Una de las consideraciones del Consejo de Estado para tumbar la destitución e inhabilidad que pesaban sobre el exalcalde de Bogotá Gustavo Petro por el caso del cambio en el sistema de recolección de basuras tiene prendidas las alertas de los organismos de control, pues más allá del caso concreto plantea el virtual blindaje de los funcionarios de elección popular frente a las investigaciones de esas entidades.
El argumento principal en favor de Petro fue que las conductas por las que fue destituido e inhabilitado por la Procuraduría de Alejandro Ordóñez no constituían “faltas propiamente dichas”, por lo que no había lugar a la sanción. Pero, además, expresamente el Consejo de Estado hizo mención a la recomendación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para que se aplique el artículo 23 de la Convención hemisférica que establece que los derechos políticos solo pueden limitarse por “condena, por juez competente, en proceso penal”.
“El Consejo de Estado tuvo en cuenta para tomar esta decisión las recomendaciones que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos le hizo al Estado, y en ese sentido, por razones de convencionalidad, determinó anular esa sanción y exhortar al Gobierno y al Congreso para que de conformidad con esas recomendaciones en el término de dos años adecúen la legislación interna al artículo 23 de la Convención Interamericana”, dijo el presidente del Tribunal, Jorge Ramírez.
Frente a la discusión, el exprocurador Jaime Bernal Cuéllar, señaló que la postura de la Corte no es clara. “Me parecen delicadas las consecuencias porque significaría que todos los funcionarios de elección popular no tendrían control disciplinario”, dijo. Bernal insistió en que precisamente ahora, con los escándalos de corrupción, sería muy grave que el control disciplinario sobre esos funcionarios quedara en entredicho.
El procurador Fernando Carrillo se reunió este jueves con los consejeros de Estado para analizar las consecuencias de esta decisión, pues su postura es que los controles establecidos en la Carta del 91 y que permiten la aplicación de este tipo de sanciones están plenamente vigentes.
Por su lado, el contralor Edgardo Maya ha señalado varias veces que limitar los efectos de las condenas fiscales no pagadas (entre ellos, las inhabilidades para ser elegido) va en detrimento de las herramientas contra los corruptos. La Corte Constitucional está analizando el tema en una demanda que busca precisamente tumbar las inhabilidades que impone la Contraloría a los culpables del detrimento de recursos públicos.
Maya asegura que esa limitación apunta a garantizar que los funcionarios que han generado daños patrimoniales reparen a la Nación por sus actuaciones dolosas.
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