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Investigación

Caso Mintic: declaran improcedente tutela de Centros Poblados

La ministra de TIC, Karen Abudinen, durante el debate de moción de censura en el Congreso.

La ministra de TIC, Karen Abudinen, durante el debate de moción de censura en el Congreso.

Foto:EL TIEMPO/ César Melgarejo

Juzgado señaló que no hubo vulneración a derechos de la Unión Temporal. Levantan medidas cautelares.

redacción justicia
En simultánea al duro debate de moción de censura que enfrentó este viernes la ministra de las TIC, Karen Abudinen, por el cuestionado contrato con un anticipo de $70.000 millones, se conoció una decisión judicial que favorece a la cartera.
El Juzgado Octavo Civil del Circuito de Barranquilla  declaró improcedente la acción de tutela que presentó la Unión Temporal Centros Poblados contra el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Mintic).
El juzgado señaló la inexistencia del perjuicio irremediable que argumentó la unión temporal en su solicitud de amparo y señaló que no hubo vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso, defensa y efectivo acceso a la administración pública.
De conformidad con lo argumentado por la Procuraduría Delegada de Asuntos Civiles y laborales, el juez advirtió que “resulta incuestionable que la unión temporal accionante dispone de otros mecanismos judiciales para controvertir la actuación administrativa que censura, como la acción de nulidad y restablecimiento del derecho y la acción de controversias contractuales”
En el fallo también ordenó levantar las medidas cautelares provisionales que decretó el juzgado de Puerto Colombia- Atlántico.
Luis Fernando Duque Torres, representante legal de la Unión Temporal Centros Poblados (UT) , y el abogado Jorge Pino acaban de anunciar cuál será la batería judicial que desplegarán para tumbar la caducidad del contrato con el Ministerio de las Tecnologías y las Comunicaciones (Mintic), por 1,07 billones de pesos. Bogotá 26 de agosto del 201. FOTO MAURICIO MORENO EL TIEMPO CEET

Luis Fernando Duque Torres, representante legal de la Unión Temporal Centros Poblados (UT) , y el abogado Jorge Pino acaban de anunciar cuál será la batería judicial que desplegarán para tumbar la caducidad del contrato con el Ministerio de las Tecnologías y las Comunicaciones (Mintic), por 1,07 billones de pesos. Bogotá 26 de agosto del 201. FOTO MAURICIO MORENO EL TIEMPO CEET

Foto:Mauricio Moreno

Tras conocer la decisión, Abudinen señaló: "Se declaró improcedente el amparo solicitado por la UT Centros Poblados. Trabajamos en equipo con la  Agencia de Defensa Jurídica del Estado para ganar esta tutela por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa y efectivo acceso a la administración de justicia".

Procuraduría había hecho advertencias

Desde el pasado 26 de agosto el Ministerio Público indicó que con esta acción la Unión Temporal pretende evitar los efectos de las resoluciones 01747 y 02013 de 2021 del MinTic, dentro del expediente de incumplimiento contractual por el cual se declaró la caducidad del contrato de conectividad, y el Auto 644 de 2021 que dispuso como medida cautelar el embargo, secuestro y retención de bienes de los integrantes de Centros Poblados.
Para el órgano de control, el Juzgado Civil de Barranquilla no cuenta con la facultad territorial para conocer los procesos adelantados contra el Mintic, debido a que la competencia está radicada en los jueces del Distrito Judicial de Bogotá, toda vez que los hechos que dieron origen a la acción de tutela se relacionan con actos administrativos firmados en la capital del país entre la Unión Temporal y el Ministerio.
La Procuraduría también argumentó que esta controversia "es eminentemente económica y no hace relación a una grave vulneración de los derechos fundamentales esenciales como son la vida o la salud, que requieren de una medida urgente e impostergable".
Además, advirtió que no aparecen acreditadas las razones y los elementos de juicio que lleven al operador judicial a considerar que resulta altamente probable la existencia de una vulneración de derechos fundamentales alegada por la Unión Temporal, elementos que fueron recogidos en la reciente decisión.
justicia@eltiempo.com

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