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Corte Suprema mantiene medidas cautelares a favor de Hyundai Colombia
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Corte Suprema mantiene medidas cautelares a favor de Hyundai Colombia

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Fiscalía indaga si en repartición de tutela que llegó al despacho de Huertas se cometió un delito.

La Corte Suprema de Justicia mantuvo en firme las medidas cautelares que llevaron a que Hyundai Colombia, empresa de Carlos Mattos, sea por ahora la única firma autorizada para vender los carros de Hyundai Motor Company en el país.

La Corte mantuvo en firme una decisión del Tribunal Superior de Bogotá que había mantenido las medidas cautelares que interpuso el juez sexto civil del circuito de Bogotá, Reinaldo Huertas. En esa decisión, se dejó en firme el auto del 6 de abril pasado con el que el juez Huertas ordenó a "Hyunday Motor Company que durante el trámite del presente proceso, se abstenga directamente o a través de interpuestas personas, agentes o distribuidores suyos, distinto a Hyunday Colombia Automotriz S.A. y su red a desarrollar labores de promoción, comercialización o venta de vehículos automotores en Colombia".

La razón del alto tribunal para mantener las medidas cautelares es porque, según la Corte, debieron haber sido solicitadas de manera directa ante el juzgado. "La querellante (Neocorp) cuenta con otro mecanismo para hacer valer sus intereses, como es pedir al Juzgado Sexto Civil del Circuito que le permita intervenir con base en los artículos 62 y 71 del Código General del Proceso", dice la decisión de la Corte.

También porque no se comprobó que Neocorp, quien había presentado el recurso para que se tumbaran las medidas que le impiden vender carros Hyundai, haya sufrido un perjuicio irremediable con esa decisión.

La Corte también indicó que antes de resolver de fondo se debe responder a una apelación que interpuso la coreana Hyundai Motor Company. "El auxilio es igualmente prematuro porque las determinaciones cuestionadas fueron controvertidas por Hyunday Motor Company a través de reposición y apelación y hasta el momento no se han desatado esos recursos. También están pendientes de definirse la nulidad -por falta de jurisdicción y competencia- y la solicitud de fijación de caución para el levantamiento de las medidas", dice la Corte Suprema.

Y en una decisión de la semana pasada, la Corte Suprema de Justicia también negó otra impugnación que Neocorp presentó contra el juzgado sexto civil del circuito. Los argumentos son similares a los de la anterior decisión. En esta nueva tutela la Corte dice que el recurso de Neocorp no puede prosperar porque "si a bien lo tiene, solicitar directamente al accionado el levantamiento de la medida cautelar censurada, apoyándose para tal efecto, en los argumentos acá ventilados, correspondiéndole al juez querellado definir si le asiste o no razón en sus planteamientos".

Actualmente, la Fiscalía investiga si en la repartición de la tutela que llegó inicialmente al despacho de Huertas, el juez que en primera instancia concedió las medidas cautelares que beneficiaron a Mattos, se cometió algún delito.

JUSTICIA

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