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Paro nacional, abuso policial, exceso de fuerza

El paro nacional no tiene precedentes –en los años recientes– en cuanto a número de muertos, heridos, casos de violencia policial y vandalismo.

Foto:

Héctor Fabio Zamora. EL TIEMPO

'Es urgente que se verifiquen violaciones de DD. HH.': Dejusticia

FOTO:

Héctor Fabio Zamora. EL TIEMPO

Mauricio Albarracín, subdirector de Dejusticia, habló sobre lo que ha pasado en el paro.


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S.
Redacción Justicia Hora de publicación del artículo
Nombre del autor Hora de publicación del artículo
RJ
08 de mayo 2021, 10:56 P. M.
JU
Julian Camilo Rios Monroy
08 de mayo 2021, 10:56 P. M.
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La jornada de protestas que comenzó el pasado 28 de abril no tiene precedentes: se trata de una movilización masiva en medio de una pandemia, y está por completar dos semanas (sin que haya fecha de caducidad segura a la vista).

Lamentablemente, tampoco tiene precedentes –en los años recientes– en cuanto a número de muertos, heridos, casos de violencia policial y vandalismo.

(Lea también: ¿Dónde y cómo murieron? El mapa de víctimas de la violencia en el paro)

Este panorama se da a pesar de que el 22 de septiembre del año pasado la Corte Suprema de Justicia emitió una sentencia que protegió el derecho a la protesta y le ordenó al Gobierno acciones que se esperaba que frenaran el abuso policial y le dieran garantías a los manifestantes pacíficos.

En entrevista con EL TIEMPO, Mauricio Albarracín –abogado, filósofo, magíster en Derecho y en International Legal Studies de la American University–, quien es subdirector del Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia), analiza la situación que vive el país en el marco del paro nacional.

¿En qué se diferencia la violencia policial de la ejercida por civiles?

Es importante no poner a los actores de la protesta en un mismo saco. Por un lado está la Policía, que es una institución centralizada, con un mando unificado, y su función constitucional está hecha para defender los derechos humanos y tiene establecidas unas formas de control, que deben ser proporcionales. Si ocurre un foco de violencia en una manifestación, el deber de las autoridades es aislar ese foco, intervenirlo, pero no usar ese foco para disolver toda la manifestación, que es lo que ha ocurrido.

Por el otro lado, se ha presentado violencia de otros actores contra la infraestructura, contra el servidor público y otras personas, y quienes la ejercen no se pueden poner en el mismo saco de los manifestantes pacíficos.

Hay que diferenciar los hechos en tiempo, modo y lugar y los actores que participan, para que el Estado intervenga de forma correcta y proporcionada, porque si interviene toda la violencia como un asunto de orden público o con reglas antiterrorismo, puede incurrir en violaciones de derechos humanos.

(Le puede interesar: Paro nacional: ¿Cuándo un policía puede disparar un arma?)

Lo que, en efecto, ha ocurrido…

Hemos observado que hay un patrón que no solo se repite sino que en algunas circunstancias se hace más grave, particularmente por el uso de arma de fuego contra los manifestantes, que tiene que ser investigado y sancionado. La violencia policial tiene que ser intervenida de manera prioritaria y urgente, porque al usarse de manera y recurrente se convirtió en el modus operandi frente a la protesta, y restringir este derecho viola la Constitución y no permite que las personas se movilicen democráticamente.

¿Qué tiene prohibido la Policía en estos contextos?

Primero, no pueden usar armas de fuego en las protestas, no pueden ocultar sus identificaciones ni restringir que los manifestantes o la prensa grabe sus acciones, pero además, de fondo, a la protesta pacífica no se le puede dar tratamiento de problema de orden público, y eso implica que no puede haber militares controlando las manifestaciones. El Ejército Nacional no tiene ni el entrenamiento ni la competencia para hacer eso.

Sobre el tema del uso de armas contra multitudes (incluyendo gases lacrimógenos, balas de goma, proyectiles contundentes), a nuestro juicio afecta la vida e integridad de las personas y, al ser totalmente desproporcionado, se convierte en un arma contra la protesta. Además, se dice que son armas no letales, pero han mostrado su letalidad en múltiples circunstancias, como en el caso de Dilan Cruz.

