El Consejo de Estado declaró infundado el recurso de anulación interpuesto por la sociedad Concesión Autopista Bogotá - Girardot S.A. contra un laudo arbitral de enero del 2016 que condenó a esa compañía a pagar una millonaria suma a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI).
La Sala encontró que el tribunal arbitral no concedió más dinero del pedido por la ANI "ni desconoció la prohibición referida al juramento estimatorio, pues como el convocante demandado objetó el juramento estimatorio, el juez arbitral no quedó sujeto a la tasación de los perjuicios realizada por la convocada y, en tal virtud, estaba habilitado para condenar en el monto que resultara acreditado en el proceso", se lee en la decisión.
Así pues, quedó confirmada la decisión que resultó del laudo arbitral que condenó a la Concesión a pagar una suma que supera los 32 mil millones de pesos por el incumplimiento en las obras de la autopista.
En su momento Luis Fernando Andrade, presidente de la ANI, señaló que la condena era el resultado de obras que no se habían llevado a cabo.
“La concesión Bogotá-Girardot ha tenido muchos inconvenientes, es un legado que nos dejaron los problemas del Grupo Nule (implicado en el llamado ‘carrusel’ de la contratación, el cual desfalcó al Distrito de Bogotá y afectó varias obras de infraestructura, entre ellas la troncal de TransMilenio por la calle 26), que en su momento era el líder en esta concesión”, indicó Andrade.
En su decisión, el Consejo de Estado también declaró infundado el recurso de nulidad interpuesto por la Concesión Bogotá - Girardot contra un laudo arbitral que falló a favor del desaparecido Instituto Nacional de Concesiones.
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