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Cortes

Garantías de seguridad de los firmantes de paz, en la lupa de la Corte

En las casas y construcciones del Espacio Territorial hay grafittis e imágenes alusivas a íconos de la guerrilla.

En las casas y construcciones del Espacio Territorial hay grafittis e imágenes alusivas a íconos de la guerrilla.

Foto:María Isabel Ortiz / EL TIEMPO

Corte estudia si declara un estado de cosas inconsitucional frente a la situación de estas personas.

La Corte Constitucional se encuentra revisando varias tutelas presentadas por excombatientes de las Farc ubicados en Nariño y Guaviare que reclaman medidas específicas de protección individual y colectiva, por amenazas y riesgos de seguridad en sus territorios por presencia de grupos armados. Una de las tutelas reclama que se declare un estado de cosas inconstitucional frente a la situación de derechos y seguridad para la población firmante el Acuerdo de Paz.
La Corte señaló que se trata de esclarecer los alcances de la implementación del Acuerdo en su componente de garantía de seguridad y, por eso, a fin de determinar si hay lugar o no a declarar el estado de cosas inconstitucional, hizo múltiples requerimientos probatorios. En ese sentido, el Gobierno, a través de sus agencias y ministerios, las Fuerzas Militares, la Fiscalía, la Procuraduría y la Contraloría deberán explicar la gestión e inversión concreta hecha desde 2017 para garantizar la vida de los exfarc.
Y la Oficina del Alto Comisionado para la Paz y a la Consejería Presidencial para la Estabilización y la Consolidación deberá informar sobre el “estado actual del proceso de implementación del componente de reincorporación del Acuerdo Final” y “las acciones que ha adelantado el Gobierno en torno a poner en consideración del Congreso los temas que se encuentran pendientes del Acuerdo Final y detalle cuáles son”.
La Unidad Nacional de Protección deberá informar a la Corte su situación financiera, si tiene personal suficiente para sus tareas, si cuenta con enfoque de género en sus procedimientos internos para la protección de los excombatientes y si tiene alguna ruta de evacuación de emergencia para estas personas en territorios.
Además, deberá explicar cuántas solicitudes de protección tienen y cuántas han tramitado y qué han hecho, junto a la Mesa Técnica de Seguridad y Protección para agilizar los tiempos de evaluación y respuesta. Y “si han revisado y, de ser pertinente, fortalecido los esquemas de protección colectivos asignados para garantizar medidas idóneas, oportunas y efectivas”.
La Oficina del Alto Comisionado para la Paz, en su condición de Secretaría Técnica del Sistema Integral de Garantías de Seguridad para el Ejercicio de la Política, deberá exponer las medidas tomadas para avanzar en el diseño de una política pública y criminal para desmantelar las organizaciones que ataquen a los firmantes de paz; así como los obstáculos que se han presentado, entre otros.

El Gobierno debe informar el avance implementación del componente de reincorporación del Acuerdo Final y si ha considerado llevar al Congreso "los temas que se encuentran pendientes del Acuerdo".

El Departamento Nacional de Planeación deberá informar qué rubros ejecutó del Plan Plurianual de Inversiones para la Paz entre 2018-2020, año a año y lo que proyecta ejecutar para los años 2021 y 2022 y exponer qué resultados se han alcanzado en relación con la reincorporación.
La Procuraduría tendrá que hacer un informe sobre las dificultades que enfrentan las entidades encargadas del implementar el acuerdo y si los alcaldes y gobernadores han atendido el exhorto hecho por ese ente de control para que en los Planes Integrales de Prevención se tengan en cuenta a los excombatientes.
Además de pedir un completo examen sobre la situación de orden público en Nariño y Guaviare, la Corte le pidió a la Defensoría señalar cómo va la reincorporación y al Ministerio de Defensa señalar “si han adoptado una estrategia de seguridad especial coordinada para la protección y control de riesgos de las zonas donde se encuentran grupos representativos de los excombatientes”.
Entre tanto, la Fiscalía y la Policía deberán detallar cómo se ha implementado el Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política y la Comisión Intersectorial para la Respuesta Rápida a las Alertas Tempranas. Y la Corte pidió a varias universidades, ONG y organizaciones internacionales sus consideraciones sobre este asunto.
Grafiti del frente Óliver Sinisterra en La Guayacana, un corregimiento de Tumaco.

Grafiti del frente Óliver Sinisterra en La Guayacana, un corregimiento de Tumaco.

Foto:Salud Hernández-Mora

¿Qué estudia la Corte?

