Un poco más de un año después de que la Fiscalía anunció que pediría la preclusión del proceso contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por soborno a testigos y fraude procesal, la jueza 28 de conocimiento de Bogotá Carmen Helena Ortiz no acogió los argumentos de la Fiscalía y consideró que el exmandatario debe ir a juicio, al estimar que sí hay una hipótesis viable de la existencia de delito.
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En este caso se investiga si el expresidente habría buscado presionar a testigos que lo han señalado de tener relaciones con el paramilitarismo, asunto que Uribe Vélez ha negado rotundamente.
Según la jueza del caso, en los hechos investigados, la Fiscalía no probó la tesis que alegó, es decir, que no había delito, y cuestionó a la entidad por no haber llamado testigos que podrían dar más elementos en este caso.
"El despacho concluye que no se configuran las causales de preclusión prevista en los numerales 4, 5 y 6 del artículo 332 del Código de Procedimiento Penal consistentes en la atipicidad del hecho investigado, ausencia de intervención del imputado en el hecho investigado y la imposibilidad de desvirtuar la presunción de inocencia. En consecuencia el despacho negará la preclusión solicitada por la Fiscalía", dijo la jueza tras 13 horas de audiencia.
En ese sentido, la decisión indica que hay todavía elementos de duda y una hipótesis viable de que sí hubo soborno en actuación penal y fraude procesal. Incluso, la jueza dijo que en uno de los hechos "el imputado sí participó en sentido amplío", por lo cual no es posible acceder a la preclusión.
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La jueza apuntó que la Fiscalía puede todavía llamar a interrogatorio al expresidente y que "no se la agotado la investigación" en forma que permita subsanar las dudas que persisten en el caso.
Además, cuestionó que la Fiscalía no tomó declaraciones que serían claves en el proceso como de Pablo Hernán Sierra o Iván Velásquez, al coronel Germán Ricaurte, a Hernán Girlado, alias Cesarín, cuando sí llamó a ampliación de testimonio a otros. Y se declaró extrañada especialmente porque no se buscó el testimonio de Mario Uribe Escobar.
La decisión no fue objeto de recurso alguno por la Fiscalía en la audiencia y la funcionaria judicial se declaró impedida para seguir conociendo del caso por haber hecho una valoración minuciosa de los elementos probatorios del caso.
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Fuentes de la Fiscalía señalaron que no apelaron porque respetan y acatan la decisión de la juez. Considera el ente acusador que la juez expone unos puntos de la investigación que se deben profundizar y que en ese sentido se avanzarán en la investigación para resolver la dudas que la juez manifestó en su decisión
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Tras el análisis de las mas de 20 audiencias del proceso, en la que se expusieron puntos a favor y en contra de la preclusión, la jueza se abstuvo de ordenar la preclusión, lo que implica que la Fiscalía tendría que radicar el escrito de acusación contra el exmandatario.
En primer lugar, en la diligencia, la jueza dejó en claro que, como en este caso se equiparó funcionalmente la indagatoria con la audiencia de imputación de cargos, los hechos jurídicamente relevantes son los que señaló la Corte Suprema de Justicia.
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"En sede de indagatoria y en fases anteriores de la acusación, el derecho a la defensa no se ve menguado, basta que la defensa sepa cuáles son los hechos objeto de investigación", dijo la jueza Ortiz señalando que la defensa no puede argumentar que no tiene certeza de la imputación ya que en la indagatoria se hizo la descripción suficiente de lo investigado.
"El despacho no comparte la crítica de la defensa al censurar que la imputación llevada en la indagatoria fue 'elástica'", señaló la jueza al indicar que "no le asiste razón al exsenador Álvaro Uribe Vélez en su intervención cuando manifestó que se le había cercenado el derecho a la defensa".
Además, indicó que todo el trámite y la actuación en la Corte Suprema de Justicia "conserva plena validez en toda actuación". Y señaló que esta audiencia no es la apropiada para emitir pronunciamiento sobre la validez de algunas pruebas que fueron cuestionadas por la defensa del exmandatario.
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Archivo particular
En concreto, al expresidente Uribe se le investigó por la Corte, que lo escuchó en indagatoria el 8 de octubre de 2019 y le ordenó su detención mediante medida de aseguramiento el 4 de agosto de 2020, porque se habría intentado presionar al testigo Juan Guillermo Monsalve.
