La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó medidas cautelares a favor de Yiner Hernán Quiguantar Cortés, líder social en Colombia, tras considerar que se encuentra en "situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos", sostuvo el organismo internacional.
De acuerdo con la CIDH, el joven de 22 de años, líder político, indígena y juvenil en el Cauca, ha sido amenazado y hostigado debido a su actividad como defensor de derechos humanos.
El organismo internacional también hizo hincapié en que las amenazas se han intensificado este año. Añadió: "el 11 de junio de 2021, el beneficiario fue agredido físicamente y amenazado de muerte".
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La CIDH señaló que esta información ya fue entregada al Estado. Por su parte, el Gobierno dio cuenta sobre las estrategias encaminadas a proteger a Yiner Quiguantar. Y afirmó que se están implementando medidas de autoprotección por autoridades policiales.
La Unidad Nacional de Protección, según la CIDH, consideró que el líder social se encuentra en una situación de riesgo extraordinario y ordenó la aplicación de medidas de protección a su favor, que consisten en un medio de comunicación y un chaleco antibalas.
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Frente a esto, la Comisión argumentó que las medidas ordenadas, actualmente, a favor del beneficiario, Yiner Hernán Quiguantar Cortés, no han sido implementadas a la fecha, contando solamente con medidas de autoprotección
De modo que, la CIDH concluyó que el joven de 22 años se encuentra en situación de gravedad y urgencia, "puesto que sus derechos a la vida e integridad personal están en riesgo", explicó la Comisión.
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Por consiguiente, el organismo internacional solicitó al Estado Colombiano:
- Adoptar las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad de Yiner Quiguantar Cortés.
- El Estado deberá cerciorase de que las medidas de protección implementadas sean eficaces, adecuadas y culturalmente pertinentes.
- Las medidas deben ser concertadas con el líder social y sus representantes.
- El Estado debe informar sobre las acciones adoptadas y evitar la repetición de los hechos amenazantes.
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Sin embargo, la CIDH aclaró que el otorgamiento de la medida cautelar y su adopción por el Estado "no constituyen prejuzgamiento sobre una eventual petición ante el sistema interamericano en la que se aleguen violaciones a los derechos protegidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos".
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