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Cortes

Corte confirma que funcionarios no pueden ir borrachos al trabajo

En el mercado se consiguen bebidas desde los 1.000 pesos antes de impuestos, hasta licores que superan los 10 millones de pesos por botella. Asunto de presupuesto y de concentración de alcohol.

En el mercado se consiguen bebidas desde los 1.000 pesos antes de impuestos, hasta licores que superan los 10 millones de pesos por botella. Asunto de presupuesto y de concentración de alcohol.

Foto:Juan Pablo Rueda. Archivo EL TIEMPO

Demandante afirmaba que ley no tiene en cuenta casos en los que esa condición no afecta la labor.

Milena Sarralde
Por siete votos contra cero, la Corte Constitucional decidió mantener la ley que establece que los funcionarios públicos que van a su trabajo tres o más veces en estado de embriaguez, o bajo los efectos de las drogas, cometen una falta disciplinaria que puede ser investigada y castigada. 
La Corte rechazó una demanda que pedía tumbar el artículo 55 de la ley 1952 del 2019, ley conocida como el Código del Trabajo. 
Según el demandante, esta ley vulnera el derecho al trabajo, así como el libre desarrollo de la personalidad pues no tiene en cuenta las situaciones en las que, por ejemplo, ir a trabajar borracho o bajo el consumo de drogas "no tiene un impacto negativo en la labor desempeñada o en la función pública". 
Para el demandante, se vulnera el derecho al trabajo porque el Congreso no reguló las excepciones bajo las que no se debería sancionar disciplinariamente a un empleado por estas conducta. 
"Aún cuando el trabajador decida en uso de sus libertades consumir cualquier tipo de sustancias, el empleador debe analizar si dicha circunstancia tiene repercusiones en la función pública, de lo contrario, sería atentar contra las libertades del mismo por cuestiones netamente formales que en nada afectan el trabajo", afirmaba el demandante. 
Además, según el demandante, la norma se inmiscuía en la esfera privada de los empleados públicos en casos en los que el consumo no afecte la función pública ni los derechos de terceros. 
Pero la Corte Constitucional no le dio la razón y decidió mantener la norma tal y como está, afirmando que no viola ninguno de los derechos que afirmó el ciudadano en su recurso. 
El alto tribunal tuvo en cuenta varias intervenciones, como la del Colegio de Abogados del Trabajo, que aseguró que a los funcionarios públicos se les exige un nivel mayor de moral administrativa y, por lo tanto, las sanciones pueden buscar prevenir conductas que tengan la potencialidad de afectar su trabajo. 

Debiendo castigarse incluso la conducta efectuada en abstracto, más allá de los perjuicios que esta hubiere generado o podido generar

Según el Colegio de Abogados, la Corte debía mantener la ley tal y como está porque, teniendo en cuenta el papel del funcionario público, las sanciones por ir a trabajar borrachos o bajo los efectos de las drogas buscan impedir que se vulneren deberes como el de la ética, la satisfacción del interés general, ante "el potencial de causar graves perjuicios". 
Por eso, dijo el Colegio de Abogados, las sanciones por este tipo de conductas deben ser más rigurosas y minuciosas en los casos de los funcionarios públicos, "debiendo castigarse incluso la conducta efectuada en abstracto, más allá de los perjuicios que esta hubiere generado o podido generar". 
Por su parte, la Procuraduría General también le había pedido a la Corte mantener la ley afirmando que la misma Corte ha ratificado en otras circunstancias que las sanciones disciplinarias por trabajar bajo el consumo de licor o drogas son legítimas "por los efectos que ello necesariamente ocasiona en el cumplimiento de las funciones de tal servidor público
JUSTICIA
Milena Sarralde
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