Lo anterior, a través del representante del Centro Democrático Álvaro Prada Artundugada, de Carlos López, conocido como 'Caliche' y del abogado Diego Cadena, para que se retractara de las afirmaciones hechas a la justicia, vinculando al expresidente con el paramilitarismo, y firmara una carta con destino a la Corte Suprema de Justicia.
Esas gestiones se habrían hecho con intermediación igualmente del recluso Enrique Pardo Hasche en la prisión, todo con el fin de usar la carta para presentar un recurso de reposición ante la Corte Suprema que días antes, el 16 de de febrero de 2018, había archivado una denuncia contra Iván Cepeda y ordenado compulsar copias para investigar al expresidente.
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Las visitas, según la investigación inicial de la Corte Suprema, también se habrían hecho para que en la carta se le pidiera perdón al expresidente y se dijera que este fue víctima del senador Cepeda. Y, porque, supuestamente Cadena habría hecho otras visitas en diferentes cárceles a paramilitares para que descalificaran mediante su testimonio o cartas al testigo Pablo Hernán Sierra Ramírez.
El caso también está relacionado con presuntos contactos que el expresidente habría hecho directamente para que el narcotraficante Juan Carlos Sierra Ramírez con idéntico propósito, y desacreditar personas en relación con el caso por el que fue a juicio su hermano Santiago Uribe Vélez. Y con una supuesta gestión de Cadena con la exfiscal Hilda Jeaneth Niño para que se comprometiera a declarar en el juicio de Santiago Uribe contra altos funcionarios de la Fiscalía.
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Tras la renuncia de Uribe Vélez al senado el 18 de agosto de 2020, el caso pasó a la Fiscalía.
La jueza inició el pronunciamiento del caso concreto por presunto ofrecimiento de dádivas a tres reclusos para que declararan en favor de Álvaro Uribe y en contra de Iván Cepeda. Se trata de los internos Máximo Cuesta Valencia, alias 'Sinaí', Giovanni Cadavid y Elmo Mármol.
Para la Fiscalía, no son hechos ilegales, en tanto que habrían sido ellos los que ofrecieron dar declaraciones a través de la abogada Ángela López y porque Uribe declaró que siempre dio pautas estrictas sobre cómo se debía hacer las verificaciones de informaciones que les hacían llegar, razón por la cual se sorprendió cuando supo que estas declaraciones no fueron tomadas por su puño y letra.
Y dijo, la Fiscalía, los tres declararon que reconocen como propio lo contenido en los manuscritos que se allegaron, si bien lo dicho como tal debía ser objeto de verificación. Para el fiscal Jaimes la iniciativa fue de los internos de Cómbita por lo que no habría delito ni irregularidad del expresidente Uribe ni en el proceso del recaudo de tales medios.
Esta postura fue avalada por la Procuraduría y rechazada por la defensa de Iván Cepeda al indicar que hubo una reunión con el director de la Cárcel de Cómbita con un integrante de la UTL de Uribe y que hay evidencias de que se hicieron ofrecimientos jurídicos a los internos, que hubo reuniones entre López y alias 'Sinai', y señaló que había una intención de desfavorecer al senador Cepeda para decir que en 2012 este habría hecho ofrecimientos para declarar contra Uribe.
La jueza del caso señaló que, en efecto, las personas que declararon tienen diferentes versiones sobre el origen de los testigos de la cárcel de Cómbita. Pues Fabián Rojas, de la UTL, dijo que la información venía de una periodista. El exsenador Uribe Vélez dijo que no le llegó esa información de esa periodista, sino fue López la que le dijo a Rojas.
Y Diego Cadena afirmó en la Corte que supo de ellos por la información que le brindó Fabián Rojas. Además, declaró no recordar en qué momento le informó de esto al expresidente.
"Cadena utilizó la expresión 'me hacen una llamada o me escriben' para referirse a si recordaba o no cómo tuvo conocimiento de los internos de Cómbita. Este despacho considera que tal falta aparente de la capacidad de recordar no se acompasa con la versión de Rojas", dijo la jueza quien hizo referencia de las declaraciones de Cadena a la Corte y a la Fiscalía, incluida una de Cadena en la que reconoció la reunión con López y el director de la cárcel de Cómbita, después de abril de 2018.
