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Corte ordenó detención de Uribe porque podría obstruir la justicia
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El Tiempo En Vivo: Plenaria del senado del 4 de agosto de 2020El Tiempo En Vivo: Plenaria del senado del 4 de agosto de 2020.
Álvaro Uribe Vélez

Carlos Ortega. EL TIEMPO

Corte ordenó detención de Uribe porque podría obstruir la justicia

Sala de Instrucción tomó esta decisión en el proceso en su contra por presunto soborno a testigos.

En un comunicado, la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia dio a conocer las razones por las cuales ordenó la detención del expresidente y hoy senador del Centro Democrático, Álvaro Uribe Vélez.

De forma unánime, la Sala de Instrucción del alto tribunal ordenó la detención domiciliaria de Uribe, lo que implica que impuso una medida de aseguramiento en su contra. 

Según la corporación, la decisión se tomó el lunes en la Sala Especial de Instrucción, y se ordenó la medida de aseguramiento preventiva "como presunto determinador de los delitos de soborno a testigo en actuación penal y fraude procesal". Aunque la decisión se tomó ayer, solo se dio a conocer públicamente hoy porque se estaba en el proceso de notificación a los involucrados y la recolección de firmas de los magistrados. 

El alto tribunal no quiso imponer una medida carcelaria, sino que la sustituyó por una domiciliaria, por lo que, dijo la Corte, el senador Uribe Vélez "cumplirá la privación de la libertad en su residencia y desde allí podrá continuar ejerciendo su defensa con todas las garantías del derecho al debido proceso".

Según el alto tribunal, esta decisión se tomó tras "un riguroso estudio jurídico" sobre la realidad procesal del caso.

Así, en este expediente encontró "posibles riesgos de obstrucción de la justicia, respecto al futuro recaudo de pruebas de hechos presuntamente delictivos que involucran tanto al senador Álvaro Uribe, como al representante Álvaro Hernán Prada", dijo el alto tribunal en su comunicado.

La Corte dijo que las conductas por las que es investigado Uribe se dieron después del 16 de febrero del 2018, fecha en la que la Sala de Casación Penal compulsó copias contra Uribe, al archivar una denuncia que él había presentado contra Iván Cepeda.

(Vea a continuación el comunicado de la Corte)

Tras archivar esa denuncia de Uribe, dice la Corte, "al parecer, con la aprobación del senador, personas allegadas a él habrían emprendido probables actos de manipulación de testigos".

El alto tribunal dice que tras la indagatoria al expresidente y a Álvaro Hernán Prada, en octubre del año pasado, y tras escuchar sus explicaciones, practicar pruebas, muchas de ellas pedidas por la defensa, determinó que "la medida restrictiva de la libertad del senador Uribe Vélez tiene como fundamento gran cantidad de material probatorio recaudado y analizado por la Sala Especial de Instrucción".

Al parecer, con la aprobación del senador, personas allegadas a él habrían emprendido probables actos de manipulación de testigos

La Corte Suprema también asegura que dentro de las pruebas hay testimonios, inspecciones judiciales, videos, grabaciones e interceptaciones telefónicas. Todo ese material probatorio, dice la corporación judicial, "al parecer indican su presunta participación como determinador de los delitos" por los que es investigado. 

Finalmente, la Corte recordó que según el Código de Procedimiento Penal, la medida de aseguramiento es indispensable "para evitar la obstrucción de la justicia, cuando existan motivos graves y fundados que permitan inferir que el imputado podrá destruir, modificar, dirigir, impedir, ocultar o falsificar elementos de prueba". 

También cuando se comprueba, dice la Corte, que el investigado podría inducir sobre testigos, peritos, o terceros para que den información falsa en el proceso. Además, esta medida de aseguramiento procede cuando el investigado "impida o dificulte la realización de las diligencias o la labor de los funcionarios y demás intervinientes en la actuación". 

Sobre Álvaro Hernán Prada, quien también aparece en este expediente, la Corte asegura que algunos de los comportamientos investigados en el caso de soborno a testigos lo involucran y en ellos habría intervenido. Es por esto que a él, la Sala de Instrucción "le imputa el delito de soborno en calidad de cómplice".

Como una eventual pena en ese solo delito no da para imponer una medida de aseguramiento, la Corte no ordenó su detención, aunque Prada seguirá vinculado en el proceso.

Uribe informó su detención

La medida de aseguramiento la dio a conocer más temprano el mismo expresidente Álvaro Uribe en su cuenta de Twitter. "La privación de mi libertad me causa profunda tristeza por mi señora, por mi familia, y por los colombianos que todavía creen que algo bueno he hecho por la Patria", dijo Uribe en su red social. 

