Con ponencia del magistrado Luis Antonio Hernández, la Corte Suprema de Justicia sentenció que aunque el sometimiento a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) suspende los procesos de las Farc, el Tribunal dice que las investigaciones que lleva la Fiscalía pueden continuar hasta la entrada en vigencia de esa justicia.
En todo caso los integrantes de las Farc no podrán ser citados a juicio, quedan suspendidas las órdenes de captura, los interrogatorios, la formulación de imputación, las medidas de aseguramiento y las acusaciones.
"Considera la Sala que la mencionada suspensión de los procesos debe ser interpretada de la siguiente manera: dado el imperativo de conocer la verdad, no podrá suspenderse el curso de las investigaciones adelantadas por la Fiscalía, pero para tal efecto debe entenderse el ámbito de su investigación en los términos definidos en las ley 906 de 2004, es decir, cómo la búsqueda y recaudo de elementos materiales probatorios y evidencia física", señala el fallo.
En el fallo, la Corte exhorta al Gobierno para la entrada en funcionamiento expedita de la justicia transicional.
Comentar