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¿Qué pasará con el agresor de hincha de Santa Fe tras quedar en libertad?
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Comandante de policía de Bogotá habla sobre violencia en el CampínEl General Camacho explica cómo organizaron el dispositivo de seguridad y anuncia que en los próximos partidos se incrementará la presencia del escuadrón antidisturbios.
Hincha Nacional agrede a uno de Santa Fe

Mauricio Moreno

¿Qué pasará con el agresor de hincha de Santa Fe tras quedar en libertad?

Tiene antecedentes por tentativa de homicidio. Se entregó, pero quedó libre.

Uno de los episodios más criticados de los disturbios entre hinchas que se presentaron en la noche del 3 de agosto, en un partido entre Santa Fe y Atlético Nacional en El Campín de Bogotá, fue el brutal ataque a patadas por parte de varios hinchas de Nacional a un hincha de Santa Fe, que quedó grabado en video y fue compartido en redes sociales.

Pese a la indignación que generó este ataque y a que la alcaldesa de Bogotá aseguró que, tras la presión de las autoridades, uno de los agresores, un joven de 19 años, se había entregado voluntariamente, como no había una orden de captura el presunto atacante fue dejado en libertad.

(Vea también: Quedó en libertad el agresor del hincha de Santa Fe en El Campín)

La alcaldesa Claudia López confirmó la identidad del sujeto en cuestión: Julián Mateo Molina. 

De acuerdo con las normas que rigen los procedimientos penales, la detención de una persona solo puede presentarse por orden de captura o por ser detenido en flagrancia. En este caso no se cumplía ninguna de las condiciones, por lo que su captura habría sido declarada ilegal por parte de un juez.

Ya que el joven no fue detenido en flagrancia, es decir, en el momento cuando cometía la agresión, debe abrirse una investigación, recolectar la evidencia, pedir a Medicina Legal el dictamen médico-legal de las lesiones de la víctima y, con ello, la Fiscalía debe tipificar el delito por el que se le imputará.

Solo después de eso podrá el ente acusador pedir a un juez que dicte una orden de captura en contra de este joven, de 19 años de edad.

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Precisamente, la Fiscalía General de la Nación informó en la mañana de este jueves que está analizando los materiales probatorios "como videos, declaraciones de víctimas, reconocimientos fotográficos y otros elementos que permitan endilgar responsabilidades, inicialmente, a uno de los presuntos indiciados de los hechos vandálicos".

Ese trabajo investigativo, añadió la entidad, se está adelantando en conjunto con la Policía judicial Sijín de Bogotá y fue priorizado, razón por la cual se designó también un equipo especial de fiscales destacados.

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Julián Mateo Molina.

Foto:

@Conladelrojo, Daniel Garzón AFP, @undernoySR

Sobre las penas a las que se exponen él y las demás personas que participaron en los ataques, de lado y lado, Camilo Burbano, abogado penalista, explicó que como mínimo "podrían ser judicializados por el delito de lesiones personales, cuya pena dependerá de la gravedad de las lesiones que haya sufrido la víctima".

Según el Código Penal, la pena por lesiones personales si se genera una incapacidad para trabajar o una enfermedad va de 16 meses a  90 meses, dependiendo de los días de incapacidad generados a la víctima. 

Si con la lesión se genera una deformidad física transitoria o permanente, la pena va desde 16 a 126 meses de cárcel. Si hay una perturbación funcional transitoria o permanente de un órgano o miembro, serán entre 32 y 144 meses de prisión. Si la perturbación es psíquica, transitoria o permanente, el castigo son entre 32 y 162 meses de cárcel.

Así mismo, si el daño consiste en la pérdida de la función de un órgano o miembro, la pena será de 96 a 180 meses de prisión, la cual se aumentará hasta en una tercera parte en caso de pérdida anatómica del órgano o miembro.

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Adicional a esto, para la abogada penalista Ángela Bernal, la forma en que se dio el ataque, agrediendo la cabeza del hincha que estaba en el piso, muestra que había "una intención más allá de las lesiones personales, una intención de acabar con la vida". Por eso, para ella, aquí también podría hablarse de tentativa de homicidio. 

En este caso, el artículo 103 del Código Penal establece la pena básica por homicidio entre 208 y 450 meses de cárcel, esta aumenta si hay alguna circunstancia de agravación. No obstante, el artículo 27 del mismo Código establece que cuando un delito se comete en calidad de tentativa, es decir, no se consuma, la pena será "no menor de la mitad del mínimo, ni mayor de las tres cuartas partes del máximo de la señalada para la conducta punible consumada". 

Cabe mencionar, además, que el joven de 19 años señalado por estos hechos tiene en sus registros un caso archivado por tentativa de homicidio.

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