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Cortes

‘Comunistas’ y otras palabras que la Corte eliminó porque discriminan

En un fallo reciente, la Corte advirtió que las palabras “marica”, “maricada” y “mariquita” son discriminatorias.

En un fallo reciente, la Corte advirtió que las palabras “marica”, “maricada” y “mariquita” son discriminatorias.

Foto:Mauricio León / EL TIEMPO

Idiotas, cretinos, anarquistas o salvajes gobernados también salieron de la legislación colombiana

Desde hace más de dos décadas, la Corte Constitucional inició una intensa cacería para erradicar tanto de las leyes como de las expresiones cotidianas las palabras que generan discriminación. En esa carrera lingüística, el alto tribunal ha emitido decenas de sentencias que cambiaron o tumbaron normas expedidas por el Congreso porque resultaban ofensivas, y ha proferido fallos en los que ordena moderar el lenguaje del día a día.
En una de las últimas decisiones, el alto tribunal sorprendió cuando intervino en un conflicto de vecinos afirmando que se estaba discriminando a una persona homosexual a través de la comunicación. Aunque pocas veces la Corte toma decisiones frente a pugnas entre ciudadanos, esta vez decidió ordenarles a los residentes de un conjunto residencial en Barranquilla dejar de usar las palabras “marica”, “mariquita” y “maricada” para aludir a su vecino porque implicaban ofensas verbales por su orientación sexual.
En ese fallo, la Corte afirmó que aunque a los jueces no les compete definir u orientar la estética del lenguaje, sí deben “valorar sus usos específicos” para determinar cuándo una expresión es usada en un contexto que va en contra de lo que dicta la Carta Política.
En el marco de las leyes, la Corte eliminó recientemente de una norma que organiza el Sistema Nacional de Discapacidad la expresión “al discapacitado”, considerando que tiene una carga peyorativa que hace que se ubique su situación “como un defecto personal que, además, los convierte en seres con capacidades limitadas y con un valor social reducido”. Tanto el Ministerio de Salud, de Justicia, la Procuraduría, así como varias ONG estuvieron de acuerdo con sustituirla por la expresión “persona en condición de discapacidad”.
La Corte asegura que “un lenguaje respetuoso de los valores y principios constitucionales” constituye –por lo menos de manera simbólica– un sujeto dignificado”.
Lo mismo ocurrió con una ley de 1890 que se refería a las comunidades indígenas como “salvajes gobernados”. La Corte la tumbó este año, considerando que no solo conlleva una discriminación por razones étnicas, sino que también irrespeta la autonomía e identidad de estos pueblos.
El año pasado, la Corte hundió una norma de 1920 que, aunque no tenía efectos prácticos, seguía vigente. Según la ley, no se permitía la entrada al país de extranjeros con “demencia, manía” o que sean “alcoholizados crónicos (…) idiotas, cretinos o baldados”. También prohibía la entrada de “mendigos profesionales”, así como de “anarquistas y comunistas”.
Para la Corte, aunque se trata de una norma antigua, usa términos indignos que podían seguir generando “efectos simbólicos”.
En la lucha por la igualdad, las demandas siguen llegando. En la actualidad, el alto tribunal estudia un recurso contra la palabra “sirvientes” contenida en una ley de 1873 que indica que un posadero es responsable de los hurtos cometidos por esos trabajadores. Los demandantes aseguran que tal expresión va en contra de la dignidad humana, pues alude a épocas en las que se permitía la esclavitud. En esta demanda, la Procuraduría le pidió a la Corte que cambie la cuestionada expresión por la palabra “trabajador”.
Pero, no todas las palabras son peyorativas por sí mismas. La Corte considera, por ejemplo, que decir en una norma “comunidades negras” para hablar de los afrodescedientes no es inadecuado. Según un fallo del 2013 en materia de igualdad, los términos que son empleados para denominar a determinado grupo étnico “no son contrarios a la Constitución cuando el mismo grupo se autodenomina de esa manera, y lo hace en aras de su propia reivindicación histórica”.
Pero, cada caso lingüístico debe ser analizado en su contexto, como el que se tuvo en cuenta en un fallo inédito del 2013 en el cual la Corte estudió una tutela contra la Universidad Francisco José de Caldas. El caso se inició cuando un profesor se refirió en una clase al trabajo de los cuidadores de parqueaderos, indicando que tenían un “trato negrero”, pues los tenían “trabajando como negros”. Esas expresiones indignaron al único estudiante afrodescendiente de la clase, quien aseguró que, al dar el discurso, el docente lo miró y se burló.
El alto tribunal no solo le dio la razón en que el lenguaje fue racista, sino que también le ordenó al centro educativo realizar un acto simbólico público para celebrar los aportes de la comunidad afrocolombiana a la academia.
Algunas de las palabras demandadas que la Corte dejó vigentes son las que forman parte de una ley del 2000 que habla de los consultorios jurídicos y dice que funcionarán con “abogados de pobres”. En este caso, la Corte afirma que esa categorización no resulta ofensiva porque busca dar garantías para quienes no tienen recursos económicos con el fin de que puedan acceder a la administración de justicia. “El empleo de la palabra por parte del legislador recoge la función que esta ha tenido en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos”.

Una batalla histórica

En los registros de la Corte hay sentencias que aluden al lenguaje desde 1994, tres años después de que ese alto tribunal fue constituido. En una de ellas, por ejemplo, estudió el machismo que las leyes contenían en su redacción, como el empleo de la palabra “hombre” en el Código Civil, para referirse a varones y mujeres.
En 1999 también anuló una norma según la cual el matrimonio era nulo cuando se celebrara “entre la mujer adúltera y su cómplice”, pero no ponía la misma carga en el caso de un hombre infiel.
Los regaños de la Corte también se han visto en materia laboral. En 1997 estableció que la palabra “transferencia”, para referirse al cambio de un jugador de un equipo al otro cosificaba a los deportistas, e implicaba que los clubes “son dueños de esas personas, ya que solo se transfiere aquello de lo que se es propietario”. También eliminó la palabra “criado” para referirse a los empleados que realizan trabajos domésticos.
En el 2003, los magistrados sacaron palabras del anterior Código Civil, el cual hablaba de “furiosos locos” y “mentecatos” en los casos en los que un matrimonio se anulaba cuando una de las partes estuviera en estado de interdicción judicial para manejar sus bienes.
MILENA SARRALDE
Redacción Justicia
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