Usar la orientación sexual, la identidad y la expresión de género como criterios de clasificación de personas privadas de la libertad quedó prohibido según las modificaciones incluidas en el reglamento general de establecimientos penitenciarios.
Carlos Medina, viceministro de política criminal de la cartera de Justicia, explicó en una visita a la cárcel la Picota este lunes que la ubicación de los miembros de la comunidad LGBTI en las cárceles será según su autorreconocimiento.
Frente al tema, el ministro de Justicia, Jorge Londoño señaló que los ajuestes en el código penitenciario son una respuesta a las sentencias de la Corte Constitucional y a otras determinaciones legales sobre derechos humanos.
Dentro de las medidas que se adoptarán está la continuación de los tratamientos hormonales que se estén realizando las personas trans al momento de ser detenidas; así mismo podrán decidir dónde ser ubicadas según su identidad de género. También podrán recibir visita conyugal sin demostrar que la persona que las visita es su cónyuge o compañero permanente, como estaba establecido.
Quedaron prohibidas, además, las sanciones disciplinarias frente a muestras de afecto públicas entre parejas de la comunidad LGBTI. Según el ministro, personas con orientaciones sexuales diversas podrán expresar su sexualidad con prendas de vestir y accesorios que determinen su identidad.