Cerrar
Cerrar
Corte Constitucional se inhibe en demanda sobre Uber
Uber

La demanda decía que norma que reguló el transporte de lujo dejó por fuera a Uber. 

Foto:

AFP

Corte Constitucional se inhibe en demanda sobre Uber

FOTO:

AFP

El alto tribunal no tomó una decisión de fondo. La demanda se consideró inepta.

Por siete votos contra uno la Corte Constitucional se declaró inhibida (sin competencia) para tomar una decisión de fondo frente a la regulación de la plataforma digital de transporte Uber. 

El alto tribunal revisaba una demanda que presentó Luis Francisco Millán Meléndez en la que pedía que se tumbara una norma con la que el Gobierno reglamentó el transporte de lujo, considerando que esa ley dejó por fuera la posibilidad de poner reglas sobre Uber. 

La Corte decidió declararse inhibida y no pronunciarse al respecto considerando que la demanda es inepta.  Así las cosas, por ahora Uber seguirá operando sin pautas claras. 

El artículo demandado, y que quedó tal cual estaba, hace parte de la ley 1753 del 2015,. Esa norma indica que el Gobierno se encargará de impulsar modelos para la gestión de la movilidad en las ciudades, en donde se contemplen alternativas que sirvan para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, la reducción del tiempo de desplazamiento, el uso eficiente de recursos y la promoción de transportes limpios, así como el uso de tecnologías que sirvan para gestionar el tráfico.

Esa norma le dio  al Gobierno un plazo de seis meses desde la expedición de esa ley para reglamentar "el servicio de lujo dentro de la modalidad individual de pasajeros". 

El demandante afirmaba que esa norma restringió la potestad regulatoria del Gobierno porque le impuso un plazo, y porque indicó cómo debía ser la regulación "en contravía de la libertad de locomoción y la libre competencia". 

Según Millán, la norma demandada estableció una regulación solo para la modalidad individual de pasajeros dejando de lado a la mayoría de servicios de transporte que se realizan a través de plataformas tecnológicas, pues desde el punto de vista técnico "la expresión transporte individual de pasajeros solo puede entenderse como atribuida al servicio de taxis tradicionales".

JUSTICIA

Mis Portales

Llegaste al límite de contenidos del mes

Disfruta al máximo el contenido de EL TIEMPO DIGITAL de forma ilimitada. ¡Suscríbete ya!

Si ya eres suscriptor del impreso

actívate

* COP $900 / mes durante los dos primeros meses

Sabemos que te gusta estar siempre informado.

Crea una cuenta y podrás disfrutar de:

  • Acceso a boletines con las mejores noticias de actualidad.
  • Comentar las noticias que te interesan.
  • Guardar tus artículos favoritos.

Crea una cuenta y podrás disfrutar nuestro contenido desde cualquier dispositivo.