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 En el marco de las protestas al menos 27 personas han fallecido, según cifras de la Defensoría.

Foto:

Jaiver Nieto Álvarez / ETCE

En septiembre de 2020, la Corte Suprema de Justicia se pronunció al respecto. ¿Qué estableció?

La Corte Suprema demostró que había unas conductas del comportamiento policial que afectaban el derecho a la protesta, y estableció el deber de las autoridades para prevenir y sancionar la intervención sistemática, violenta y arbitraria de la Fuerza Pública en manifestaciones. El tribunal detectó patrones como la estigmatización del Gobierno Nacional a la protesta, el uso desproporcionado de la fuerza, la arbitrariedad y abuso de las detenciones y las agresiones a la prensa.

Y frente a eso, la Corte dictó órdenes: que el ministro Defensa pidiera disculpas (lo que finalmente hizo después de un incidente de desacato en el Congreso), que el Gobierno mantuviera la neutralidad frente a las protestas y no hubiera estigmatización; conformar una mesa de trabajo para reformar las directrices de la Fuerza Pública; diseñar un protocolo de acciones preventivas; suspender el uso por parte del Esmad de la escopeta calibre 12 (como la que mató a Dilan Cruz). En general, fue un conjunto de órdenes para que estos hechos no se volvieran a repetir.

(Le recomendamos: ¿Cómo denunciar si fue agredido por policías en las protestas?)

¿Cómo evalúan el acatamiento de esa sentencia?

Lamentablemente hay un incumplimiento de estas órdenes. De nuevo hay estigmatización, además de agresiones a la vida e integridad de los manifestantes. Existe suficiente evidencia de que hay violaciones de derechos humanos durante las protestas que comenzaron el 28 de abril, y de hecho las han manifestado organizaciones nacionales e internacionales, como la Oficina del Alto Comisionado Naciones Unidas para los Derechos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), el Relator Especial para el Derecho la Reunión Pacífica.

Ustedes le solicitaron a la CIDH una visita ‘in loco’, ¿por qué?

La visita era necesaria desde noviembre de 2019. Existe un problema en la garantía del derecho a la protesta y hay una ausencia de acciones por parte del Gobierno. Todo esto lleva a solicitar una verificación internacional, independiente e imparcial, que garantice el esclarecimiento de estos hechos y que no queden en la impunidad.

(En contexto: Oenegés le piden a CIDH documentar en terreno la violencia en el paro)

En esa solicitud cuestionaron a los organismos de control…

Hemos visto un cambio en el comportamiento del Ministerio Público y la Fiscalía. Lo primero es la falta de información completa, documentada y clara de las violaciones de derechos humanos. Uno esperaría que fueran los organismos de control los que nos estuvieran informando día a día dónde es que están ocurriendo esas violaciones, porque es su obligación constitucional. Pero en este momento son las organizaciones no gubernamentales, la ciudadanía misma la que está haciendo los reportes. Esto lo que demuestra es una falta de estrategia y de prioridad para garantizar derecho a la protesta.

¿Qué debe esperarse de los casos abiertos, tanto por abuso policial como por vandalismo?

Desde la dimensión política debe verse un cambio: es fundamental que el Gobierno y las autoridades vean a la protesta como una manifestación de democracia para frenar la violencia, y también es clave que haya una reforma de la institución policial.

Es necesario no solo que se adelanten las investigaciones contra los miembros de la Fuerza Pública que cometen abusos, sino que se les sancione. Así mismo con los civiles que cometen delitos, esa es la regla en democracia. Eso sí, hay que adelantar todas las acciones con el debido proceso y respetar los derechos de las personas que están siendo investigadas. Llama la atención, por ejemplo, que muchas de las capturas y allanamientos hechos hasta el momento no han sido legalizados por los jueces.

justicia@eltiempo.com
En Twitter: @JusticiaET

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RJ
08 de mayo 2021, 10:56 P. M.
JU
Julian Camilo Rios Monroy
08 de mayo 2021, 10:56 P. M.
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