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Delitos

20 años de sanción a dos patrulleros por homicidio de Javier Ordóñez

La Procuraduría citó que los uniformados actuaron intencional e injustificadamente al golpear a Ordóñez

La Procuraduría citó que los uniformados actuaron intencional e injustificadamente al golpear a Ordóñez

Foto:Captura de video

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Procuraduría los sancionó por la golpiza en el CAI de Villaluz que le ocasionó la muerte.

Por los tratos crueles, intencionales e injustos a los que fue sometido Javier Humberto Ordóñez en la madrugada del 9 de septiembre de este año, en el CAI de Villaluz, en Bogotá, la Procuraduría General de la Nación sancionó este martes a los patrulleros de policía Harby Damián Rodríguez Díaz y Juan Camilo LLoreda Cubillos con destitución e inhabilidad general por 20 años.
Los uniformados fueron hallados responsables disciplinariamente  homicidio y abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto, por lo que se les impuso la sanción más alta que puede proferir el órgano de control.
En el fallo disciplinario se inicia desmintiendo el informe policial que sobre los hechos de la noche del 8 de septiembre y la madrugada del 9 hizo el patrullero Rodríguez. 
Esto porque aunque él afirmó que se encontraba con su compañero en un patrullaje, y recibieron un llamado para atender una riña en la que, dijo, había 8 personas, videos de esa noche muestran que en la zona no había ninguna riña ni había más personas 
El órgano de control mostró capturas de esos videos para afirmar que ese informe policial es falso y mentiroso. Igualmente se afirma que tampoco se observa a ninguna persona agrediendo a los patrulleros y que "tal es la mentira del patrullero Rodríguez que omitió en su informe el haber disparado".
Aunque en ese informe policial el patrullero no dijo que disparó, en la declaración que rindió en el juicio disciplinario admitió haberlo hecho, aunque dijo que fue un disparo disuasivo en el piso supuestamente para evitar que Ordóñez dejara de agredir a Lloreda, y los amigos del estudiante de derecho, a él (Rodríguez).
No obstante, la Procuraduría señaló que nuevamente hubo falsedades en el relato del patrullero pues en los videos no se observa ningún comportamiento agresivo de los amigos de Ordóñez. De hecho, uno de ellos, llamado Wilder Salazar, grabó cuando los dos patrulleros hacían repetidas descargas del táser contra Ordóñez, y luego, tras la llegada de otra patrulla de policía, se dejó esposar sin oposición y sin pelear, "lo que demuestra lo mentiroso del informe de Harby Damián Rodríguez Díaz" frente a la supuesta agresividad de Salazar, se lee en el fallo. 
Ambos fueron luego trasladados al CAI de Villaluz, pero la Procuraduría hizo hincapié en que entre el ingreso de Salazar a la instalación y el de Ordóñez hay una diferencia de 23 segundo, y que videos de la cámara de afuera del CAI muestra que Ordóñez fue bajado del vehículo policial y cayó bruscamente sobre sus rodillas, y luego es ingresado bocaabajo arrastrando los pies, "ya no estaba en condiciones de desplazarse por sus propios medios, como si lo había hecho 3 o máximo 5 minutos antes -cuando fue esposado en la calle y pudo caminar hasta el carro de Policía- de ello se debe inferir que fue golpeado a su llegada", dice el fallo. 
Seguidamente, la Procuraduría narró cómo en los videos adentro del CAI se ve que a las 12:24 minutos de la madrugada del 9 de septiembre varios policías observan lo que ocurre en el cuarto al que fue ingresado a rastras Ordóñez.
"Las imágenes permiten observar que Juan Camilo Lloreda Cubillos golpea inmisericordemente con los pies y las manos a Javier Ordóñez, y Harby Damián Rodríguez Díaz está agachado, sosteniendo el cuerpo", dice el fallo, que fue acompañado con capturas de esos videos.
Una hora y 25 minutos después de que Ordóñez llegó al CAI los policiales advierten el mal estado de salud en el que estaba, le soltaron las esposas a su amigo Salazar, y con otro amigo de él, llamado Juan David, procedieron a sacarlo cargado del CAI para llevarlo a un centro hospitalario.
"Se puede afirmar, sin lugar a ninguna duda, que Javier Ordóñez  fue objeto de violencia física a pesar del estado de indefensión en el que estaba mientras permaneció en el CAI. Sin consideración o razón alguna y con brutalidad, Javier Ordóñez recibió golpes contundentes propinados por el uniformado Juan Camilo Lloreda Cubillos, mientras el patrullero Harby Damián Rodríguez Díaz no solo observaba sino que se inclinaba para sujetarlo, todo ello en momentos en que se encontraba en el piso, esposado, completamente reducido, y nunca recibió auxilio a pesar de sus lamentos", dice el fallo.

Javier Ordóñez recibió golpes contundentes propinados por el uniformado Juan Camilo Lloreda, mientras el patrullero Harby Damián Rodríguez Díaz no solo observaba sino que se inclinaba para sujetarlo

El órgano de control resaltó que a pesar de que Ordóñez debió ser tratado humanamente y con respeto, en lugar de recibir "tratos crueles que le causaron la muerte", y añadió que no hay duda de que el comportamiento de los dos patrulleros "fue intencional e injusto".
"El señor Javier Ordóñez murió en el CAI Villaluz con ocasión a los golpes recibidos", concluyó la Procuraduría, que dijo que fue víctima de una "cruel y cobarde golpiza" a pesar de estar esposado, reducido y tirado en el piso.
Prosigue el fallo diciendo: "Con los fuertes golpes que le empezaron a dar desde la llegada al CAI, le produjeron el estallido del riñón derecho, que le ocasionó una pérdida de 3.500 centímetros cúbicos de sangre, lo que derivó en su muerte".
Y se añadió que de acuerdo con la declaración del forense que examinó el cuerpo de Ordóñez, es imposible que los golpes que le causaron su muerte fueran propinados por él mismo, como lo quiso hacer ver el patrullero Lloreda quien grabó un video en el que se ve a Ordóñez supuestamente golpeándose la cabeza contra una pared, "se le olvidó (a Lloreda) en qué región corporal le propinó los golpes a su víctima, que no fueron en la cabeza", dijo el Ministerio Público al respecto.
La Procuraduría indicó que el comportamiento de los uniformados se enmarca en el delito de abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto, que al mismo tiempo es una falta disciplinaria.
Pero además, como los patrulleros golpearon "brutal, despiadada, violenta y cobardemente a Javier Ordóñez hasta producirle el estallido del riñón derecho y arterias y venas renales, produciendo una hemorragia de tal proporción que le causó la muerte una hora después", la Procuraduría consideró demostrado que también cometieron el delito de homicidio, dice el fallo que añade que esa es una falta disciplinaria gravísima.
De acuerdo con la formación y capacitación que los dos patrulleros tenían sobre su labor y cómo debían tratar a las personas, para la Procuraduría actuaron de forma consciente al cometer esos delitos. 
Por todo esto, el órgano de control sancionó a los patrulleros Rodríguez Díaz y Lloreda Cubillos con destitución e inhabilidad general por 20 años. Esta sanción, de primera instancia, fue apelada por los patrulleros.

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