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Cortes

¿Por qué Uber Colombia aseguró que no presta servicios de transporte?

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Foto:Archivo / ELTIEMPO

Esta empresa hizo esa afirmación en un documento enviado a la Corte Constitucional.

Milena Sarralde
En los próximos días la Corte Constitucional decidirá si mantiene, tumba o modifica una norma del Código de Transporte que hoy le permite a las autoridades quitarles su licencia hasta por 25 años a los conductores de servicios de transporte no autorizados, como Uber, Beat o Didi. 
En medio de ese proceso la Corte Constitucional pidió todos los conceptos de los interesados en el tema y por eso le solicitó a Uber Colombia que le informara si estaba a favor de la demanda que pide tumbar la sanción a los conductos de estas aplicaciones. 
En su concepto, Uber Colombia asegura que apoya a Guillermo Otálora Lozano, el demandante que asegura que la sanción de 25 años es desproporcionada porque impone la misma medida que se aplica por conducir en estado de embriaguez.
Por eso, Otálora le propuso a la Corte que determine que esa sanción del Código de Transporte sólo aplica para los conductores borrachos y que asegure que a los conductores de estas aplicaciones de transporte privado sólo se les podrá quitar la licencia por tres meses, mientras el Congreso emite una regulación frente al tema y gradúa las sanciones. 
Pero en su concepto ante la Corte Uber Colombia no dio más argumentos y, en cambio, dio una particular explicación al alto tribunal: Según esta firma, Uber Colombia no presta servicios de transporte en el país. 
El concepto está firmado por Felipe Mutis Tellez representante legal de Uber Colombia S.A.S., quien asegura que "si bien los argumentos de la demanda muestran claramente que las normas demandadas son inconstitucionales por las razones allí expresadas y con las cuales estamos de acuerdo, Uber Colombia S.A.S. no administra las plataformas tecnológicas Uber ni uber Eats".
Uber Colombia también afirma que esa empresa "no representa a los socios conductores, quienes actúan de manera autónoma y tienen una relación directa con las asociaciones extranjeras titulares de las aplicaciones Uber y Uber Eats, de la cual no participa la compañía". 
Según Uber Colombia, esta empresa tiene como objetivo social realizar "cualquier actividad comercial civil lícita en Colombia o en el extranjero".
Entre esas actividades, asegura, está la de prestar servicios de mercadeo y promoción, servicios de apoyo a terceros en temas logísticos y otras actividades administrativas, actividades de prestación de servicios de asesoramiento, orientación y asistencia operativa a personas y empresas y servicios de apoyo generales a terceros locales o extranjeros, "teniendo como actividad principal la de consultoría de gestión, y como actividad secundaria la de publicidad".
Así se lo hizo saber a la Corte enviándole el certificado de su empresa de la Cámara de Comercio de Bogotá. 
En el marco de ese desarrollo social de la empresa, dice Uber Colombia, le presta asesorías a firmas extranjeras y "frente a las sociedades que son titulares de las aplicaciones Uber y Uber Eats, los servicios son prestados en el marco de contratos de prestación de servicios". 

Frente a las sociedades que son titulares de las aplicaciones Uber y Uber Eats, los servicios son prestados en el marco de contratos de prestación de servicios

De esta explicación de Uber Colombia se entiende, entonces, que según la empresa  esta firma no se encarga de prestar el servicio de transporte sino que su responsabilidad es asesorar a las firmas que sí ofrecen en su negocio ese servicio desde afuera del país, y que están ubicadas en el exterior.
En cualquier caso, aseguró Uber Colombia, como quien recibe el servicio de esas firmas extranjeras está ubicado en el país, tanto las firmas extranjeras de Uber y Uber Eats deben pagar impuestos y por eso la Dian recibió más de 33.700 millones de pesos por concepto de IVA entre el primero de julio y el 31 de diciembre del 2018. 
Así, dice Uber Colombia, el objeto social de su empresa es de distinta naturaleza, pues "no se dedica ni exclusiva, ni principal ni marginalmente siquiera, a las actividades de tránsito, transporte o infraestructura de transporte. Tampoco desarrolla actividades tecnológicas". 

