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Investigación

Consejo de Política Criminal no apoya aumentar penas por reclutamiento

Según la CIDH, aún se presenta reclutamiento de niños por grupos armados.

Según la CIDH, aún se presenta reclutamiento de niños por grupos armados.

Foto:EL TIEMPO

El concepto asegura que no hay evidencia que una pena más alta sea disuasiva y evite la impunidad. 

En el Congreso está en trámite un proyecto de ley que busca aumentar las penas que se imponen a las personas que recluten menores de edad para la guerra, penas que actualmente están entre los 8 y los 15 de prisión.
La iniciativa propone que dicha pena vaya entre los 13 y los 23 años de cárcel e incluye no solo la acción de reclutar, sino también la utilización de menores.
Este proyecto de ley promovido por los representantes a la Cámara Margarita Restrepo y Rubén Darío Molano no tiene el aval del Consejo Superior de Política Criminal.
“Al considerar que la iniciativa no se ajusta a los principios de necesidad y proporcionalidad, así como tampoco la exposición de motivos presenta razones suficientes para aumentar la pena de este tipo penal, el concepto es desfavorable”, indicaron.
En documento conocido por EL TIEMPO, el Consejo de Política Criminal dijo que es innecesario incluir la utilización de menores en el delito de reclutamiento ilícito, pues ya la Corte Constitucional ha dicho que “los tipos penales que castigan el reclutamiento de niños deben entenderse en el sentido de que castigan la participación forzada, el alistamiento y la utilización de menores en el conflicto”.
“No es del todo cierto que el aumento de penas coadyuve a la prevención, ni que una pena más alta será disuasiva y evitará la impunidad, toda vez que, no hay fundamentos empíricos que evidencien que las penas actuales para estos delitos son insuficientes para proteger los derechos de los menores y para sancionar a los victimarios, así como tampoco, hay fundamentos que demuestren que con la pena actual se presenta un alto porcentaje de impunidad”, dice el documento.
El Consejo de Política Criminal recordó el fallo T-762 de 2015 de la Corte Constitucional en el que refirió la importancia de que la política criminal se desarrolle con base en fundamentos empíricos sólidos, pues, en palabras de la corte, "la reactividad estatal, el populismo punitivo y la ausencia de fundamentación empírica, han impactado de forma negativa las condiciones de reclusión y la problemática carcelaria".
Los conceptos del Consejo Superior de Política Criminal no son vinculantes, pero sí es obligatorio tenerlos -sea en sentido favorable o desfavorable- para el trámite de proyectos de ley que versen sobre política criminal.
justicia@eltiempo.com
En Twitter: JusticiaET

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