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Cortes

Corte falla a favor de mujer con VIH despedida sin justa causa

López, de 38 años, compareció ante un juez federal de Brooklyn, en Nueva York y se declaró inocente.

López, de 38 años, compareció ante un juez federal de Brooklyn, en Nueva York y se declaró inocente.

Foto:Rodolfo González / Archivo EL TIEMPO

La mujer de 49 años tiene tres hijos y fue despedida de una empresa en donde era operaria.

La Corte Constitucional falló una tutela en favor de una mujer de 49 años que en 2016 empezó a trabajar en una empresa como operaria de producción y en octubre de 2019 fue despedida, luego de haber sido hospitalizada por tuberculosis.
La mujer, que tenía VIH, es madre de tres hijos mayores de edad. La empresa dijo que el despido no tenía que ver con los ocho días en los que estuvo hospitalizada pues ella volvió a trabajar normalmente sin incapacidades posteriores. 
Con ponencia de la magistrada Diana Fajardo, la Corte dijo que la mujer adquirió una condición de debilidad manifiesta ocasionada por el VIH y la tuberculosis, que son dos enfermedades que se encuentran estrechamente relacionadas.
También dijo que la mujer había advertido a su empleador sobre la tuberculosis, por lo que se le autorizaba a salir regularmente para las citas médicas y los exámenes de control.
"La Sala no puede avalar el argumento de la empresa según el cual, como la señora solo estuvo hospitalizada por ocho días sin restricciones laborales posteriores, no se configuraría la estabilidad laboral reforzada, pues es evidente que recibía tratamiento médico y que periódicamente debía ausentarse para sus exámenes de control, al menos por una de las enfermedades conocidas por su empleador”, dijo la Corte.
La Corte dijo que si bien la mujer solo informó que tenía VIH en su examen de salida, ese solo hecho debió implicar que la empresa la dejara en el cargo y diera por terminado su proceso de terminación de contrato.
“Como la accionante trabajó por más de tres años de manera ininterrumpida, la sorpresiva decisión de no renovar el contrato sin justa causa permite inferir que dicha decisión se debió al conocimiento del diagnóstico de al menos una de sus enfermedades”, dijo la Corte.
justicia@eltiempo.com
En Twitter: JusticiaET

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