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Investigación

Tortura a presos en Calarcá tiene en la cuerda floja a tres guardias

Según el alto tribunal, directores de cárceles no pueden violar el derecho a la libertad sexual de los detenidos.

Según el alto tribunal, directores de cárceles no pueden violar el derecho a la libertad sexual de los detenidos.

Foto:Jaime Moreno / EL TIEMPO

Pese a estar indefensos, fueron golpeados, insultados y recibieron gas pimienta, reseña expediente.

Aunque estaban esposados y sin posibilidad de defensa, cuatro presos de la cárcel de Calarcá, Quindío, fueron golpeados e insultados, e incluso tuvieron que soportar que les rociaran gas pimienta en la cara, solo por haberle pedido al jefe de seguridad de la cárcel que los cambiara de pabellón por asuntos referentes a su seguridad.
Por estos hechos, la Procuraduría acaba de llamar a juicio disciplinario al capitán Ever Alberto Aragón y los dragoneantes Diego Javier Salazar Álvarez y José Manuel Cardona Castillo, quienes ahora deberán responder por la tortura que, según el ente de control, cometieorn contra los presos el 2 de enero del 2014.
Según el expediente en su contra, los abusos comenzaron por una discusión verbal que los internos tuvieron con Aragón, cuando se dirigieron al comando de vigilancia de la cárcel para solicitar una reubicación de pabellón ante el capitán, quién para la época de los hechos era el jefe de seguridad. La solicitud de los internos fue despachada desfavorablemente y el capitán, además, los insultó.
Pero la discusión no terminó ahí sino que tres de los cuatro presos fueron conducidos a otra área de la prisión en donde, “como castigo por la confrontación presentada en el comando de vigilancia, les propinaron actos de tortura de índole verbal y físico a los internos, entre las que se relatan golpes y el uso de gas pimienta en su rostro, cuando se encontraban disminuidos y esposados”, dice el pliego de cargos conocido por EL TIEMPO.
Los golpes y las lesiones fueron de tal magnitud que los internos tuvieron incapacidades médico-legales de 5 días, dos de ellos, y el tercero, de 10 días.

Las demoras

Aunque los hechos fueron denunciados el 3 de enero de 2014, es apenas ocho años después que el caso irá a juicio, debido a una serie de situaciones que causaron demoras en el proceso, como peticiones de nulidad de la defensa de uno de los procesados porque no se les había permitido controvertir las declaraciones entregadas por los quejosos antes del inicio del proceso disciplinario.
Por esas situaciones y otras más, aunque el caso se había iniciado en febrero del 2014, fue anulada la actuación y solo hasta el 5 de junio de 2015 volvió a abrirse formalmente la investigación disciplinaria.
Luego vino una etapa de investigación que se demoró tres años, hasta el 9 de junio del 2018, cuando la Procuraduría Regional del Quindío profirió un primer pliego de cargos contra del capitán Aragón y el dragoneante Salazar por infligir a una persona dolores o sufrimientos graves; y contra el dragoneante Castillo por la falta grave de incumplir los deberes o abusar de los derechos o extralimitar las funciones.
No obstante, el 28 de septiembre de 2018 el despacho que llevaba la investigación decretó la nulidad de lo actuado desde el auto del 5 de junio de 2018, en el que abrió la investigación formal, al considerar que existían imprecisiones frente a la conducta atribuida al guardián Cardona que afectaban gravemente sus derechos de defensa y debido proceso.
Luego, en enero del 2019, el proceso fue remitido a la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos, puesto que se consideró que los hechos se tipificaban como “graves violaciones al DIH y los DD. HH.”. Con la llegada, unos meses después, de la pandemia de covid-19 hubo nuevas dificultades para avanzar con más celeridad porque el expediente no estaba digitalizado, pero finalmente se pudo proceder.

