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Cortes

¿Es posible ordenarle a Google que retire un blog?

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Foto:Archivo

La Corte Constitucional inició un debate clave en materia de libertad de expresión. 

Milena Sarralde
En mayo del año pasado la Corte Constitucional anuló una decisión que había tomado ese mismo tribunal en el 2017, en la cual le ordenaba a Google retirar un blog que, según un ciudadano que presentó una tutela, difundía contenido difamatorio en su contra. 
La decisión del 2017 había aceptado una tutela de un comerciante de muebles en Caquetá que afirmaba que un texto alojado en la plataforma Blogger (de propiedad de Google) violaba sus derechos al buen nombre y a la honra porque afirmaba que su empresa estafaba a los clientes. 
En esa primera decisión la Corte falló a favor del comerciante y aseguró que la libertad de expresión no carece de límites, y que el Blog denunciado sí tenía contenido que difamatorio y calumnioso.
Por eso le ordenó a Google eliminar el Blog afirmando que si bien este gigante de búsquedas no es responsables de los contenidos que allí se publican, como dueño de Blogger sí tiene el poder de  “eliminar el contenido manifiestamente ilegal, la entrada del blog o el blog, inhabilitar el acceso del autor a sus cuentas de Blogger, e incluso, denunciar al usuario ante las autoridades competentes”.
Pero varias instituciones le pidieron a la Corte anular esa decisión, entre ellas el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTic), Google LLC y Google Colombia Ltda. 
El Ministerio TIC pidió anular el fallo afirmando que en esa decisión se le daban órdenes de imposible cumplimiento, como la de registrar a Google en el registro TIC y regular internet para proteger a los usuarios. 
Google Colombia dijo que no tiene acceso a los contenidos de Blogger, mientras que Google LLC aseguró que si bien es la dueña de esta plataforma no puede hacerse responsable de lo que allí se publica pues sólo cumple la función de ser un  “procesador de la herramienta y como tal impone políticas a los usuarios, más no maneja, controla, ni produce contenidos”. 
También le pidieron a la Corte anular el fallo considerando que fue desproporcionado, injustificado, implicaba un cambio de jurisprudencia frente a la libertad de expresión y desconocía los preceptos constitucionales. 
La Sala Plena estudió esa solicitud de nulidad y encontró que, en efecto, el magistardo que tomó la primera decisión (magistrado que ya no se encuentra en el alto tribunal) omitió realizar un estudio sobre asuntos de relevancia constitucional como la prohibición de la censura.
Por eso la Sala Plena anuló la orden que se le había dado a Google de eliminar el blog. 
Esa prohibición de la censura, dice la Corte, implica que los pensamientos, opiniones y expresiones de las personas están protegidas. Sin embargo, el anterior fallo permitía que se censuraran contenidos en internet sin una orden previa de un juez. 
Además, dice el fallo, la anterior decisión imponía a Google una obligación de monitorear constantemente el contenido con el fin de eliminar el que pudiera resultar difamatorio, "desconociendo la naturaleza de Google frente a terceros autores de contenidos en Internet". 
Los magistrados también cuestionaron que el anterior fallo obligara a Google a filtrar contenido para impedir la publicación de información que tuviera cierto tipo de características, lo que "elimina todo contenido de expresión y libertad de pensamiento y opinión". Eso implicaba que este monitor de búsqueda eliminara blogs anónimos que pudieran resultar injuriantes o agraviantes contra el hombre que presentó la tutela, algo que la Corte consideró "de imposible cumplimiento, ya que al tratarse de afectaciones de derechos subjetivos, no existe una regla única para definir qué es agraviante y diferenciarlo de lo que no lo es, pues para ello se encuentra el órgano jurisdiccional".
Así, dijo la Corte Constitucional al tumbar el anterior fallo, "no puede recaer en Google la obligación de determinar dónde está alojado el contenido agraviante, debido a que los contenidos pueden depender de una infinidad de factores que los hagan diferenciarse unos de otros". 
Al caerse el primer fallo que ordenaba a Google eliminar el blog, la Corte tendrá que tomar una nueva decisión y es justamente lo que está discutiendo este martes.
Así, en este nuevo fallo, el alto tribunal tendrá que establecer hasta qué punto se pueden o no restringir contenidos en Internet, quién es el encargado de revisar esas posibles restricciones, y qué vías de protección tienen las personas que ven vulnerado su honra y buen nombre por publicaciones en la web. 
JUSTICIA
Milena Sarralde
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