La Corte Constitucional seleccionó para su estudio la tutela que interpuso la periodista Vicky Dávila en contra de una decisión del Tribunal Superior de Bogotá que le ordenó indemnizar al coronel de la Policía Jorge Hilario Estupiñán Carvajal, por una serie de comentarios que realizó en la emisora La FM en la presentación de una noticia sobre presunta corrupción que involucraría al oficial.
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El tribunal condenó civilmente a la periodista y a la cadena radial el 15 de octubre de 2020, al estudiar una demanda presentada por el oficial. El tribunal dijo que en el programa radial emitido el 14 de mayo de 2014, la periodista presionó al entonces inspector de la Policía, general Yesid Vásquez Prada, para que tomara decisiones respecto del coronel Estupiñán.
En concreto, el tribunal dijo que se "presionó, increpó, exhortó a la entidad investigadora del aquí demandante (el coronel Estupiñán), no solo para que lo apartara del cargo inmediatamente, sino que además prejuzgó su conducta tildándolo de corrupto". Contra la decisión, la periodista y RCN interpusieron una tutela que fue fallada a su favor en primera instancia por la Corte Suprema de Justicia el 4 de febrero de 2021.
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No obstante, en segunda instancia, la Sala Laboral de la Corte tumbó esa decisión y dejó en firme la condena civil contra Dávila y la cadena radial, así como la orden de indemnización. En ese fallo, la Sala dijo que si bien la libertad de expresión es un derecho ampliamente protegido, esto implica una responsabilidad social y ética.
"(…) evitando direccionar o incidir en los resultados de investigaciones que por competencia es asumida por los órganos encargados para ello pues lanzar juicios de valor e incriminaciones que riñen con la imparcialidad, puede contribuir a desencadenar conflictos o violaciones de los derechos fundamentales", dice ese fallo.
Ahora, el caso quedó en manos del magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, quien deberá proyectar la decisión correspondiente.
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En este caso, la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip) ha dicho que la condena civil a Dávila genera un riesgo de autocensura para los periodistas.
Cuando la Corte Suprema confirmó la condena, negando las pretensiones de la tutela, la fundación dijo que ese alto tribunal, "en lugar de proteger la libertad de expresión, avala la instrumentalización de mecanismos legales para acallar a la prensa mediante la imposición de cuantiosas sanciones económicas, sin atender los estándares internacionales de protección a la libertad de expresión".
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"Las multas, sanciones y condenas económicas a la prensa promueven por sí mismo un mensaje inhibitorio a la prensa, pues genera el temor de ser castigado patrimonialmente", dijo la Flip en esa oportunidad.
Según la fundación, la Sala Laboral de la Corte Suprema "avaló la imposición de responsabilidad patrimonial de los y las periodistas y de los medios de comunicación, sin que se probara la intención dañina de la publicación cuestionada".
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