"De lo declarado por Cadena se observa que pese a alegar no recordar con claridad de donde le llegó la información, Cadena echa en cara que lo importante es que Cepeda les había hecho ofrecimientos para declarar falsamente contra los Uribe Vélez. Para este despacho no resulta creíble que no decirle a la Corte de la reunión sea producto de que había medios el día de la declaración, porque difícil sería olvidarla, como difícil sería olvidar haberse reunido con la abogada que luego le ayudó a recopilar la información de su puño y letra", dijo la jueza.
La jueza tuvo en cuenta tanto la decisión de la Corte Suprema, como de los testimonios posteriores tomados por la Fiscalía, y señaló que entonces resulta razonable afirmar que el hecho que Cadena recordara después la reunión con el coronel era para salvar su propia responsabilidad.
"Ello explicaría por qué Álvaro Uribe Vélez omitió referirse a la periodista, a la reunión y a otra que sostuvo en su apartamento", dijo la jueza al indicar que pareciera que el director de la cárcel de Cómbita tuvo un rol activo en la consecución de los testigos y cuestionó a la Fiscalía por no haber llamado a declarar a alias Cesarín.
"Este despacho hecha de menos que la Fiscalía no haya llamado al coronel Ricaurte que, según Rojas, solicitó algunos beneficios burocráticos. Tal declaración tenía la aptitud de descartar ofrecimientos", agregó la jueza quien luego hizo referencia a los posibles ofrecimientos de defensa a los reclusos.
"Sí existe una hipótesis posible acerca del delito de soborno en actuación penal. Mal podría afirmarse en sede de preclusión que no hay incertidumbre sobre ofrecimientos de dádivas (...) Ha quedado demostrado que, contrario a lo dicho por Cadena el reporte de las gestiones realizadas y la autorización ocurrieron en reuniones)", señaló.
"No satisfizo la Fiscalía la carga de probar la atipicidad de la conducta", señaló la jueza.

Juan Carlos el 'Tuso' Sierra.
Archivo
En este apartado, se investiga si hubo una actuación irregular respecto a un acercamiento al narcotraficante para que este declarara ante la justicia en favor del expresidente y su hermano.
Sierra dijo a la Fiscalía que Diego Cadena lo contactó luego que este le dijera a Juan Manuel Aguilar para decir que los senadores Piedad Córdoba, Rodrigo Lara e Iván Cepeda le habrían hecho ofrecimientos para dar una declaración en contra del senador Álvaro Uribe Vélez.
Esto en efecto fue dicho y radicado en una carta a la Corte Suprema de Justicia. Según la Fiscalía, en este caso hay que precluir ya que no hay evidencia de delito. No obstante, la jueza del caso señaló que hay discrepancias entre los testimonios sobre los cuales se requirió una segunda carta al narcotraficante, quien pagó pena en Estados Unidos, la cual llegó a través de una investigadora.
Y dijo que la Fiscalía no ahondó con suficiencia sobre ello, sobre la veracidad del contenido de las cartas, por lo cual se debió profundizar sobre las motivaciones detrás de las cartas. Para el despacho, las preguntas que surgen se pueden abordar de mejor manera investigativa por lo cual señaló que la Fiscalía no logró probar su hipótesis de preclusión.

La exfiscal Hilda Niño fue condenada.
Cortesía Colprensa
Este hecho tiene que ver con la supuesta gestión de Cadena con la exfiscal Hilda Jeaneth Niño para que se comprometiera a declarar en el juicio de Santiago Uribe contra altos funcionarios de la Fiscalía, en el sentido de que había un complot en contra del hermano del expresidente.
La Fiscalía pidió la preclusión al indicar que esa declaración la ofreció ella, que ella misma ha declarado que no recibió presiones y además porque no habría prueba de que se ofreció dádiva alguna como un traslado de centro de reclusión.
El expresidente Álvaro Uribe declaró que fue Farfán quien ofreció declarar por lo que consideró pertinente acudir a Diego Cadena para visitarla y escucharla, bajo criterios de transparencia y sin que se ofreciera dádiva alguna. Una vez hecho esto, Cadena habló con Uribe y este pidió que se acudiera a la Fiscalía. El ente acusador dijo que el traslado de Niño a un centro de reclusión de la Policía no puede relacionarse con el expresidente Uribe.
