Nicolás David Neira Álvarez tenía cejas delgadas, cabello corto y unos labios finos que se camuflaban en su piel blanca. Cursaba noveno grado en el Liceo Hermano Miguel de la Salle y ese domingo 1º de mayo del 2005, el último domingo de su vida, se reunió con unos amigos a comprar libros en la carrera Séptima con calle 18, en el centro de Bogotá.
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Ese día había protestas por el Día del Trabajo y, en medio de los disturbios entre los manifestantes y agentes del Esmad, uniformados agredieron al joven de 15 años. Recibió un golpe en la cabeza con un elemento disparado por un policía, que le causó la muerte.
Tras 16 años de trabas, este 2021 se han tomado decisiones claves para hacer justicia en el caso, como la condena de Néstor Rodríguez Rúa, el exmiembro del Esmad que le disparó un gaseador o truflay.
Y esta semana se conoció un nuevo capítulo en el caso. Alejandra Garzón, la abogada de la familia de Nicolás Neira, le confirmó a EL TIEMPO que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) admitió para estudio el caso del joven.
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El organismo internacional tendrá que analizar si existió responsabilidad del Estado por la violación a la vida, la libertad y garantías judiciales de Neira y sus familiares.
"La parte peticionaria denuncia que los agentes estatales del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) ejecutaron a Nicolás David Neira Álvarez, de quince años, mientras protestaba pacíficamente. Alega que los hechos no han sido debidamente investigados ni reparados, y que, por el contrario, las autoridades han permitido que la familia de la presunta víctima sufra amenazas de manera impune", dice el informe de admisibilidad de la CIDH, conocido por EL TIEMPO.
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El joven Nicolas Neira estudiaba en un colegio del occidente de Bogotá.
EL TIEMPO
Al analizar el caso, la Comisión observó que en el 2005 se inició una investigación penal por la muerte de Nicolás, y "tras 16 años, los hechos aún se mantendrían pendientes de ser debidamente sancionados".
Sobre el proceso de reparación directa, la CIDH puso de relieve que el 16 de agosto de 2012 el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en última instancia, confirmó el fallo de primera instancia y otorgó una reparación parcial a los familiares del joven.
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"Por su parte, el Estado no ha controvertido el agotamiento de los recursos internos ni ha hecho referencias al plazo de presentación de la petición", se lee en el informe. Asímismo, señala que el Estado no ha agotado los recursos internos para combatir las amenazas y hostigamientos sufridos por la familia.
De otro lado, la Comisión hizo un duro cuestionamiento al papel de los uniformados en contextos de protestas.
"La falta de una correcta identificación constituye un obstáculo
adicional para la asignación de responsabilidades, en contextos en los que la reconstrucción de los hechos es de por sí compleja. La reconstrucción de los hechos y el valor de registros audiovisuales y testimonios como evidencia se ve fuertemente limitado si no es posible identificar a los agentes directamente involucrados como funcionarios del Estado y con su identidad personal", dijo el organismo.
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Y agregó: "En ese sentido, el uniforme y la identificación de los
agentes de seguridad en el contexto de protestas tienen una función preventiva, dado que los agentes actúan con una expectativa mayor de rendición de cuentas".
justicia@eltiempo.com


