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Cortes

Corte declara al parque Isla Salamanca como sujeto de derechos

Las quemas en el Parque Isla Salamanca siguen siendo un misterio. Lo indiscutible es que afectan la calidad del aire respirado en Barranquilla, que no ha mejorado en gran medida durante la cuarentena.

Las quemas en el Parque Isla Salamanca siguen siendo un misterio. Lo indiscutible es que afectan la calidad del aire respirado en Barranquilla, que no ha mejorado en gran medida durante la cuarentena.

Foto:Archivo EL TIEMPO

Incendios y deforestación del parque ha causado un daño ambiental y en la salud de ciudadanos.

Milena Sarralde
Justo este viernes, cuando se reportaron incendios en el Parque Isla Salamanca que tienen contaminado el cielo de Barranquilla, la Sala Civil de la  Corte Suprema de Justicia declaró como sujeto de derechos a esta reserva natural. 
La Corte tomó esta decisión al resolver una impugnación que se había presentado contra una tutela presentada por el abogado Luis Miguel Llorente Altamiranda contra la Presidencia de la República, el Ministerio de Ambiente, entre otras instituciones. 
En su tutela, Llorente aseguró que se necesitaba reconocer al parque como sujeto de derechos para que se elaborara un plan en el corto, mediano y largo plazo para contrarrestar la tasa de deforestación de bosques de manglar en esta zona. También dijo que se necesitaba tomar acciones para recuperar las zonas afectadas por incendios forestales que han ocurrido en los últimos años en la reserva. 
Llorente también dijo en su tutela que la Vía Parque de Salamanca es un conjunto de playones, ciénagas y bosques que ocupan parte del complejo delta-estuario del Río Magdalena, ubicado en los municipios de Pueblo Viejo y Sitio Nuevo. Dijo que este está en riesgo de colapsar por sus problemas ambientales como las quemas indiscriminadas, que ponen en peligro a las especies que habitan esta área y al mismo parque. 
También dijo que cada vez que había un incendio forestal se generaba una humareda que afecta la salud de los habitantes de Barranquilla y las zonas aledañas. Así, Lloreda presentó la tutela en representación de los niños y niñas de la ciudad afectados por el humor.  
Al revisar el caso, la Corte Suprema recordó que como la Corte Constitucional ha valorado al ambiente sano como un derecho fundamental, por la conexidad que tiene con la salud y la vida, es válido presentar tutelas para hacer este tipo de exigencias. 
Así, dice la Corte, es necesario reconocerle derechos al parque Isla Salamanca, a través de la intervención de un juez constitucional, ya que las medidas ordinarias no han sido suficientes para salvaguardar su ecosistema. Para esto, dijo "resulta adecuado el reconocimiento de los derechos de los cuales la naturaleza es titular, así como su protección efectiva". 
Después de declararlo sujeto de derechos, la Corte le ordenó a Presidencia, al Ministerio de Ambiente y a otras entidades que emprendan acciones para detener las quemas y reducir la deforestación y degradación de esta zona. 
En el fallo, la Sala Civil recuerda que se deben atender los lineamiento de la Constitución del 91, de la declaración de Estocolmo para la Preservación y Mejoramiento del Medio Ambiente Humano de la Conferencia de Naciones Unidas en 1972, o la Carta Mundial de la Naturaleza de la Asamblea General de la ONU, de 1982, o de la Convención Marco de las Naciones Unidas para el Marco Climático, de la cual Colombia hace parte desde 1994. También el Convenio de Estocolmo ratificado por el país en 2008.
Todos estos preceptos, tanto nacionales como del bloque de constitucionalidad internacional "obligan a los Estados a tomar medidas para contribuir en el buen funcionamiento, mantenimiento y conservación de la fauna y flora", dice el fallo. 
La Corte también recordó que cómo ha evolucionado el enfoque constitucional para defender al ambiental, que ha pasado desde una perspectiva antropocéntrica (centrada en el hombre) y biocéntrica (centrada en el desarrollo sostenible y un enfoque intergerenacional), a otras formas de pensamiento y protección. Estas dos formas elevan al hombre a una categoría  prevalente, relegando a la naturaleza a una posición secundaria. Por eso se ha dado una tercera perspectiva, que es el ecocentrismo, lente desde el cual la naturaleza no puede estar supeditada exclusivamente a la comodidad humana ya que el medio ambiente y toda forma de vida está dotado de sí por prerrogativas autónomas. 
Con estos cambios que ha traído el econcentrismo, recuerda la Corte, la racionalidad que pertenece a los humanos, no es la única fuente de derechos pues también se les ha reconocido a otras especies estas garantías, como a los animales, que son seres sintientes, lo que implica que no pueden padecer tratos crueles ni maltrato. 
Es así como estos derechos y beneficios, dice la Corte, no derivan de la racionalidad sino del "mero hecho de existir". Por eso, asegura el alto tribunal en su fallo "el ser humano no es superior a la Naturaleza ni, por tanto, está legitimado para usarla indiscriminadamente como un objeto, sino que ambos conforman en igualdad de condiciones la plurinación, es decir, la pacha mama". 

El ser humano no es superior a la Naturaleza ni está legitimado para usarla indiscriminadamente como un objeto. Ambos conforman en igualdad de condiciones la plurinación, es decir, la pacha mama

Como hombre y naturaleza tienen una relación interdependentista, dice la decisión, esto implica un disfrute muto en términos razonables, equitativos, no abusivos y ponderados. Esa interdependencia significa que el verdadero titular de derechos es el plantea mirado como un todo, por lo que todas sus especies deben cohesionarse para mantenerlo con vida, sin que haya una por encima de las otras. Esa es la perspectiva que defiende el econcentrismo, y que es recogida por el alto tribunal en este fallo que reconoce derechos al parque Isla Salamanca. 
Esta decisión se suma a otros fallos como el del 2017 de la Corte Constitucional que declaró el río Atrato como sujeto de derechos, o el del 2018 de la Corte Suprema de Justicia que hizo lo mismo con el Amazonas. En septiembre del año pasado, además, un juez de Risaralda declaró al río Otún como sujeto de derechos. 
JUSTICIA
Milena Sarralde
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