En cambio, los representantes de víctimas insisten en que el exsenador Uribe se valió de Cadena para visitarla en la cárcel, diciendo que iba a declarar pidiendo que le ayudaran a conseguir un cupo en la Escuela de la Policía, lo cual se habría probado por una interceptación.
El despacho de la Jueza 28 de Conocimiento de Bogotá hizo referencia a la decisión de la Corte Suprema que ordenó la detención de Uribe que cita la mentada interceptación, en donde Cadena dice al expresidente que él “ya sabía” de ese episodio de Niño de antes.
“Este hecho en particular llama la atención del despacho”, dice la decisión al indicar que es viable afirmar como hipótesis que Diego Cadena ya sabía lo que ella iba a decir, con anterioridad, pues se reunió con ella una primera vez, antes de la cita que tuvo por orden del senador Uribe.
“Si cadena estaba de indicios de 2017 en la labor de verificación de testigos, no parece lógico que no hubiera hecho nada al respecto al haberse enterado (de lo que ella tenía por decir). No es posible compartir la hipótesis de la Fiscalía y de la defensa de la atipicidad”, señaló el despacho.
El Juzgado tuvo en cuenta interceptaciones, para llegar a la conclusión de que "sí es dable afirmar que existe una hipótesis probable de soborno en actuación penal".

El paramilitar Carlos Enrique Vélez, es conocido con el alias de comandante Víctor.
Archivo particular
Carlos Enrique Vélez, alias Victor y Eurídice Cortés alias Diana, afirmaron haber recibido dinero para declarar en contra de testigos que han mencionado al expresidente de tener nexos con paramilitares como Pablo Hernán Sierra.
Y Diana sirvió de contacto para conseguir testigos, según el expediente.
La Fiscalía dijo que los hechos no se adecúan a los delitos imputados y no se vinculan al expresidente Álvaro Uribe, en tanto que Cadena, deberá responder por las irregularidades alrededor de este caso.
Y la defensa señaló que no hay evidencia para vincular al expresidente y que no hay nada ilegal en esos dineros, pues hay plena trazabilidad de los mismos. Argumentó que alias Víctor fue testigo en proceso contra Mario Uribe, primo del expresidente.
El despacho señaló que la divergencia de consideraciones sobre la existencia de pagos a testigos es importante porque en el caso de Diego Cadena, quien está en juicio, dijo que la conducta sí es típica. E hizo una valoración de las declaraciones rendidas, en las que testigos hablan de que sí iba a entregar dinero, como la de Carlos Enrique Vélez, quien en la Corte dijo: “Eso era por ahí de 100 a 200 palos que estaban ofreciendo”.
“Existe una prueba directa que indica que Diego Cadena actuando en nombre de Álvaro Uribe Vélez ofreció dinero (…)”, dijo el despacho que citó una conversación entre 'Diana' y 'Víctor' que evidenciaría que la idea era dar unas declaraciones ajenas a la verdad a cambio de una contraprestación.
El juzgado además hizo un análisis a profundidad en el caso de un video que alias Diana entregó a la Corte Suprema en favor de Álvaro Uribe Vélez y señala que el dinero recibido no fue por viáticos sino para hacer precisamente esa declaración. E hizo un cruce de elementos probatorios, declaraciones, audios e interceptaciones, incluso unas en las que la testigo se muestra molesta por un posible incumplimiento.
“El material que acaba de citarse permite percibir que lo que la testigo manifestaba a terceros era espontáneo, pues parecía presumir que lo que comunicaba por mensajería instantánea no sería objeto de interceptación. Y permite inferir que la búsqueda de testigos de Cadena y Salazar estaba mediada por ofrecimientos económicos”, señaló el despacho judicial.
Así, dijo que hay una contradicción de alias Diana en sus declaraciones ante la justicia y otra de Diego Cadena, sobre la supuesta llamada de la madre de alias Víctor sobre una necesidad urgente de dinero. Según el despacho, las declaraciones de Cadena y de Fabián Rojas también permiten dar cuenta del posible interés del senador Uribe Vélez en el video de alias Diana, que se grabó y se entregó a Rojas, según Cadena.Así, el juzgado dijo que se observa, “sin dificultad”, que sí hay una hipótesis viable de comisión de delito y recordó que no es posible en la sede de preclusión llamar a testigos, entre otros, por lo cual lo anterior sería objeto de debate en un eventual juicio.
