Con votación 5-4, la Sala Plena de la Corte Constitucional declaró el estado de cosas inconstitucional por el bajo nivel de implementación del componente de garantías de seguridad para las personas que firmaron el acuerdo de paz, que dejaron la guerrilla de las Farc y que están en proceso de reincorporación y hacen parte del Partido Comunes.
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Al estudiar cinco tutelas presentadas por excombatientes ubicados en Nariño y Guaviare que reclamaban medidas de protección por amenazas y riesgos de seguridad en sus territorios por presencia de grupos armados, la Corte estimó que existe una grave crisis que ha afectado de modo fuerte sus derechos fundamentales a la vida, a la integridad personal, a la seguridad y a la paz.
Con ponencia de la magistrada Cristina Pardo, se aprobó la creación, en dos meses, de una Sala Especial de Seguimiento en la Corte Constitucional que verificará las órdenes dictadas en este fallo para la materialización del componente de garantías de seguridad de los excombatientes.
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Esto implica que la Corte les dará a múltiples entidades del Estado órdenes concretas y que hará un proceso de verificación de su cumplimiento, a través de indicadores, en un trámite similar al que actualmente adelanta el alto tribunal al fallo de tutela T-025 de 2004, que declaró un estado de cosas inconstitucionales en materia de desplazamiento forzado.
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La decisión se tomó con los votos positivos de las magistradas Cristina Pardo y Diana Fajardo, y los magistrados Antonio José Lizarazo, José Fernando Reyes y Alejandro Linares. En contra votaron los magistrados Alberto Rojas, Jorge Enrique Ibáñez, Gloria Ortiz y Paola Meneses.
Se deberán priorizar las zonas más afectadas por la violencia, entre las cuales están 25 municipios en Antioquia, Cauca, Caquetá, Guaviare, Meta, Nariño, Norte de Santander, Putumayo y Valle del Cauca
En una declaración de prensa, la magistrada ponente, Cristina Pardo, explicó que tras estudiar cinco tutelas se evidenció que, en efecto, "sus derechos fundamentales a la vida, a la integridad personal y a la paz fueron desconocidos por la Unidad Nacional de Protección", y dictó órdenes puntuales al respecto.
Pero, además, teniendo en cuenta el alto número de firmantes del acuerdo de paz que han sido asesinados, 303 hasta finales de 2021, según las Naciones Unidas, y el "bajo nivel de implementación de las normas sobre garantías de seguridad para los desmovilizados", decidió declarar el estado de cosas inconstitucionales.
En ese sentido, se ordenó a la Procuraduría adoptar un mecanismo especial de vigilancia de este fallo, junto con la Defensoría del Pueblo. No obstante, como se explicó, el seguimiento lo hará la Corte para, dijo la magistrada Pardo, "que se logre la superación del ECI".
"En tres meses, el Gobierno y el Consejo Superior de la Judicatura adoptarán las medidas administrativas y financieras necesarias para el funcionamiento de dicha sala", dijo la magistrada Pardo.
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La Corte Constitucional le ordenó al Gobierno Nacional que "adopte las medidas que le permitan cumplir de manera integral, coordinada y articulada las garantías de seguridad previstas en el acuerdo final de paz que han sido objeto de desarrollo legal y constitucional, de modo que se facilite la reinserción o reincorporación efectiva y pronta en la vida civil de quienes se desmovilizaron y de sus familiares, entendiendo que esto contribuye a su seguridad personal".
Además, se le ordenó al Gobierno que inicie los trámites para que haya suficiente presupuesto para que los firmantes del acuerdo que ejercen actividades de liderazgo político o social y que comparecen ante el Sistema Integral de Paz gocen de la protección necesaria.
UNP deberá revaluar el riesgo que enfrentan los firmantes del acuerdo de paz y quienes integran el Partido Comunes, priorizando los esquemas de protección colectiva de los antiguos ETCR
La inédita sentencia de la Corte Constitucional, igualmente, le ordenó al Gobierno que, de manera inmediata, dé cumplimiento al Decreto 299 de 2017, sobre los recursos financieros, físicos y humanos para el implementar el Plan Estratégico de Seguridad y Protección.
Y se deberán priorizar los municipios y regiones más afectados por la violencia de los grupos armados, entre los cuales están 25, mencionados por las Naciones Unidas, en Antioquia, Cauca, Caquetá, Guaviare, Meta, Nariño, Norte de Santander, Putumayo y Valle del Cauca.
Además, se le ordenó a la UNP que en los cuatro meses siguiente debe revaluar el riesgo que enfrentan los firmantes del acuerdo de paz y quienes integran el Partido Comunes, así como otras personas que estén en situación similar, priorizando los esquemas de protección colectiva de los antiguos espacios territoriales de capacitación y reincorporación (ETCR).
