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Cortes

Aborto sigue sin límite de tiempo pero Corte pide a Congreso regularlo

Prueba de embarazo

Prueba de embarazo

Foto:123rf

Alto tribunal rechaza ponencia de magistrada que lo limitaba a 24 semanas de gestación.

Milena Sarralde
Luego de más de nueve horas de debate, la Corte Constitucional dejó a salvo su decisión del año 2006 y ratificó las tres causales de interrupción voluntaria del embarazo que están despenalizadas.
Así el alto tribunal se pronunció sobre la tutela de una mujer de 33 años en cuyo caso una jueza ordenó medidas cautelares a su favor para que se practicara un aborto en la semana 26. Por trabas burocráticas la mujer no había podido acceder a ese procedimiento a pesar de que cumplía con la causal relacionada con las malformaciones del feto y el riesgo para la vida y salud de la madre.
En una votación de seis contra tres, la Sala Plena de la Corte tumbó la ponencia de la magistrada Cristina Pardo, quien les había propuesto a sus colegas establecer limitaciones para poder abortar después de la semana 24 de gestación.
Los magistrados no le dieron la razón a Pardo y argumentaron que la Corte no puede poner límites de tiempo para el aborto.

...no existe ninguna razón para que 12 años después se sigan presentando trabas

El presidente de ese alto tribunal, magistrado Alejandro Linares, señaló: “Al no regular los plazos para la interrupción voluntaria del embarazo, la Corte exhorta al Congreso de la República para que ejerza su libertad de configuración legislativa en materia de aborto, y en particular si así lo considera pertinente el Congreso, regule el tema de los plazos”.
Y el magistrado José Fernando Reyes Cuartas, quien tendrá que redactar una nueva ponencia que recoja la posición de la mayoría de la Corte, cuestionó que “aún después de 12 años, a pesar de las reglas de la sentencia del 2006, existen todo tipo de barreras para la interrupción voluntaria del embarazo, lo que ha llevado a que (las mujeres) tengan que acudir a la tutela con consecuencias irreversibles para su vida”.
De hecho, el magistrado Linares aseguró que no deben existir restricciones ni barreras administrativas para que las mujeres que cumplen con las causales puedan acceder a un aborto. En ese sentido, aseguró que hay 46 barreras que siguen siendo un problema para el derecho al aborto legal, lo que es “una forma de violencia contra la mujer, porque no existe ninguna razón para que 12 años después se sigan presentando trabas”.
En el debate ante la Corte hubo dos posiciones encontradas que tuvieron que evaluar los magistrados: la de quienes consideran, como Pardo, que se debe poner límites porque desde los seis meses un feto puede vivir independientemente de la madre, y la opinión de quienes creen que imponer restricciones podría afectar aún más el acceso al aborto legal.

El caso concreto

El debate sobre el espinoso tema se revivió en la Corte por la tutela de una mujer que tenía 26 semanas de embarazo. Aunque su médico le recomendó la interrupción voluntaria del embarazo, debido a que el feto presentaba malformaciones y podía poner en riesgo la vida de la madre (dos de las causas de aborto despenalizadas por al Corte en el 2006), ella enfrentó toda clase de trabas por parte de hospitales para poder acceder a esta práctica.
Finalmente pudo acceder al aborto en enero de este año, después de que una jueza ordenó como medida cautelar que se le hiciera el procedimiento.
El caso llegó a revisión de la Corte Constitucional y la ponencia le tocó por reparto a la magistrada Cristina Pardo, quien aseguró en su propuesta que nunca se probó que estuviera en riesgo la vida de la madre, regañó a la jueza que ordenó la interrupción voluntaria del embarazo, y dijo que se cometió un feticidio.
Pese que ha pasado más de una década desde que la Corte permitió el aborto en tres casos específicos, organizaciones de derechos humanos aseguran que aún las instituciones médicas siguen impidiendo esos procedimientos. Una prueba de ello es que entre el 2006 y el 2016 la ONG Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres atendió unos 1.000 casos de mujeres a las que les pusieron problemas para acceder a ese derecho pese a que cumplían una o varias de las causales.

Así está el aborto en Colombia

En el país, el aborto fue despenalizado por la Corte Constitucional en el 2006, cuando determinó tres causales bajo las que se puede abortar: cuando es un riesgo para la salud física y mental de la madre, cuando hay una malformación del feto, y cuando el embarazo es producto de una violación.
En Colombia, la tasa de abortos es de 39 casos por cada 1.000 habitantes. En Bogotá, la tasa es de 66 casos.
La razón por la que las mujeres más solicitan un aborto es el riesgo para la vida o la salud de la madre.
Según una encuesta hecha por Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, el 56 por ciento de colombianos está de acuerdo con el aborto cuando hay una afectación a la salud mental de la mujer, el 64 por ciento cuando fue producto de una violación, el 67 por ciento cuando la vida de la madre está en riesgo y el 69 por ciento cuando hay malformaciones del feto incompatibles con la vida.
Las organizaciones que defienden a las mujeres han dicho que las demoras para acceder a un aborto se deben a trabas burocráticas u obstáculos geográficos y de atención en salud. Además, algunas EPS tienen una ruta de atención que dilata la práctica, a veces el embarazo no se detecta de forma temprana, o los diagnósticos sobre el riesgo para la salud o las posibles malformaciones se demoran.
En el 87 % de los casos que acompañó la Mesa, las mujeres estaban en el segundo trimestre de gestación.
En los abortos clandestinos, el 33 por ciento de mujeres sufren complicaciones médicas.
JUSTICIA
En Twitter@JusticiaET
Milena Sarralde
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