(Lea también: Cortes exigen respeto y no descalificar decisiones por adoptar). 


En este proceso la Sala de Instrucción debía resolver la situación jurídica del expresidente y del congresista Álvaro Hernán Prada, cuya investigación por estos hechos se inició desde el 2018, y quienes asistieron a un interrogatorio en el alto tribunal en octubre del año pasado.

En este caso, la Corte estaba estudiando la  ponencia que les presentó el magistrado César Augusto Reyes Medina a sus demás compañeros.

En esta evaluación participaron los magistrados Francisco Javier Farfán Molina, Marco Antonio Rueda Soto, Misael Fernando Rodríguez Castellanos y el presidente de esa Sala, Héctor Javier Alarcón Granobles, quienes votaron a favor de detener a Uribe.

La única magistrada de la Sala de Instrucción que no participó fue Cristina Lombana, ya que ella está impedida en este proceso.

Después de resolver la situación jurídica, el alto tribunal seguirá practicando más pruebas, tanto las ordenadas por el alto tribunal como las pedidas por la defensa, para determinar si acusa o no a Uribe, y lo llama a juicio. 

(Lea demás: Defensa de Uribe pide que se nombre conjuez en la Corte). 

Esta decisión en el alto tribunal se toma justo en momentos en los que un juez debe definir si envía a prisión a Diego Cadena, quien era abogado de Álvaro Uribe, y a quien la Fiscalía le imputó cargos la semana pasada –junto con el abogado Juan José Salazar- por supuestamente haber ofrecido un soborno de 200 millones al exparamilitar Carlos Enrique Vélez, así como ayuda jurídica al exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, para que declararan a favor de Uribe y en contra de Iván Cepeda.

Justamente la investigación de Reyes contra Uribe, así como contra el congresista del Centro Democrático Álvaro Hernán Prada, se da porque supuestamente intentaron torcer el testimonio de Juan Guillermo Monsalve, quien ha dicho que el expresidente estuvo detrás del nacimiento del Bloque Metro en Antioquia. Monsalve era hijo del mayordomo de la hacienda Guacharacas, de la que los Uribe Vélez fueron propietarios.

El proceso

La investigación por la que ahora Uribe será detenido, se inició en julio del 2018, luego de que el entonces magistrado José Luis Barceló decidió llamarlo a indagatoria al encontrar que, presuntamente, Uribe estaba tratando de cambiar el testimonio de testigos para que se retractaran de afirmaciones en las que lo señalaban de promover el paramilitarismo en Antioquia, y para que supuestamente inculparan a Iván Cepeda de estar fabricando testimonios en su contra.

Con la ley de doble instancia, el caso pasó ese año a la Sala de Instrucción, que asumió todas las investigaciones que llevaba la Sala de Casación Penal contra los aforados. El caso primero estuvo en el despacho de la magistrada Cristina Lombana, pero luego de ser recusada por Iván Cepeda, quien fue aceptado como víctima en el proceso, el expediente quedó en manos de Reyes Medina.

Medina ratificó la decisión de llamar a Uribe a indagatoria, diligencia que se cumplió en octubre del año pasado, marcando un hecho sin antecedentes, pues nunca un proceso contra un expresidente del país había avanzado hasta ese punto.

Lo que ha dicho la defensa del expresidente

Ante la Corte Suprema de Justicia, y a través de su defensa encabezada por el abogado Jaime Granados, Uribe había dicho que no se cumplen los requisitos para ordenar una medida de aseguramiento. También le habían pedido al alto tribunal que si ordenaba una medida de este tipo, no fuera restrictiva de su libertad.

La defensa también ha dicho que en el caso no se encontraron indicios graves en ninguno de los seis eventos que se relacionan en el expediente. Así, sobre las visitas de Diego Cadena a testigos, la defensa ha dicho que según las mismas interceptaciones en el caso queda claro que él no conocía de los aspectos puntuales de lo que hacía su abogado. Incluso, el mismo Uribe ha dicho que no conocía que Cadena les hubiera ofrecido pagos o ayuda a testigos. Esa versión ha sido replicada por Cadena, quien ha dicho que Uribe no tenía conocimiento de lo que él llama ayudas humanitarias, y no sobornos, para los exparamilitares con los que habló.

También ha negado haber intentado cambiar el testimonio de Monsalve y, según la defensa, si se hicieron acercamientos con él o con su esposa, fue porque Monsalve supuestamente manifestó un interés de ratractarse de lo dicho contra Uribe.

JUSTICIA
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