El Consejo de Estado declaró nula la elección de Antanas Mockus como senador de la República por el Partido Verde por violación al régimen de inhabilidades para ser elegido. Esta decisión no tiene recursos ordinarios y, por lo tanto, queda en firme.
La Sala Quinta de esta corte avaló la demanda que argumentaba que Mockus no podía aspirar a una corporación pública porque suscribió contratos con el Estado durante el periodo previo de seis meses prohibido por Ley.
La decisión es polémica porque otra sala del mismo tribunal había negado, hace un mes, otra demanda contra Mockus por los mismo hechos. Pero esa pedía decretar la pérdida de investidura del congresista y esta, declarar nula su elección.
La decisión contó con aclaración de voto de la magistrada Lucy Jeannette Bermúdez, actual presidenta del Consejo de Estado.
Mockus fungía como presidente y representante legal de Corporación Visionarios por Colombia, que en noviembre del 2017 celebró un contrato con el Departamento de Cundinamarca para “aunar esfuerzos humanos, administrativos, técnicos y financieros, para apoyar el diseño y la implementación de un ejercicio de visión compartida en el Departamento de Cundinamarca, que desde el enfoque de cultura ciudadana contribuya a la construcción de una mirada de paz por parte de la ciudadanía, que parte de la corresponsabilidad en las relaciones personales y familiares de la vida cotidiana, con énfasis en el trabajo en jóvenes”. Ese contrato se firmó por poco más de 400 millones de pesos.Mockus fue elegido en marzo del 2018 con la segunda votación más alta después de Álvaro Uribe Vélez, y sostenía que él personalmente no participó en la obtención del contrato, por lo que no había violado el régimen de inhabilidades e incompatibilidades.

Nulidad elección de Mockus
Consejo de Estado
Según la demanda, el senador "incurrió en la inhabilidad prevista en el numeral 3º del artículo 179 superior por haber intervenido en la celebración de un contrato con entidad pública, en interés propio o de terceros, dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de su elección como senador". Ese argumento fue avalado por la Sala Quinta del Consejo de Estado.
La defensa del líder de los Verdes argumentó que "el hecho de ser presidente de una fundación que realiza actividades sociales de resonancia nacional y que asesora distintas entidades no es un hecho que inhabilite para ser senador, como tampoco lo es el hecho de ser un personaje público de reconocimiento nacional". También sostenía que desde el 2006 Mockus delegó sus funciones en Corpovisionarios en otras personas.
También sostuvo que no había prueba ninguna de que Mockus "hubiese intervenido ante entidades públicas para la consecución de un beneficio, pues no estaba probado que el demandado hubiese realizado gestiones o diligencias personales activas e insistentes ante la Agencia de Cundinamarca para la Paz y el Posconflicto (...)a efectos de obtener la suscripción de los contratos".
En el fallo que anula la elección, el Consejo de Estado señala que pese a que el contrato "fue materialmente suscrito por el señor Samuel Murrain, en su calidad de director ejecutivo de Corpovisionarios, lo cierto es que este actuó en nombre y representación de quien ostentaba la representación legal de la corporación, esto es, del señor Antans Mockus".
"Para la Sala es claro que la representación legal de Corpovisionarios siempre estuvo en cabeza del demandado en su calidad de presidente de la misma, solo que este (...) entregó esa potestad al director ejecutivo. Sin embargo, como esa “entrega” no implica el despojo total de la función asignada o que este haya dejado de ostentarla, debe entenderse que el señor Antanas Mockus seguía desempeñando, al menos jurídicamente, el cargo de representante legal", dice la sentencia.
Pala la Sección Quinta, se comprobó que el director ejecutivo actuó en nombre de Mockus y, por ende, los contratos fueron en realidad celebrados por el senador, incurriendo así en la prohibición contenida en el numeral 3 del artículo 179 de la Constitución.
Hace apenas un mes una decisión del mismo Consejo de Estado había dejado intacta la curul de Mockus, al negar una demanda de pérdida de investidura interpuesta contra él por hechos relacionados con su puesto en Corpovisionarios.
En ese momento, la Sala Primera Especial de Decisión del Consejo dijo: "No hay una sola prueba que demuestra que el señor Mockus adelantó alguna gestión tendiente a la obtención de esos contratos de la Fundación Corpovisionarios, de la cual él hacía parte y tenía parcialmente la representación legal".
Ahora, al fallar una demanda contra la elección de Mockus como senador, la Sala Quinta sí consideró que el senador había violado la inhabilidad de firmar contratos con el Estado seis meses antes de ser elegido.
Frente a esta aparente incopatibilidad entre una decisión y otra, el fallo de la Sala quinta expresó que "no es posible decretar la ocurrencia de la cosa juzgada en el caso de la referencia, comoquiera que la sentencia antes aludida aún no se encuentra en firme, toda vez que la pérdida de investidura está a la espera de la resolución del recurso de apelación presentado".
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