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Foto:
Rodolfo González / Archivo EL TIEMPO
Corte tumba norma que permitía a Mindefensa intervenir en la JEP
El alto tribunal dijo que en su aprobación hubo vicios de trámite.
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05 de diciembre 2019, 08:35 P. M.
JU
Justicia
05 de diciembre 2019, 08:35 P. M.
La Corte Constitucional tumbó una norma que hacía parte del Código de Procedimiento de la JEP, que le permitía al Ministerio de Defensa intervenir en los procesos en los que comparezcan los miembros de la Fuerza Pública en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
La Corte tumbó el artículo 7 de la ley 1922 del 2018, considerando que hubo vicios en el trámite de dicha norma, ya que se violó la consecutividad cuando fue aprobada.
Aunque la Corte tumbó esta norma por vicios de forma, la demanda aseguraba, además, que esta ley tenía vicios de fondo que la hacían inconstitucional.
Así, según los demandantes, el Código de Procedimiento no definía el alcance de la intervención, que podía hacer el Ministerio de Defensa ante la JEP lo cual, afirmaron, vulnera el debido proceso y los derechos de las víctimas.
Según los demandantes, su intervención podría ser una “intromisión indebida y desproporcionada de una autoridad administrativa en un proceso jurisdiccional”.
La Procuraduría General le había pedido a la Corte mantener dicho artículo que facultaba al Mindefensa para intervenir ante la JEP, afirmando que esa cartera tiene como propósito "efectuar un aporte técnico como experto en derecho operacional o precisar la calificación de conductas de los miembros de la Fuerza Pública".
También, según la Procuraduría, el Ministerio de Defensa no puede "ejercer como defensa de los miembros de la Fuerza Pública, ni tiene funciones asociadas a la representación judicial".
Tanto el Ministerio de Defensa, como el de Justicia y la Presidencia le habían pedido al alto tribunal mantener la norma tal y como estaba pues, a su juicio, la intervención del Ministerio “no interfiere injustificadamente en las garantías constitucionales”.
Por el contrario, dijeron los Ministerio y la Secretaría Jurídica de la Presidencia, es “una manifestación del principio de colaboración armónica entre los poderes públicos, en el sentido de que los comparecientes pueden contar con el apoyo de la entidad bajo la cual estuvieron al mando. Así mismo, los jueces podrán construir a partir de las intervenciones del Ministerio de Defensa un relato de verdad judicial más completo".
JUSTICIA
05 de diciembre 2019, 08:35 P. M.
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Justicia
05 de diciembre 2019, 08:35 P. M.
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