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Cortes

Corte ordena reintegro de 31 trabajadores de la licorera de Antioquia

La Fábrica de Licores de Antioquia está adscrita a la secretaría de Hacienda de Antioquia por Ordenanza de la Asamblea.

La Fábrica de Licores de Antioquia está adscrita a la secretaría de Hacienda de Antioquia por Ordenanza de la Asamblea.

Foto:Guillermo Ossa/EL TIEMPO

Según el alto tribunal, fueron despedidos sin justa causa porque la Fábrica está mal clasificada.

Milena Sarralde
La Corte Suprema de Justicia ordenó el reintegro de 31 trabajadores que habían sido despedidos de la Fábrica de Licores de Antioquia, tras determinar que fueron retirados de sus puestos de manera injusta, en medio de un conflicto colectivo laboral. 
Según la decisión de la Sala Laboral, con ponencia del magistrado Rigoberto Echeverri Bueno, los empleados de la licorera de Antioquia son trabajadores oficiales, lo que implica que tienen un contrato de trabajo, y no son funcionarios públicos (condición en la que su nombramiento se da por un acto administrativo). 
Según Echeverri, la Fábrica "está clasificada inadecuadamente como una simple dependencia administrativa del departamento" lo que lleva a que se los trate como funcionarios públicos. 
La Corte afirmó que, aunque los departamentos tienen autonomía para organizar la estructura de sus entidades, no se pueden extralimitar en esa potestad hasta el punto de "desconocer reglas básicas sobre la estructura de la administración pública, a partir de una catalogación arbitraria de sus entidades, que niegue manifiestamente su real naturaleza y misión”.
Para el alto tribunal, la Fábrica de Licores no es una simple dependencia del departamento porque tiene una misión industrial y comercial, lo que implica que los empleados podían ejercer su derecho a una negociación colectiva en los términos que tienen los trabajadores oficiales. 
Para la Corte, ese derecho, que hace parte fundamental de la libertad sindical no se puede comprometer "por el simple artificio de la administración en la clasificación y definición de sus entidades”. 
Así, la Corte dice que como eran trabajadores oficiales, y fueron despedidos sin justa causa cuando hacían un reclamo laboral, se les debe respetar su fueron circunstancial y reintegrarlos a sus puestos de trabajo.
También tendrá que pagarle los salarios, prestaciones sociales legales y extralegales que dejaron de recibir desde la fecha de desvinculación hasta cuando se materialice su reintegro, con los incrementos legales y extralegales. 
JUSTICIA
Milena Sarralde
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