A la discusión sobre la legalidad del aborto en Colombia se sumará, en los próximos meses, un pronunciamiento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a la que llegó una denuncia contra la Corte Constitucional, presentada por la doctora en Derecho Natalia Bernal Cano.
Bernal denunció a la Corte por el ocultamiento que, alega, ha hecho el alto tribunal de 363 pruebas sobre daños físicos de madres y bebés por abortos legales, estadísticas sobre daños en salud mental de las mujeres, entre otros. Ese supuesto ocultamiento, dijo, se dio en el trámite de dos demandas que este año el alto tribunal negó, y en las que Bernal pedía penalizar el aborto por completo, así como cambiar apartes del Código Civil sobre cuándo empieza la existencia legal de una persona.
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La abogada también dijo que la Corte violó sus garantías judiciales puesto que, si bien en marzo de este año el alto tribunal negó las pretensiones de sus dos demandas y dijo que el tema del aborto en Colombia es cosa juzgada, para Bernal, el alto tribunal está en la obligación de pronunciarse de fondo.
Además, según dijo Bernal, la Comisión ya cuenta con toda la información de la denuncia para estudiarla, aunque también es posible enviar información adicional para el análisis del caso.
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Por esta denuncia, el debate del aborto en Colombia tendrá un capítulo en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH), del que hacen parte la CIDH y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), la misma que acaba de condenar a Colombia por violar los derechos políticos de Gustavo Petro.
En el caso del aborto, la Comisión debe hacer un estudio inicial para definir si le da trámite a la petición. De admitir la demanda y considerar que hay competencia de ese sistema, la CIDH podría enviarla a la Corte IDH, que tendría que juzgar al Estado colombiano.
La decisión de la CIDH sobre la petición de Bernal Cano se conocería durante el primer trimestre del 2021. En todo caso, este proceso se suma a los 1.119 que, al primer trimestre de este año, había contra Colombia en el SIDH.
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El debate internoLos procesos de Bernal Cano comenzaron en abril y mayo del 2019, cuando en dos recursos distintos demandó los artículos 90, 91 y 93 de Código Civil, que establecen desde cuándo comienza la existencia legal y los derechos de las personas; y el artículo 122 del Código Penal, que establece las tres causales permitidas del aborto –cuando existe peligro para la salud física o mental de la madre, cuando hay grave malformación del feto que haga inviable su vida y en caso de violación–.
Después de un largo proceso en el que la Corte recibió no solo múltiples conceptos de entidades estatales, sino centenares de escritos ciudadanos a favor o en contra del aborto, el 2 de marzo de este año el alto tribunal falló ambas demandas y negó las pretensiones de la abogada, pues en ambos procesos se declaró inhibida para tomar una decisión de fondo.
Esto, dijo la Corte, al considerar que la legalidad del aborto ya es un tema juzgado en Colombia, por lo que el procedimiento quedó tal y como está permitido desde el 2006.
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En la decisión, la mayoría de los magistrados de la Corte consideró que las demandas no cumplieron con los requisitos de certeza y que los argumentos de Bernal fueron genéricos y vagos. Para el alto tribunal, las pruebas que ella presentó se basaron en “concepciones personales, como fotografías, material audiovisual, literatura y entrevistas a terceros”.
Ante la derrota, Bernal interpuso esa misma semana dos nuevas demandas contra los artículos del Código Civil y el Penal, reiterando sus argumentos, diciendo que sí se habían aportado pruebas y buscando que la Corte diera un pronunciamiento de fondo. Sus nuevas demandas fueron inadmitidas, por lo que presentó recursos de súplica, uno de los cuales ya fue negado (el de la nueva demanda del Código Civil). Y el 11 de agosto de este año la abogada presentó una tercera demanda contra esa norma.
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Justicia)
Por otro lado, el 31 de julio de este año, la Corte Constitucional abrió para estudio una petición de Bernal de anular la sentencia C-089 de 2020, con la que en marzo la Corte rechazó la demanda sobre el Código Civil.
Durante las próximas semanas, la alta corte estará recibiendo conceptos de distintas entidades, con los que deberá evaluar si mantiene o tumba su propia decisión. En el caso de que la Sala Plena de la Corte decida anular su fallo, se deberá emitir una nueva sentencia.
Aunque Bernal también envió una petición para anular el segundo fallo sobre el aborto, que negó tumbar las tres causales legales, el alto tribunal aún no ha decidido si abre para estudio esa petición.
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