En una polémica tutela la Corte Constitucional le ordenó al programa Séptimo Día de Caracol Televisión que rectifique las afirmaciones que hizo en un especial que se transmitió entre julio y agosto del año pasado sobre comunidades indígenas. También, que les dé la oportunidad de defenderse, y que cree un manual de ética para manejar los temas relacionados con indígenas, minorías sexuales y “grupos estigmatizados”.
La Corte decidió una tutela a favor de Luis Fernando Arias, representante legal de la Organización Nacional Indígena de Colombia (Onic), quien dijo que el programa vulneró su derecho al buen hombre, la honra, la autonomía, no discriminación y a la información veraz e imparcial.
El caso se dio porque el programa, en tres episodios, mostró cómo la justicia indígena trataba los casos de abusos sexuales, prostitución, drogadicción, exponiendo hechos en los que esos delitos habrían quedado en la impunidad, y también informó sobre supuestos casos de corrupción en cabildos indígenas, y los dilemas jurídicos para la recuperación de tierra en esas comunidades.
La Corte le dio la razón a Arias y concluyó que el programa hace varias afirmaciones que son falsas, incurre en generalizaciones que terminan afectando a todos los indígenas, y no les dio a los representantes de estas etnias la oportunidad de controvertir los informes en la misma proporción de los señalamientos.
El debateNora Sanín, directora de la Asociación Colombiana de Editores de Medios Informativos (Andiarios) asegura que desde la Constitución del 91, tanto la constituyente como el congresito fueron “muy cuidadosos en cerrar mucho las posibilidades sobre la intervención mediante órdenes de rectificación de informaciones, para evitar abusos en materia de restricción a la libertad de prensa”, por lo que, dice, solo se puede ordenar una rectificación cuando la información es errónea o falsa.
Pero lo que Sanín considera más polémico del fallo –que aún no conoce a profundidad– es la orden para que Séptimo Día cree un manual de ética. Dice que, “la Corte Constitucional no puede tomar decisiones que sean ajenas a lo que le permite la Constitución y la normatividad legal vigente. Al ordenar esta clase de códigos de ética, se está extralimitando y corriendo el riesgo de intervenir en el contenido de los medios, afectado su autonomía editorial”.
Agrega que aunque el fallo suena bien intencionado “abre la puerta para que organismos judiciales empiecen a generar mecanismos de restricción a la libertad de prensa”.
Por su parte Pedro Vaca, director de la Fundación para la Libertad de Prensa, afirma que si bien los manuales de ética son “deseables, no son un requisito para ejercer la libertad de expresión”. Agrega que, en todo caso, esos instrumentos “son de inscripción voluntaria en medio del ejercicio de autorregulación”, por lo que no se pueden imponer.
El periodista José Navia, quien tiene amplia experiencia en el cubrimiento de comunidades indígenas, cree que “sí es necesario crear unos códigos y maneras de abordar el tema. En los medios hay bastante ignorancia sobre lo que son los pueblos indígenas en Colombia”, por lo que asegura que muchos periodistas incurren en generalizaciones en sus denuncias.
En el proceso Manuel Teodoro, director de Séptimo Día, había solicitado no aceptar la tutela afirmando que el programa “si bien denuncia y destaca irregularidades que hay en esa comunidad, es sumamente equilibrado y balanceado. Siempre se buscó la opinión de la contraparte, nunca se generalizó que todos los indígenas fueran así”.
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