La juez se refirió a supuestos ofrecimientos a Juan Guillermo Monsalve y en particular a una reunión en la cárcel a la que asistió Jaime Lombana, abogado del expresidente Uribe.
El fiscal del caso, recordó la juez, señaló que se hicieron todas las gestiones investigativas y no se encontraron evidencias de supuestos ofrecimientos a Monsalve por lo que por ese hecho pidió la preclusión.
En la petición se presentaron además apartes de las declaraciones de testigos como el mismo Monsalve, de Cadena, Jaime Lombana, el representante a la cámara Álvaro Hernán Prada y alias Caliche.
La juez indicó que en el proceso la Fiscalía afirmó que 'Caliche' y Monsalve eran amigos y que había entre ellos una relación de jerarquía y respeto y que es 'Caliche' quien se presenta a ofrecer la declaración de Monsalve. Igualmente señaló que las pruebas son débiles en este episodio y que el camino a seguir es el de la preclusión. Además aludió a diferencias entre las declaraciones de Monsalve y otros de los declarantes.
La funcionaria judicial igualmente trajo a colación las declaraciones de los padres de Monsalve quienes señalaron que él se dedicaba a las labores del campo y que no tenían información de que estuviera asociado a actividades ilegales como las perpetradas por grupos paramilitares. También mencionó una evidencia presentada por la Fiscalía que lo vincula con una red de delincuencia común y no con las Autodefensas.
"Para el delegado fiscal resultaba sospechoso que Monsalve declarara que había hecho parte del bloque Metro", indicó la juez.
Y luego dio a conocer las consideraciones de su despacho. Indicó que para la Sala de Instrucción de la Corte hubo en su momento suficientes evidencias para afirmar que Monsalve fue abordado desde Bogotá y Neiva para declarar a favor de Uribe y en contra de Cepeda. Igualmente indicó que para la Corte, las instrucciones para esas presiones provenían del expresidente Uribe.
"Para la Corte el ofrecimiento es constitutivo del delito de soborno", dijo la juez y añadió que el despacho está ante dos versiones totalmente contrarias del caso, haciendo referencia a la posición de la defensa, la Fiscalía y la Procuraduría y al otro lado los representantes de las víctimas acreditadas.
Indicó que con las mismas evidencias y los mismos hechos las partes llegaron a conclusiones totalmente distintas.
Por ejemplo sostuvo que la Fiscalía llevó al proceso documentos según los cuales el testigo Monsalve y Pablo Hernán Sierra no hicieron parte de las Autodefensas. Pero que las víctimas acudieron a testigos como Antonio Corzo que señaló que Monsalve hizo parte del bloque Metro.
La juez dijo que de las evidencias se puede inferir que Pablo Hernán Sierra, alias Alberto Guerrero, hizo parte de las Autodefensas. Y que Monsalve ha sido consistente en la declaración sobre su permanencia al grupo ilegal.
Dijo que de fondo el despacho considera que se observa "sin dificultad" que existe duda razonable sobre si se hizo o no un ofrecimiento a Monsalve. Y que las víctimas llevaron evidencias de que se habrían podido dar esos ofrecimientos. Además sostuvo que contrario a lo que dijo la Fiscalía Enrique Pardo Hasche si tuvo un papel activo en reuniones con Monsalve.
De hecho la juez mencionó una conversación en la que se habló a Monsalve de dar una declaración a favor del ganadero Santiago Uribe, hermano del expresidente Uribe Vélez.
Añadió la juez que la defensa de Uribe radicó ante la Corte cartas de personas privadas de la libertad y que tenia la intención de conseguir un beneficio para su cliente con el pretexto de que se hicieran verificaciones de las declaraciones. Y fue mas allá al señalar que se han generado dudas en el proceso que no han sido aclaradas.
"La Fiscalía no demostró la procedencia de la causal preclusiva invocada", advirtió la juez del caso.
De igual forma, el despacho subrayó que hay diferencias en las declaraciones de Juan Carlos el 'Tuso' Sierra' en el proceso y que Uribe no explicó adecuadamente porque se solicitó la segunda carta enviada por el exnarcotraficante.
