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Interpuso 120 tutelas alegando lo mismo y la Corte lo multó
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Corte Suprema de Justicia de Colombia lo condenó a pagar 2.060.000 millones de pesos.

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Archivo particular

Interpuso 120 tutelas alegando lo mismo y la Corte lo multó

La Corte Suprema lo sancionó por la 'tutelatón'. Dice que fue 'obstinado'. Esta es la historia.

La Corte Suprema de Justicia interpuso contra un ciudadano una multa de tres salarios mínimos mensuales vigentes (hoy una suma superior a dos millones de pesos) por presentar más de 120 tutelas por los mismos hechos.

Según la Corte Suprema, todos los recursos que interpuso el ciudadano identificado como Jorge Eduardo Rubiano, en medio de una 'tutelatón', fueron negados.

El alto tribunal asegura que Rubiano "ha incurrido en un obstinado e inconcebible abuso de la acción de tutela”, lo que va en contravía de este recurso que se presenta cuando no hay ninguna otra alternativa posible.

La decisión la profirió la Sala de Casación Laboral, que ya había resuelto otra tutela de Rubiano por el mismo hecho.

En el proceso Rubiano afirmaba que desde el 2002 presentó una denuncia contra dos personas por el "embargo y robo de sus cuentas bancarias del Citibank Cartagena". Asegura que a pesar de esto la "Fiscalía se ha negado a investigar el referido tipo penal".

También contó en el caso que aunque en el 2010 la Corte Suprema de Justicia le ordenó a la Dirección de Fiscalías de Cartagena indagar los hechos, el caso no ha tenido ningún desarrollo. Y agregó que mientras la investigación por la denuncia que presentó no avanza, un juzgado civil de Cartagena "valiéndose de dos letras de cambio borradas, enmendadas y adulteradas" le embargó su residencia familiar. 

En el juramento de la tutela el ciudadano había manifestado que en caso de que no se resolviera su situación, seguiría insistiendo con las tutelas. “Bajo la gravedad del juramento declaro que si no me devuelven lo que me robaron, me veré obligado a poner más tutelas, quejas, denuncias y todo lo que sea necesario para defender lo que es mío (…)”, dijo Rubiano en el proceso.

“De acuerdo con lo anterior, es evidente que entre la acción de tutela que fue resuelta por esta Corporación, el 8 de junio de 2016, las que han sido rechazadas y la que ahora se vuelve a presentar por el tutelante, existe identidad de partes, de objeto y de pretensiones, realidad que no se desdibuja por el sólo hecho de que el accionante altere el orden de los hechos o haga más minucioso su relato a medida que incrementa el número de acciones instauradas”, dice el fallo.

Para la Corte Suprema este tipo de conductas que saturan al sistema judicial "son temerarias al ser presentada la misma acción de amparo en varias oportunidades o en dos o más despachos judiciales sustentándolas con los mismos fundamentos fácticos y jurídicos".

Esto porque las "tutelatones" terminan afectado "la economía procesal, la eficacia, la eficiencia y la lealtad procesal, entre otros". También llevan a que varios jueces se pronuncien sobre los mismos hechos, lo que "entorpece el aparato judicial".

La Corte dice que a pesar de los reclamos de Rubiano, se debe tener en cuenta que "no es procedente el uso de esta vía excepcional (la tutela) cuando se trata de controvertir decisiones proferidas dentro de una acción constitucional, mucho menos cuando los hechos, fundamentos y pretensiones de ésta son los mismos que se invocan como sustento de la acción de amparo".

El alto tribunal asegura que el decreto 2591 de 1991 que reglamentó la acción de tutela deja claro que si una persona presenta el mismo recurso ante varios jueces o tribunales, estos se rechazarán o decidirán desfavorablemente. "Dicha  disposición se fundamenta en el carácter excepcional de la acción de tutela, la cual no puede ser utilizada de manera irregular pues se concibió como un instrumento judicial efectivo para la protección inmediata de los derechos fundamentales".

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