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JEP Colombia

En medio de debate, Corte se reúne para dar concepto sobre la JEP

Los magistrados de la Corte Constitucional analizarán las voces a favor y en contra del glifosato para establecer si suavizan las exigencias para fumigar, o las mantienen.

Los magistrados de la Corte Constitucional analizarán las voces a favor y en contra del glifosato para establecer si suavizan las exigencias para fumigar, o las mantienen.

Foto:Carlos Ortega / EL TIEMPO

Hoy se discutirá la ponencia que dice que los reparos de Duque a la ley estatutaria no son válidos.

Milena Sarralde
Este miércoles en su Sala Plena la Corte Constitucional podría responder un derecho de petición que le presentó el presidente de la Cámara de Representantes, Carlos Chacón, en el cual le consulta si el Congreso debe tramitar o no las objeciones a la JEP,.
Según Chacón, los reparos que el presidente Iván Duque le hizo a la ley estatutaria de la JEP no tienen un carácter de inconveniencia, sino de constitucionalidad.
La Corte designó al magistrado Antonio José Lizarazo como el encargado de elaborar una ponencia con la respuesta que será estudiada este miércoles. Si no hay una decisión en esta Sala, quedaría para la próxima sesión, en la cual seguirían estudiando la ponencia de Lizarazo. El magistrado Lizarazo es el mismo que proyectó el fallo que luego fue votado por la Sala Plena, y del cual salió la ley estatutaria de la JEP. 
Fuentes del alto tribunal aseguran que los magistrados ya están evaluando la ponencia de Lizarazo y en ese análisis ya se perfila una posible respuesta que le darían a Chacón.  Esa respuesta iría en el sentido de indicarle al representante que las objeciones que hizo Duque a la ley estatutaria no son procedentes. 
Así, la mayoría de magistrados del alto tribunal estaría considerando que esas objeciones, aunque fueron sustentadas por Duque por razones de inconveniencia -es decir, por razones políticas, fiscales o económicas-, realmente son objeciones constitucionales que atacan lo que la Corte ya revisó y estudió, y sobre lo que ya se pronunció.
El presidente Iván Duque ha dicho que al hacer seis objeciones a ley estatutaria de la JEP no tiene el propósito de desafiar a las Corte, y que lo que busca es generar un consenso en el Congreso "para mejorar la justicia transicional". También ha dicho que sus objeciones son por razones de inconveniencia, y que la Constitución le da la atribución de objetar proyectos de ley antes de ser sancionados. Según Duque, ese mismo procedimiento fue adelantado por el anterior gobierno con una ley estatutaria que ya había pasado por la Corte Constitucional. 
Según fuentes de la Corte, entre la mayoría de magistrados existe el interés de responderle a Chacón que las objeciones del Presidente no son procedentes porque los fallos del alto tribunal -que es un tribunal de cierre- hacen tránsito a cosa juzgada, lo que significa que no es válido hacer objeciones frente a asuntos que la Corte ya avaló o eliminó de la ley estatutaria de la JEP.
Así, en la respuesta a Chacón, aseguran fuentes, los magistrados recordarían que el artículo 243 de la Constitución Nacional establece que “los fallos que la Corte dice en ejercicio del control jurisdiccional hacen tránsito a cosa juzgada”, por lo que ninguna autoridad puede reproducir “el contenido material del acto jurídico declarado inexequible por razones de fondo, mientras subsistan en la Carta las disposiciones que sirvieron para hacer la confrontación entre la norma ordinaria y la Constitución”.

Los puntos claves de la ponencia de Lizarazo

En la ponencia que el magistrado Antonio José Lizarazo le presentó a la Corte, hay al menos cinco puntos claves sobre la respuesta que se le daría a Chacón y que estarían contempladas en un auto. En todo caso, esos puntos serán revisados y debatidos por los magistrados, quienes deben definir si acogen la propuesta que proyectó Lizarazo para responderle al presidente de la Cámara. 
El primer punto de la respuesta tiene que ver con la competencia de la Corte. La ponencia asegura que en el alto tribunal ya hay varias solicitudes de aclaración del fallo de la ley estatutaria de la JEP, que se deberían acumular con la de Chacón. En ese sentido, esas solicitudes permiten hacer un seguimiento la sentencia de la ley estatutaria, aclaraciones sobre las que el alto tribunal debe pronunciarse.
Otro punto de la ponencia asegura que si bien el presidente Duque tiene competencia para objetar una ley estatutaria en circunstancias normales, no ocurre lo mismo en circunstancias especiales como las del acuerdo de paz en donde se avaló un proceso especial como el 'fast track' para tramitar las leyes de paz. 
La ponencia de Lizarazo también plantea que la naturaleza jurídica de las objeciones que se le hicieron a la estatutaria de la JEP, en esencia, son reparos de inconstitucionalidad que estarían disfrazados como de inconveniencia. Según el proyecto de fallo del magistrado, el Gobierno no ha argumentado por qué son inconvenientes las sentencias de la Corte. 
Además, el proyecto de fallo recordaría que en materia de paz la Corte ha señalado que los acuerdos se deben cumplir de buena fe, por lo que todos los desarrollos que tengan ante el Gobierno y ante el Congreso, deben guardar coherencia con lo acordado. 
Lizarazo también plantea que en este caso ya hay cosa juzgada porque los fallos de la Corte Constitucional son decisiones de cierre. Según el proyecto de fallo del magistrado, muchos de los puntos que fueron objetados por Duque ya habían sido resueltos por la Corte en varias sentencias. 
Finalmente, la ponencia de Lizarazo propone que se le ordene al Congreso devolver el expediente a la Presidencia para su sanción presidencial y promulgación. Sobre este punto algunos magistrados no estarían de acuerdo con que el auto que emita la Corte Constitucional contemple esta orden. 

La tendencia

Fuentes consultadas por EL TIEMPO afirman que dentro de los nueve magistrados de la Corte habría una mayoría de cinco magistrados dispuesta a apoyar varios puntos de la respuesta que propone Lizarazo. Esa respuesta iría en el sentido de indicarle al representante Chacón que las objeciones que hizo Duque a la ley estatutaria no son procedentes.
JUSTICIA
Milena Sarralde
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