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Cortes

Luis Alfredo Ramos: las claves de la condena en su contra por parapolítica

Luis Alfredo Ramos.

Luis Alfredo Ramos.

Foto:Luis Lizarazo. Archivo EL TIEMPO

En segunda instancia, Sala Penal confirmó alianzas de exgobernador con paramilitares.

En segunda instancia, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena de 7 años y 11 meses de prisión dictada en contra del exgobernador de Antioquia Luis Alfredo Ramos por el delito de concierto para delinquir con la finalidad de promover grupos armados ilegales o ‘parapolítica’.
La decisión ratifica el fallo de la Sala Especial de Primera Instancia que determinó que en este caso no hay lugar a la prisión domiciliaria o a beneficio alguno en favor del exgobernador.

Está plenamente acreditado que Ramos Botero se concertó con miembros de las Autodefensas Unidas de Colombia, no sólo para promover su existencia, sino para aprovecharse de los apoyos

El fallo de 154 páginas señala que está plenamente acreditado que Ramos Botero se concertó con miembros de las Autodefensas Unidas de Colombia, en una asociación delictiva paramilitar, "no sólo para promover su existencia, sino para aprovecharse de los apoyos que en diverso sentido le servían a sus aspiraciones electorales al Senado de la República y a la Gobernación de Antioquia”.
Según el fallo, todo esto quedó “al descubierto con las diversas reuniones y apoyos económicos y electorales de que ha dado cuenta profusa prueba destacada y que culminaron en la finca Bellanita, so pretexto de incidir en el trámite de una ley que indudablemente iría a favorecer al grupo armado, al darle la posibilidad de obtener un status político, según se ha recabado”.
Se trata de la famosa reunión de 2005 celebrada en la finca ‘Bellanita’ de Bello, de propiedad de Hugo Albeiro Quintero, conocido como ‘El Patrón de Bello’, a la que asistieron los jefes paramilitares Iván Roberto Duque, alias Ernesto Báez; Rodrigo Pérez Alzate, alias Julián Bolívar; y Pablo Hernán Sierra García, alias Alberto Guerrero.

Se trató de un acto secreto, furtivo, clandestino e ilegal, sólo explicable por supuesto por la índole de los sujetos, el momento y el objetivo: promover a integrantes de esa delincuencia

Según la decisión de primera instancia, que ahora quedó ratificada, “al encuentro fueron convocados los amigos y allegados de la organización paramilitar, por la preocupación que tenía de que el texto de la ley los favoreciera. Vicente Castaño pidió a Duque Gaviria asistir e invitar a quienes tenían afinidad política, como era el caso de Ramos Botero y Óscar Arboleda, dado que ambos hicieron campaña en el 2022 al Congreso, y conjuntamente con Óscar Suárez Mira integraron al movimiento Equipo Colombia en 2003 para la campaña a la gobernación de 2007”.
En el fallo de segunda instancia, la Sala Penal dijo que “se trató de un acto secreto, furtivo, indudablemente clandestino e ilegal, sólo explicable por supuesto por la índole de los sujetos, el momento y el objetivo que entrañaba; esto es, dirigido a promover a los integrantes de esa delincuencia organizada, concediéndoles un reconocimiento y un status que no podían tener, por las actividades al margen de la ley a las que se dedicaban”.
“Tampoco obra en favor de su realización el pretendido alcance que se quiso dar a los salvoconductos que se entregaron a algunos paramilitares y que en todo caso tenían una cobertura precaria, como si ese documento librara de responsabilidad a quienes se aliaron con aquéllos para tan protervos cometidos”, dice la decisión.
“Como queda visto, el examen en extenso de este encuentro en la finca Bellanita, aunque pudiera revelar una finalidad aparentemente lícita por referirse al trámite de la Ley de Justicia y Paz que perseguía la desmovilización de grupos armados, ha permitido no solamente como era necesario, responder uno a uno los argumentos relacionados con su acaecimiento, fundamento legal o propósito expuestos por la defensa técnica y el procesado” agrega el fallo.
Luis Alfredo Ramos en la Corte Suprema Justicia.

Luis Alfredo Ramos en la Corte Suprema Justicia.

Foto:Rodrigo Sepúlveda / EL TIEMPO

Está probado que el Congresista acudió a dicha reunión con conocimiento pleno del objeto de la misma y el hecho de que se procuraba sustentara la causa paramilitar

La Sala Penal señaló que la responsabilidad de Ramos Botero no se acreditó sólo por no haber tenido aval del Gobierno Nacional como dice la defensa del exgobernador.
"La ilegalidad de ese hecho emerge de estar constatado que tal encuentro hizo inocultable el compromiso o connivencia existente entre el político y los miembros del paramilitarismo, desde varios años atrás y que propugnaba consolidar su apoyo o promoción de tales grupos delincuenciales", dijo.
Según la Sala Penal, "está probado que el Congresista acudió a dicha reunión con conocimiento pleno del objeto de la misma y el hecho de que se procuraba sustentara la causa paramilitar, ahora jugada frente a un acuerdo de paz que debía consolidarse con efectos jurídicos a través de la Ley que se debatía en el Congreso de la República"-
La decisión señala que incluso ya alias "Ernesto Báez había expresado sobre este particular que no podían quienes acudieron a la cita hacerlo sin conocimiento de causa y respecto de Ramos Botero, según el preclaro entendimiento del testigo, por ya haber sido contactado por el paramilitar Vicente Castaño".
La Sala Penal dijo que este proceso no se trató de cuestionar las relaciones sociales o políticas del procesado "que por sí mismas no denotarían una situación objetiva de peligro para la seguridad, sino de la manera en que se articuló con un grupo armado al margen de la ley para alcanzar propósitos electorales, lo cual sí connota una situación objetiva de peligro demostrada".
La Corte analizó de hecho varios contactos con grupos paramilitares, durante los años 2001 a 2007 que Ramos sostuvo "con integrantes de los Bloques Héroes de Granada o
Centauros, conforme acreditaron Juan Carlos Sierra Ramírez y Andrés de Jesús Vélez Franco; con el Bloque Metro y el Cartel de la Gasolina, acorde con la versión de José Raúl Mira Vélez y articulado por Metroseguridad y la llamada Oficina de Envigado -dedicadas a patrocinar bandas y combos en la ciudad de Medellín-, conforme depuso Jorge Eliécer Valle y de la recepción de dineros y apoyos a sus campañas políticas, como lo narraron Carlos Enrique Areiza Arango y Yecici Alberto Castañeda, todos los cuales articulaban a su vez la efectiva comisión de múltiples delitos en la región que
pertenecía al ámbito de su influencia".
justicia@eltiempo.com
@JusticiaET

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