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De ser necesarios nuevos esquemas, se deberá hacer la respectiva contratación de los escoltas. Además, se ordenó hacer un plan de descongestión de los análisis de riesgos en la UNP.
Además, se les ordenó a las "autoridades estatales y gubernamentales, a quienes compete cumplir los compromisos asumidos por el Estado colombiano en el acuerdo final de paz y que han sido objeto de desarrollo legal y constitucional, atender sus deberes".
Esos deberes son: "Acompañar sus acciones de un lenguaje concordante con las obligaciones que se desprenden del ordenamiento jurídico, asertivo, respetuoso, constructivo, empático y generador de confianza para que no refuercen imaginarios sociales y culturales de estigmatización y odio".
Y "aplicar con rigor los principios de presunción del riesgo extraordinario, inversión de la carga de la prueba y coordinación, y realizar un análisis detallado del contexto para evitar actuaciones dilatorias que aumenten innecesariamente el riesgo de seguridad que enfrentan las personas desmovilizadas en los términos del Decreto Ley 895 de 2017".
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Se exhortó al Congreso para que impulse el desarrollo de los "contenidos del acuerdo de paz que aún se encuentran requeridos de implementación legislativa"
"Con ese fin –dijo la Corte–, también deberán tomar en cuenta los enfoques diferenciales, de derechos humanos, de género, étnico, territorial y multidimensional".
El alto tribunal les dio dos meses al Ministerio del Interior, a la Alta Consejería para la Estabilización y Consolidación y a la Agencia para la Reincorporación y la Normalización para que en dos meses "adopten medidas concretas para garantizar la articulación entre los Pdet y los Programas Integrales de Sustitución y Desarrollo Alternativo que a nivel municipal se han venido ejecutando asincrónicamente frente a la estrategia de seguridad".
Además, el Gobierno debe iniciar "las acciones indispensables para garantizar el funcionamiento de la Instancia de Alto Nivel y de la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad". Y la Defensoría tiene un mes para entregarles a la Fiscalía General y a la Unidad de Investigación y Acusación de la Jurisdicción Especial para la Paz un informe actualizado sobre las alertas tempranas que se han impartido respecto de los exmiembros de la Farc, de los integrantes del Partido Comunes.
Y se exhortó al Congreso para que dé "el impulso indispensable para desarrollar los contenidos del acuerdo final de paz que aún se encuentran requeridos de implementación legislativa, relacionados con la posibilidad de materializar el concepto de seguridad".

Cristina Pardo.
Corte Constitucional
La Corte estudió varias tutelas acumuladas.
El primer expediente recopila las tutelas de cinco firmantes del acuerdo de paz en proceso de reincorporación que integran la Cooperativa Multiactiva Frontera Sur de Tallambí en Cumbal, desde la cual pusieron en marcha proyectos productivos como la cría, reproducción y comercialización de ganado porcino y el cultivo de caña y maíz, entre otros.
Ellos aseguraron que hay riesgos colectivos en zonas aledañas al territorio en el que se encuentran por presencia del grupo 'Óliver Sinisterra' y del Eln, y denunciaron que la UNP, a la hora de presentar la tutela, no había otorgado las medidas de seguridad para el excombatiente Alberto López Palomino, a pesar de que en 2018 esa entidad aseguró que estaba en riego extraordinario luego de hacer el respectivo estudio.
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El segundo expediente consta de la tutela presentada por Ricardo Palomino Ducuará, presidente de la Junta de Acción Comunal del Espacio Territorial de Capacitación y Reincorporación (ETCR) ubicado en Tumaco, Nariño, en el que se encuentran alrededor de 90 excombatientes de la columna móvil 'Daniel Aldana' y del frente 29 de las antiguas Farc.
Palomino Ducuará señaló que el esquema de la UNP asignado para todo el colectivo, consistente en un carro blindado y dos normales, seis escoltas, un fusil y un arma de apoyo, ha funcionado de manera irregular. Esto porque solo hay cuatro escoltas, lo que sería insuficiente para las necesidades del ETCR.
La tercera tutela que estudia la Corte la presentó Francisco Gamboa Hurtado, líder del antiguo ETCR Aureliano Buendía, de Charras, Guaviare, quien hace parte del Consejo Departamental de Paz y quien hace de consejero para el político Óscar Larrahondo, entre otras funciones. Gamboa, quien denunció ante la Fiscalía amenazas, reclama la implementación de un esquema de seguridad que ya le fue aprobado.
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Esta fue la tutela en la que se le solicitó a la Corte que declare un estado de cosas inconstitucionales frente a la situación de derechos y seguridad para la población firmante el acuerdo de paz y que las diferentes entidades cumplan con los deberes adquiridos en el acuerdo.
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