No se dedica ni exclusiva, ni principal ni marginalmente siquiera, a las actividades de tránsito, transporte o infraestructura de transporte. Tampoco desarrolla actividades tecnológicas

Esta empresa también le dijo a la Corte que no es titular ni administradora de ninguna aplicación tecnológica y que carece de la infraestructura para poder alojar una plataforma como Uber. "Esto ha sido corroborado por un perito en sistemas quien ha rendido declaraciones en ese sentido ante la Superintendencia de Transporte y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca", afirmó. 

El concepto del perito

El Ministerio de las TIC señala que una plataforma no se puede bloquear, salvo que exista orden judicial.

El Ministerio de las TIC señala que una plataforma no se puede bloquear, salvo que exista orden judicial.

Foto:Archivo particular

Entre los archivos adjuntos que Uber le envió a la Corte Constitucional está el concepto que el perito Raúl Wexler Pulido rindió en una audiencia ante el Tribunal de Cundinamarca. 
Según el perito, quien dijo que había realizado por lo menos 50 peritajes a la infraestructura tecnológica de Uber Colombia,  encontró que esa oficina "tiene un acceso a internet lo que en términos generales digamos hablando en un lenguaje muy común, sería lo que encontraría uno en un café internet".
Según el perito, con los equipos que tiene Uber Colombia "no es posible técnicamente, tener o desarrollar o administrar o alojar una plataforma tecnológica como la que necesitaría una App de tipo Uber Internacional".
Esto porque, dice Wexler Pulido, Uber Colombia no tiene ni los servidores ni los canales de información para alojar una aplicación del tamaño de Uber. 
El perito también dijo que al hacer la investigación sobre la página de internet www.uber.com y la aplicación Uber encontró que su dominio pertenece a una administradora (Uber Interncional) que está alojada en San Francisco, California, en Estados Unidos. 
También dijo que el hecho de que una aplicación como Uber tenga presencia en Colombia, no implica que las empresas en el país puedan tener algún tipo de dominio sobre las aplicaciones o páginas de esa firma internacional. 
En julio de este año, los conductores de los amarillos también habían realizado un plantón, en la ciudad, por el funcionamiento de Uber.

En julio de este año, los conductores de los amarillos también habían realizado un plantón, en la ciudad, por el funcionamiento de Uber.

Foto:Mauricio León / Archivo EL TIEMPO

El perito expuso el caso de Google, firma que aunque tiene presencia en Colombia, su oficina "no tiene ningún tipo de infraestructura que maneje la aplicación como tal". 
Esa explicación va en la misma línea que Google Colombia le dio a la Corte Constitucional cuando pidió anular un fallo del 2017 que le había ordenado eliminar un blog de Blogger por considerarlo difamatorio. La Corte tumbó esa decisión en el 2018 afirmando que Google Colombia no tenía la capacidad de eliminar ese blog. 
El perito dice que  con Google Colombia ocurre lo mismo que con Uber Colombia, pues aunque tienen oficinas en el país "las plataformas están y todo su desarrollo está afuera". El experto, según el concepto que conoció la Corte, también afirma que todos los pagos que se hacen con Uber los recibe la plataforma que está fuera del país.
También dijo que actualmente no hay ninguna página de Uber que tenga dominio en Colombia, aunque sí hay una página referenciada a Colombia. 
Según el perito, dentro del análisis de la página web de Uber Internacional hay un subsite, es decir, un sitio dentro de esa página, que tiene la dirección de  www.uber.com.es/Colombia, y que pertenece a Estados Unidos. Al buscar actualmente la página de Uber Colombia aparece con el dominio https://www.uber.com/co/es/
La explicación de Wexler es que el manejo que Uber Colombia tiene de las páginas de Uber Internacional, es el mismo que un usuario de Facebook tiene de esta red social.
"La plataforma de Facebook no está alojada en Colombia, pero los usuarios de este tipo de plataformas pueden acceder teniendo estas mismas características, acceso a internet, un navegador web y un computador o dispositivo móvil". 
El perito concluyó entonces que si Uber Colombia no existiera, esto no cambiaría la forma en la que Uber Internacional viene operando en el país. 
JUSTICIA
Milena Sarralde
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