Si el procurador Alejandro Ordóñez “pretendía ser postulado por la Corte Suprema de Justicia, tenía prohibido nombrar a los parientes de los integrantes de esa corporación judicial, para evitar el intercambio de favores”.
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Esa es una de las conclusiones del fallo del Consejo de Estado que, en 39 páginas, tumbó la reelección de Ordóñez y que fue publicado el martes con las firmas de los consejeros. La salida del Procurador se tendría que dar en los próximos cinco días, cuando quede ejecutoriada la sentencia.
En la decisión, los magistrados señalan que en la Corte Suprema, que fue la que postuló a Ordóñez en el 2012, “se vulneró” el artículo 126 de la Constitución porque se probó que el Procurador “designó a los familiares de personas competentes para intervenir en su postulación, con lo cual se inhabilitó”. (Además: Por 3 apoyos indebidos en Corte Suprema, cayó su reelección)
En el documento se lee que ese artículo “fija límites y restricciones al actuar de los servidores públicos, entendiendo que en la función pública ‘no todo vale”’. Esa norma, dice el fallo, se estableció en la Constitución del 91 para “erradicar el nepotismo, el clientelismo y cualquier otra forma de favoritismo en el acceso a los cargos públicos”.
El fallo documentó tres casos de magistrados de la Corte Suprema que tenían familiares en la Procuraduría. Aparece la magistrada Ruth Marina Díaz Rueda, cuya sobrina Sandra Lucía Salazar Díaz fue nombrada en la Procuraduría el 1.º de junio del 2012, un mes antes de que Ordóñez fuera ternado por la Suprema.
Ese nombramiento lo hizo la Procuradora Encargada, lo que a juicio de los magistrados, “nada afecta la configuración de la prohibición, ni subsana el vicio en el que se encuentra el acto acusado”. Y añade que intentar justificar esa situación sería “avalar la creación de un mecanismo que permita burlar los efectos de la prohibición”, hasta el punto de justificar por ejemplo que la “Procuradora General encargada nombrara a un hijo del Procurador General en la planta global de la Procuraduría”.
También se documentó el nombramiento de Olga Lucía Cadavid Castro, familiar del magistrado Javier Zapata Díaz. Ella había sido nombrada como profesional grado 17 asignada a la seccional de investigaciones especiales de Antioquia el 5 de septiembre de 2011, fecha en la que Ordóñez cumplía su primer periodo al frente del Ministerio Público.
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El Consejo de Estado señaló que esos dos votos fueron claves en el resultado: “Al restársele los dos votos de los magistrados antes referidos, (...), se concluye categóricamente que de ninguna manera podía obtener la mayoría requerida en el reglamento de dicha corporación judicial para llegar a ser postulado”.
Mientras el Consejo de Estado terminó el martes de recoger las firmas de los consejeros en el fallo, y lo envió por correo electrónico al Senado y a Ordóñez, el Procurador presentó simultáneamente su renuncia. Aseguró en la carta al Senado que el lunes asistió al Consejo de Estado para notificarse de la nulidad de su reelección, pero que la sentencia no estaba lista. “La demora en la notificación de la sentencia no puede ser el pretexto para que el proceso plebiscitario se quede sin control y sin vigilancia (...). Por esa razón, porque hay un interés superior, he decidido presentar mi inmediata renuncia y le pido al Congreso que si es posible hoy mismo la acepte”, se lee en la carta.
El presidente del Senado, Mauricio Lizcano, aseguró que “el Consejo de Estado notificó al Congreso su decisión de apartar del cargo al Procurador. La renuncia no procedería”. Lizcano dijo que la Plenaria del Senado “tendrá la última palabra” sobre Ordóñez.
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