Las pruebas

Entre las 29 pruebas que la Procuraduría decretó en la nueva etapa de investigación hay testimonios, documentos y pruebas técnicas que llevaron al Ministerio Público a determinar que el caso debe seguir en juicio y que los guardianes actuaron deliberadamente y con la intención de causar sufrimiento físico como castigos a los presos.
Por ejemplo, se recoge que la solicitud de traslado de los presos generó un malestar al capitán “quien aparte de negar la misma, procedió a agredirlos verbalmente con palabras soeces, mientras los retiraba de su oficina”, y, acto seguido, “los reclusos fueron trasladados al sector de la reja tres del penal, donde se encontraban los dragoneantes Diego Javier Salazar y José Manuel Cardona, quienes al arribo del capitán procedieron a propinarle malos tratos físicos y verbales a los jóvenes cuando se encontraban esposados y sin posibilidad alguna de protegerse de los ataques”.
Además, hay documentos que relatan que este no fue el único acto irregular que habría cometido el jefe de seguridad Aragón, pues un oficio remitido por el entonces director de la cárcel de Calarcá a la regional del Inpec a la que pertenece ese penal pone de presente “las reiteradas quejas del comportamiento del capitán Ever Alberto Aragón”, quien, según se lee, presentaba dificultades para “acoplarse a los procedimientos de trabajo en equipo, a tal punto que sus acciones desbordaban los lineamientos y parámetros establecidos desde la dirección general del Inpec, en el tema de respeto y promoción de los derechos humanos de las personas privadas de la libertad”.
En el mismo oficio el director de la cárcel reseñó los hechos ocurridos con los presos en enero de 2014 así: “El pasado 2 de enero de 2014, cuando en presencia de este servidor, de la asesora jurídica del establecimiento, del doctor Walter Aquiles defensor del pueblo, y varios funcionarios más, (Aragón) sacó de manera violenta, agrediendo física, y verbalmente, a un grupo de cuatro internos que habían sido conducidos hasta el comando de vigilancia, por el personal de guardia, para que se les solucionara una solicitud referente a su seguridad personal, y muy a pesar de que estos internos se encontraban con las restricciones puestas, el señor comandante los agredió físicamente y déjeme decirle que el vocabulario con el que ellos se refirió es el más bajo que mis oídos han escuchado".

Aunque los hechos fueron denunciados el 3 de enero de 2014, es apenas ocho años después que el caso irá a juicio, debido a una serie de situaciones que causaron demoras en el proceso.

Frente a las agresiones posteriores, el relato de uno de los presos cuenta: “Nosotros nos dirigimos a él respetuosamente, y él de inmediato nos agrede verbalmente tratando mal a nuestras madres, de ahí nos sacó a empujones de la oficina y en la reja tres nos agredieron físicamente primero el dragoneante Salazar, luego el capitán Aragón y el dragoneante Cardona; el dragoneante Salazar me golpeó la cara después de gasearme, de lo que tengo la marca al lado del ojo derecho, me dieron palmadas, puños en el pecho y patadas”.
De todos los demás testimonios, entre los que también están los del director de la cárcel, un defensor del pueblo que presenció los hechos, los relatos de los internos, entre otras pruebas, la Procuraduría concluyó que los actos desplegados por los investigados fueron intencionales y deliberados, cometidos con el propósito de causar daños y sufrimientos físicos y “anular su personalidad y/o disminuir la capacidad física de los internos, a tal punto que los mismos fueron reducidos al rociarles gas pimienta en su rostro y proceder a infligirles golpes en su humanidad, sin posibilidad de defensa alguna”.
Prosigue el órgano de control diciendo que el acto investigado “tenía una finalidad clara, que no era otra sino castigar a los internos por la petición de reubicación elevada ante el comando de vigilancia”.
Así mismo, se señala que pese a que en su versión libre el capitán Aragón negó haber maltratado a los internos, “sus argumentos no resultan creíbles, dadas los hallazgos del Instituto Nacional de Medicina Legal y las declaraciones acopiadas”.
Las versiones de los otros dos dragoneantes también señalaban que fueron los internos los que se tornaron violentos en las rejas y quisieron abalanzarse sobre ellos, por lo que, supuestamente, tuvieron que usar la fuerza; pero la Procuraduría los refuta y sostiene que esa narrativa “discurre totalmente de las declaraciones de los internos y de los testigos, que describen que las víctimas se encontraban esposadas y disminuidas, lo que les impedía cualquier tipo de reacción física, máxime cuando la guardia utilizó gas pimienta en su rostro como manera de disminuir o anular su capacidad y personalidad”.
Por todo esto, el órgano les formuló el cargo de tortura, cometida con dolo, por lo cual deberán responder en audiencias disciplinarias en las que, tras escuchar los argumentos de un lado y otro, se determinará si son culpables y, dado el caso, cuál será la sanción a imponerles, que puede ir desde multas y amonestaciones, hasta la destitución e inhabilidad por varios años para ocupar cargos públicos.
MARÍA ISABEL ORTIZ
REDACCIÓN JUSTICIA

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