Colombia realizó un contrato con la farmacéutica Pfizer en febrero de este año para adquirir 9.999.990 millones de dosis de vacunas contra el covid-19 por valor, cada una de 12 dólares y con el compromiso de un pago anticipado de casi 20 millones de dólares.
Igualmente, suscribió un contrato con AstraZeneca para 9.984.000 dosis, cada una por 6 dólares: “AstraZeneca suministrará las dosis totales al comprador a un precio que excluye impuestos indirectos igual a 59” millones de dólares.
(Lea todos los detalles de los contratos aquí: Los precios que Colombia pagó por las vacunas contra el covid-19)
Este martes, en el marco de una tutela que presentó la farmacéutica Janssen ante el Consejo de Estado, con la que buscaba que los contratos no fueran revelados, se conocieron los detalles de los acuerdos de carácter confidencial en los que Colombia aceptó asumir el pago de todos los impuestos relacionados con la negociación de las vacunas y eximió de cualquier responsabilidad a los fabricantes por eventuales efectos adversos de las mismas, a menos que haya evidencia de que un defecto sea producto de la farmacéutica.
(Además: Los planes de Colombia frente a delta y otras variantes)
Bajo ninguna circunstancia Pfizer estará sujeta o será responsable de sanciones por demoras en la entrega
En el contrato con Pfizer, se establece que Colombia renuncia “a los derechos y recursos que pueda tener en derecho” frente a una posible omisión de desarrollar el producto u obtener la autorización correspondiente en las fechas previstas para la entrega de las dosis.
(Le puede interesar: Corte niega tutela contra orden de entregar contratos sobre vacunas covid)
“Bajo ninguna circunstancia Pfizer estará sujeta o será responsable de sanciones por demoras en la entrega”, se lee en el acuerdo que añade que el comprador no podrá bajo ningún motivo devolver productos ya recibidos.
Igualmente, enfatiza que las vacunas solo podrán ser distribuidas en Colombia y que el comprador se hace responsable de todos los costos que genere el retiro del producto del mercado, a menos que eso sea consecuencia de un acto ilícito cometido de forma voluntaria por Pfizer o alguna de sus filiales.
(Le puede interesar: Los recursos que buscan impedir entrega de contratos de vacunas covid)
“Pfizer EE.UU. será el titular único de la propiedad intelectual que genere durante el desarrollo, fabricación y suministro del producto. Ninguna de las Partes conseguirá derechos de propiedad o uso de activos o propiedad intelectual que pertenezca a la otra”, enfatiza el documento.
Y, se deja en claro, que frente a cualquier demanda o litigio internacional Colombia renuncia a la inmunidad soberana respecto a sus activos que puedan ser perseguidos para garantizar el pago de esos litigios.
El contrato suscrito con AstraZeneca UK Limited dice que esta empresa puede frenar de manera inmediata sus obligaciones ante un incumplimiento de los pagos que están libres de cualquier impuesto que pueda llegar a cobrarse.
(Le puede interesar: Consejo de Estado ratifica elección de Ati Quigua como concejal de Bogotá)
El documento dice que en cualquier caso de defectos, las partes unirán esfuerzos para resolver cualquier desacuerdo y contempla acudir a un laboratorio independiente para hacer pruebas si así lo consideran las partes, de buena fe.
Se acordó por parte de Colombia que AstraZeneca será el propietario única de todos los derechos de propiedad intelectual generados durante el desarrollo, fabricación y suministro de la vacuna.
El contrato dice que Colombia renuncia y libera cualquier reclamación en contra de AstraZeneca que surja de o tenga relación con la falta de seguridad o eficacia de la vacuna o por cuestiones relacionadas con el transporte, el almacenamiento en frío, por falta de una técnica aséptica o dosificación apropiada o por retrasos en la entrega de la vacuna.
(Le puede interesar: Corte tumba millonaria condena que debía pagar Enrique Peñalosa)
Los contratos son el centro de un debate judicial por cuenta de recursos presentados por el Instituto Internacional de Estudios Anticorrupción y del abogado Ramiro Bejarano luego de que la Unidad Nacional para la Gestión de Desastres se negara a entregarlos cuando lo solicitaron por derecho de petición.
En mayo, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó entregar los contratos con AstraZeneca y Pfizer, precisando “modelo de contratación, precio, plazo de cumplimiento y certificado de disponibilidad presupuestal”.
Contra esa decisión, el Ministerio de Salud interpuso un recurso de nulidad que está pendiente de ser resuelto en el Tribunal de Cundinamarca.
(Le puede interesar: ‘Suspensión de decreto de asistencia militar afecta la gobernabilidad’)
El Gobierno ha sostenido que la publicación de los contratos puede afectar el patrimonio público y el plan de vacunación dado que los acuerdos protegen el secreto empresarial, dan cuenta de información sensible y de estrategias comerciales.
“Se abriría la posibilidad para que ejerciten su poder contractual, haciendo efectivas sanciones y multas contempladas en los contratos, sin perjuicio de la posibilidad de suspender el suministro de vacunas, imponer mayores condiciones para su adquisición o negarse a celebrar nuevos contratos”, dijo la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado ante el Consejo de Estado.
“El Estado colombiano ha hecho grandes esfuerzos económicos para la compra de vacunas y la implementación del Plan de Vacunación (…), todos estos esfuerzos realizados tanto por privados como por el Estado colombiano se verían truncados con la posible suspensión del plan de vacunación o la imposibilidad de adquirir nuevas dosis”, dijo la agencia.
(Le puede interesar: Niegan demanda de reparación por secuestro de Carlos Miguel Vives Lacouture)
Igualmente, el Ministerio de Comercio dijo al Consejo de Estado que por incumplir con obligaciones de confidencialidad, "podría producirse la no entrega de vacunas en retaliación al incumplimiento de obligaciones de confidencialidad con fundamento en poderes contractuales discrecionales en cabeza de la farmacéutica, la cual cobijada en la buena fe y en la protección de su posición contractual estaría jurídicamente habilitada a detener el envío de vacunas a Colombia, sobre todo bajo el argumento de que la existencia de obligaciones de confidencialidad constituía una causa o la consideracion esencial para que las farmacéuticas suscribieran los contratos de suministro respectivos".
Víctor Muñoz, director del Dapre, dijo que se observó un link en el que se publicó información relacionada con los contratos de la compra de vacunas y recordó que están pendientes de que el Tribunal resuelva un recurso presentado por el Ministerio de Salud.
“En este momento no hemos recibido ninguna notificación de algún tipo de fallo. La Secretaría jurídica de la Presidencia, los abogados del ministerio de Salud y de la Unidad de Gestión del riesgo están reunidos evaluando la situación”, dijo Muñoz.
(Le puede interesar: Consejo de Estado mantiene elección del gobernador de Boyacá)
Y añadió que el martes en la noche se tenían previstas reuniones con las farmacéuticas para evaluar ante la publicación de un contrato, cómo se afectaría el acuerdo de confidencialidad.
justicia@eltiempo.com
En Twitter: JusticiaET
-JEP concluye que Farc reclutaron a 18.677 niños y llama a 26 exguerrilleros
-Caso Uribe: Fiscalía compulsa copias para que se investigue a Iván Cepeda
-La historia de la primera mujer al mando de un avión Hércules de la FAC
ACCEDE A CONTENIDO EXCLUSIVO PARA SUSCRIPTORES
No te quedes solo con esta información.
Lee, explora y profundiza más.
¡Suscríbete ya!
COP $ 900 / MES *Si ya eres suscriptor del impreso, actívate