El Gobierno Nacional presentó al Congreso la ley estatutaria que definirá las reglas y procedimientos para el funcionamiento de la Justicia Especial para la Paz (JEP).
La norma, de 151 artículos, firmada por los ministros de Defensa, Justicia e Interior, define la competencia, funcionamiento, sanciones y beneficios de la jurisdicción especial de paz que tendría una vigencia inicial de 10 años.
Los magistrados y fiscales de la JEP serán de nacionalidad colombiana. Además, se acoge la figura del amicus curiae que será ejercida por juristas expertos internacionales
En la norma se establece un capítulo especial para la protección de los derechos de las víctimas y la necesidad de que quienes vayan a la JEP contribuyan con la verdad, reparen a las víctimas y aseguren que no incurrirán en nuevas conductas, so pena de perder los beneficios de esa jurisdicción.
Añade que se creará un órgano de coordinación que permitirá a la JEP “realizar una verificación efectiva de la contribución en materia de verdad, reparación y no repetición previo a la imposición de sanciones propias, alternativas u ordinarias por el Tribunal para la Paz o la definición de situaciones jurídicas en las Salas”.
Igualmente establece las garantías para quienes vayan a esa jurisdicción asegurando que las decisiones pasarán a cosa juzgada y se asegurará su inmutabilidad.
El proyecto da vía libre a la aparición de la Sala de Reconocimiento de Verdad de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas; la Sala de Definición de las situaciones jurídicas; la Sala de Amnistía o Indulto; el Tribunal para la Paz; la Unidad de Investigación y Acusación, y la Secretaría Ejecutiva.
“Los magistrados y fiscales de la JEP serán de nacionalidad colombiana. Además, se acoge la figura del amicus curiae que será ejercida por juristas expertos internacionales que participarán en el proceso penal a solicitud de las personas sometidas a la jurisdicción o de oficio”, se lee en la iniciativa.
En el texto, el Gobierno señala que las funciones de cada uno de estos órganos de la JEP se ajustan al contenido del Acuerdo Final de paz y se aclara que las decisiones de fondo de las Salas y Secciones podrán ser recurridas en reposición y apelación:
“De esta manera, se consolida la seguridad jurídica de quienes se acojan a la JEP, pues estos recursos asegurarán que la acción de tutela contra decisiones de la JEP sea verdaderamente subsidiaria y dará claridad sobre la ejecutoriedad de las decisiones que tome la nueva jurisdicción”.
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