contrastar este listado con el listado de reportados como muertos y desaparecidos en el RUV (Registro Único de Víctimas), la Sala identificó que el 8,7% de las víctimas de secuestro fueron desaparecidas y el 2,9% asesinadas con entrega de cuerpo.
-En cuanto a la investigación penal, en lo que se refiere a la impunidad, en la gran mayoría de los hechos (72% y 81% de las denuncias según si los hechos se cometieron antes o después del 2000) nunca se logró identificar a los autores individuales.
-En cuanto a los datos territoriales, la Sala de Reconocimiento logró identificar que la mayor parte de los secuestros registrados se realizaron entre 1998 y 2001, coincidiendo con la Zona de Distensión.

Tras conocerse el escrito, el presidente de la JEP, Eduardo Cifuentes, y la magistrada Julieta Lemaitre se pronunciaron al respecto.
JEP
-14 años fue el máximo de tiempo en que una persona estuvo en cautiverio.
-Los territorios más afectados, en términos per cápita, fueron los departamentos de la zona geográficas de la Orinoquía y la Amazonía, en particular los departamentos de Guaviare, Vaupés, Caquetá, Meta, Vichada, Arauca y Casanare, área de operación del extinto Bloque Oriental,
-En términos numéricos absolutos, el departamento más afectado es Antioquia.
-Para entender cómo cometieron los hechos de secuestro, en su máximo periodo de expansión, la guerrilla de las Farc reportó 60 estructuras en operación organizadas en cinco bloques de frentes y dos comandos conjuntos.
De estos bloques y comandos conjuntos, el Bloque Oriental fue el más grande de todos. También existieron el Bloque Sur, el Bloque Magdalena Medio, el bloque Noroccidental, Occidental, Caribe y Central.
-En 1998 las Farc decidieron forzar el intercambio de guerrilleros presos por los militares y policías en su poder. El Informe No 2 de la Fiscalía menciona a 245 militares y policías cuya libertad fue condicionada a un eventual intercambio de prisioneros.
Una de las decisiones que contiene el auto de determinación de hechos y conductas es el cambio de nombre del macrocaso, que antes se llamaba 'Retención ilegal de personas por parte de las Farc', lo que generó reparos por parte de las víctimas.
Sin embargo, el caso no pasó a llamarse directamente 'Secuestro', sino que fue denominado 'Toma de rehenes y otras privaciones graves de la libertad'. Frente a esto, la magistratura explicó que ese es el término jurídico que contempla el Derecho Internacional Humanitario, y enfatizó en que lo cometido por las Farc no fueron errores, sino graves crimenes de guerra y delitos de lesa humanidad.
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