Indicó la juez que el despacho no comparte las tesis de atipicidad que la Fiscalía expuso en casos como el de la exfiscal Hida Niño Farfán. Y sostuvo que el fraude procesal se habría configurado con la presentación de un documento de la exfuncionaria del ente acusador a la Corte con lo que se habría intentado engañar al alto tribunal.
Dijo que el despacho no se hace un reproche de responsabilidad contra Uribe Vélez sino que considera que no hay certeza de la atipicidad del delito y por tanto no es posible avanzar en su prescripción.
La misma conclusión se llegó frente a los hechos vinculados a la carta Carlos Enrique Vélez allegada a la Corte. Lo mismo que la comunicación de Fauner José Barahona alias Racumín y John Jaime Cárdenas, alias Fosforito. Ellos, dijo la juez, faltaron a la verdad.
En este caso, la Fiscalía pidió la preclusión por uno de los hechos investigados, al señalar que si bien pudo haber delito, pero no responsabilidad penal del exmandatario. Esto en relación con los ofrecimientos dinerarios hechos a los testigos Carlos Enrique Vélez, Eurídice Cortés, alias Diana, alias Fosforito y 'Racumín'
En concreto, la jueza dijo que a esta altura es posible afirmar que el senador Álvaro Uribe Vélez participó en tales hechos por lo que no se puede precluir el caso. Así lo indicó al señalar que en sede de preclusión, no le era posible llamar a testigos para tener más elementos de prueba al respecto
"Las cartas que al senador le urgían tener consigo eran las de alias Víctor, alias Racumín y alias Fosforito", señaló la jueza al indicar que es contradictorio que la Fiscalía haya dicho primero que esto no era delito, y luego que sí podría ser delito, pero que el expresidente no tuvo relación.
"Al verificar el despacho que el imputado sí intervino en sentido amplio en los hechos objeto de investigación, no habría lugar a decretar la preclusión sobre la base de que no hay certeza de su ajenidad (en los hechos), dijo la jueza.

Gabriel Ramón Jaimes Durán, Fiscal de carrera que actualmente ostenta el cargo de Fiscal coordinador de la Fiscalía.
Fiscalía
El 5 de marzo del año pasado el fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia, Gabriel Ramón Jaimes Durán, tomó la decisión de radicar la petición de la preclusión que a lo largo de las audiencias fue respaldada por la Procuraduría y la defensa de Uribe Vélez. Las víctimas acreditadas pidieron que el proceso siga adelante.
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El ente acusador señaló en su momento que "los elementos materiales probatorios, la evidencia física y la información legalmente obtenida durante el curso del proceso", permiten establecer que varias de las conductas por las cuales se vinculó jurídicamente al excongresista no tienen la característica de delito, y otras que sí lo son, no se le pueden atribuir como autor o participe.
El abogado Reinaldo Villalba, representante del senador Iván Cepeda, acreditado como víctima, pidió a la juez que se niegue la petición de preclusión. Indicó que hay evidencias de que Uribe cometió los delitos por los que es investigado y que determinó a personas como el abogado Diego Cadena, procesado por los mismos hechos, para conseguir testimonios que lo beneficiaran. Añadió que la petición de la Fiscalía es "infundada e ilegal".
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La defensa del exmandatario señaló en audiencia que el expresidente no cometió delitos y se refirió a algunos de los capítulos investigados. Habló por ejemplo del episodio del 22 de febrero de 2018, en el que el abogado Jaime Lombana, quien también ha representado Uribe, fue a la cárcel en la que estaba Juan Guillermo Monsalve, quien ha sido testigo contra Uribe.
Jaime Granados indicó que, contrario a lo afirmado en el pasado por Monsalve, la visita de Lombana a prisión no tuvo ningún motivo de cuadrar algún plan o presión a Monsalve, sino que el abogado fue a visitar al preso Enrique Pardo Hasche (compañero de prisión de Monsalve) porque este le había manifestado que tenía una situación de salud.
En ese episodio, en un momento, estuvieron en el mismo comedor usado para las visitas tanto Lombana, hablando con Pardo, como Monsalve hablando con su abogado del momento Héctor Romero.
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"Es una distorsión grosera, como muestran las evidencias", afirmó Granados en la audiencia de preclusión, al decir que no es cierto que Lombana hubiera tenido una relación con Monsalve o hubiera ido a prisión a verlo a él. "
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