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Delitos

El abogado que habría sido asesinado por no sacar de la cárcel a un cliente

El odontólogo fue asesinado en la calle 122 con carrera 18.

El odontólogo fue asesinado en la calle 122 con carrera 18.

Foto:Archivo El TIEMPO

El defensor público Emigdio Conde denunció las amenazas. Dura condena contra la Nación por el caso.

Eran las 3:30 de la tarde del 9 de diciembre de 2013 cuando la jueza del caso dijo que no se podría adelantar la audiencia. En ese momento, el abogado Emigdio Conde Molina —de 51 años, piel trigueña y ojos claros— se llenó de miedo.
Conde llevaba menos de seis meses trabajando como defensor público y le habían asignado un caso que le valió una amenaza de muerte. "Necesitamos que Eduin quede en libertad. No se le olvide que lo estamos vigilando", le dijeron en un mensaje de texto que se sumó a llamadas telefónicas en las que lo presionaban para resolver el caso con celeridad.
Y aunque el abogado le pidió a la jueza no aplazar la audiencia y alertó a las autoridades sobre las amenazas, no hicieron nada para protegerlo. Apenas tres días después, mientras se tomaba unas cervezas con su esposa en una noche calurosa de jueves, dos sicarios llegaron al lugar, sacaron un arma de fuego y acabaron con la vida de Conde Molina.
(En contexto, de nuestro archivo: La justicia repudia el asesinato de otro abogado)
Luego de un proceso de casi siete años ante la justicia, el pasado 27 de mayo el Tribunal Administrativo de Cundinamarca —con ponencia del magistrado Javier Tobo Rodríguez— declaró responsable a la Nación por los daños causados a la familia del abogado tras su muerte, y les ordenó a la Fiscalía y la Policía pagar una millonaria suma de dinero como reparación.
El homicidio del abogado Conde, quien tenía especializaciones en derecho penal y criminología, generó repudio en la rama judicial y encendió las alarmas en el Meta, pues se trató del quinto abogado asesinado en el departamento en apenas tres meses. 

Las alertas no fueron atendidas

El procesado al que Conde Molina defendía es Eduin Alveiro López Jiménez, quien según medios regionales estaba vinculado a la extinta guerrilla de las Farc en el municipio de La Macarena, Meta, y enfrentaba un proceso penal por hurto calificado y agravado.
Según relata la decisión del Tribunal, cuando el abogado le contó a la jueza de las amenazas, ella tomó la decisión de realizar un consejo de seguridad en donde estuvieron presentes ella misma, la fiscal del caso, el abogado Conde Molina y los agentes de policía subtenientes Gina Hernández y Óscar Rodríguez.

No se puede pasar por alto la relación de temporalidad desde el momento en que la víctima manifestó se encontraba amenazado, y la fecha del homicidio, toda vez que tan solo transcurrieron tres día

En la reunión se le recomendó al defensor público que interpusiera la denuncia ante la Fiscalía, y él les manifestó verbalmente que dicha situación ya había sido puesta en conocimiento de la Defensoría del Pueblo, mediante un escrito.
"Finalmente, el doctor Emigdio Conde Molina fue asesinado el 12 de diciembre de 2013, en Villavicencio, Meta, después de haber informado sobre las amenazas recibidas, sin que para ese momento se encontrara acompañado de la Fuerza Pública, ni tuviera asignado algún esquema de seguridad", dice el fallo.
En primera instancia, el Juzgado 32 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá negó las pretensiones de la demanda que la esposa del abogado interpuso en diciembre de 2015, en la que pedía declarar la responsabilidad de la Nación y condenarla a reparar a la familia.
Uno de los argumentos del juzgado fue que "no se probó qué personas acabaron con la vida de Emigdio Conde Molina". Sin embargo, en su apelación sobre esa decisión, los demandantes señalaron que  "los agentes del Estado conocieron con antelación a la muerte" del  abogado "las amenazas realizadas por parte de terceros, en razón de su cargo, luego, el hecho era previsible y cognoscible, y no se realizó actuación alguna efectiva encaminada a su protección".
En efecto, en la decisión de segunda instancia se lee: "Si bien a la fecha no se tiene conocimiento del autor de las amenazas ni del homicidio, como de las razones o motivos por las cuales cegaron su vida, pues si bien se probó que como consecuencia del homicidio de Emigdio Conde Molina se dio apertura a la investigación penal por el delito de homicidio agravado, el mismo se adelanta contra responsables, y se encuentra en etapa preliminar".
El Tribunal agrega que "no puede pasar por alto la relación de temporalidad que se presenta desde el momento en que la víctima manifestó se encontraba amenazado, lo cual ocurrió el 9 de diciembre de 2013, y la fecha del homicidio, 12 de diciembre de 2013, toda vez que tan solo transcurrieron tres días".
Por esto, para la corporación era claro que el homicidio de Conde Molina fue "la concreción de las amenazas que venía recibiendo en contra de su vida", en virtud del proceso penal en el que actuaba en calidad de defensor del procesado Eduin Alveiro López.
En la sentencia de segunda instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca revocó la decisión proferida por el Juzgado 32 y, en su lugar, declaró administrativamente responsable a la Nación —Fiscalía y Ministerio de Defensa (Policía Nacional)—, que tendrán que reparar a la esposa e hijos del abogado defensor Emigdio Conde.
justicia@eltiempo.com

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