El primer expediente recopila las tutelas de cinco firmantes del Acuerdo de Paz en proceso de reincorporación y que integran la Cooperativa Multiactiva Frontera Sur de Tallambí en Cumbal desde la cual pusieron en marcha proyectos productivos como la cría, reproducción y comercialización de ganado porcina y el cultivo de caña y maíz, entre otros.
Ellos aseguraron que hay riesgos colectivos en zonas aledañas al territorio en el que se encuentran por presencia del grupo 'Olíver Sinisterra' y del Eln y denunciaron que la UNP, a la hora de presentar la tutela, no había otorgado las medidas de seguridad para el excombatiente Alberto López Palomino a pesar de que en 2018, esa entidad aseguró que estaba en riego extraordinario luego de hacer el respectivo estudio.
El segundo expediente consta de la tutela presentada por Ricardo Palomino Ducuará, presidente de la Junta de Acción Comunal del Espacio Territorial de Capacitación y Reincorporación (ETCR), ubicado en Tumaco (Nariño) en el que se encuentran alrededor de 90 excombatientes de la Columna Móvil Daniel Aldana y del Frente 29 de las antiguas Farc.
Palomino Ducuará señaló que el esquema de la UNP asignado para todo el colectivo, consistente en un carro blindado y dos normal, seis escoltas, un fusil y un arma de apoyo ha funcionado de manera irregular. Esto porque solo hay cuatro escolta, lo que sería insuficiente para las necesidades del ETCR.
La tercera tutela que estudia la Corte la presentó Francisco Gamboa Hurtado, líder del antiguo ETCR 'Aureliano Buendía' de Charras (Guaviare), quien hace parte del Consejo Departamental de Paz y quien hace de consejero para el político Óscar Larrahondo, entre otras funciones. Gamboa, quien denunció ante la Fiscalía amenazas, reclama la implementación de un esquema de seguridad que ya le fue aprobado.
Esta fue la tutela en la que se solicitó a la Corte que declare un estado de cosas inconstitucionales frente a la situación de derechos y seguridad para la población firmante el Acuerdo de Paz y que las diferentes entidades cumplan con los deberes adquiridos en el acuerdo.

Lo que han respondido en el proceso

En respuesta a estas tutelas, la Presidencia de la República, a través de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz y la Consejería Presidencial para la Estabilización, indicó que no había “dado lugar a la vulneración de ningún derecho fundamental”. Y que, en todo caso, los asuntos relacionados con las garantías le competen a la UNP.
La Unidad, hasta el momento, ha señalado que con coordinación de otras instituciones se puso en marcha un programa de protección para salvaguardar a los excombatientes por lo que no está facultada para desempeñar funciones que institucionalmente le corresponden a otra entidad o persona jurídica.
Pablo Catatumbo en representación del Partido Comunes apoyó las peticiones ante la Corte y manifestó su preocupación sobre la existencia de un estado de cosas inconstitucional “contra la población de signatarios y signatarias del Acuerdo de Paz y contra la implementación misma de lo pactado”.
La Fiscalía señaló que avanza diligente “con las investigaciones penales contra afectaciones cometidas en contra de defensores de derechos humanos, líderes sociales y personas en proceso de reincorporación de las FARC – EP” y pidió declarar la tutela improcedente.
Y la Procuraduría, en respuestas separadas, recomendó al Gobierno crear un “registro único, integrado, consolidado y actualizado de los defensores y defensoras de los derechos humanos, y sus organizaciones, integrantes de los movimientos sociales, movimientos políticos, y lideresas y líderes políticos y sociales, y sus organizaciones y a los que en esta condición participen activamente en la implementación del Acuerdo de Final”.

Las decisiones anteriores

El 21 de abril de 2020, el Tribunal Superior de Pasto falló en favor del primer grupo de excombatientes y señaló que la UNP ha sido negligente en el cumplimiento de sus obligaciones y ordenó implementar las respectivas medidas de seguridad Nuevo Punto de Reincorporación Tallambí en el municipio de Cumbal (Nariño).
Igualmente, el 16 de junio de 2020, el Tribunal falló en favor de Ricardo Palomino Ducuará y de todos los demás que integran el Espacio Territorial de Capacitación y Reincorporación (ETCR) en Tumaco (Nariño). Y señaló que la alta de protección, alegando la pandemia, solo denota la falta de voluntad política de la entidad.
Y en junio de 2020, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca falló en favor de Francisco Gamboa Hurtado y ordenó a la UNP implementar las medidas de seguridad a las que tiene derecho.
ALEJANDRA BONILLA MORA
JUSTICIA
justicia@eltiempo.com
En Twitter: AlejaBonilla
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