En manos de la Sala Plena de la Corte Constitucional se encuentra resolver una tutela que busca que le sea otorgada la personería jurídica al grupo significativo de ciudadanos constituido como Colombia Humana.
El caso, que está agendado para ser estudiado el próximo viernes 3 de septiembre, es crucial de cara a las comicios del próximo año.
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¿En qué consiste este debate? Tras obtener la segunda votación en las elecciones presidenciales de 2018 y en virtud del Estatuto de Oposición, Gustavo Petro y Ángela María Robledo, su fórmula vicepresidencial, obtuvieron escaños en el Congreso y la respectiva credencial por parte del Consejo Nacional Electoral (CNE).
El 30 de agosto de 2018, el CNE negó el reconocimiento de la personería jurídica a Colombia Humana, derivada de su participación en primera vuelta y segunda vuelta en la elección Presidencial, al estimar que ese grupo significativo de ciudadanos no se encuentra en ninguna de las circunstancias que contempla la Constitución para ello.
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"No se ha radicado solicitud formal de reconocimiento de personería jurídica
por parte del enunciado grupo, ni mucho menos se ha cumplido con los requisitos y
anexos que se deben aportar con aquella, lo que en si mismo acarrea que esta
solicitud no prospere, máxime cuando el origen de la solicitud de existir, no deriva
de la participación de la agrupación en una contienda electoral al Congreso de la
República", dijo el CNE.
Contra esa decisión, Petro interpuso una nulidad, que fue acompañada por la Procuraduría en septiembre de 2018. Y en octubre siguiente, radicó formalmente la solicitud de personería jurídica con los requisitos y anexos señalados por la
legislación.
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Luego, el 20 de diciembre de 2018, el CNE volvió a negar la personería jurídica a Colombia Humana porque dicho grupo significativo de ciudadanos no participó en los comicios de 2018 al Congreso, sino que solo apareció su logo en las candidaturas inscritas por la lista de la decencia, una coalición del Partido Alianza Social Independiente, ASI, el Partido Unión Patriótica, UP y el Movimiento Alternativo Indígena y Social, MAIS, pero sin la Colombia Humana.
Además, indicó que si bien Petro superó el 3 por ciento del voto total en las elecciones presidenciales, la norma contempla para el reconocimiento que se trate de comicios al Congreso. Ante esa decisión, Gustavo Petro interpuso una tutela que fue negada el 29 de enero de 2019 por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca y el 14 de marzo de siguiente por el Consejo de Estado.
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En la tutela, Petro pedía amparar el derecho fundamental a la participación en la conformación, ejercicio y control del poder político, del Grupo Significativo de Ciudadanos Colombia Humana.
El Consejo de Estado tuvo en cuenta que el CNE al resolver la petición de Petro, incluso analizó la posibilidad de extender la interpretación del requisito de haber obtenido el 3 por ciento de los votos a las elecciones presidenciales, para concluir que no era válido en tanto que dicha elección tiene "un marcado carácter personalista, basada por lo general en la persona individual considerada, a diferencia de lo que ocurre en las elecciones legislativas".
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El Consejo de Estado consideró adecuada esa interpretación y señaló que la exigencia de haber alcanzado un umbral de representación en el Congreso para que se pueda obtener el reconocimiento de la personería jurídica, "se encuentra en armonía con la necesidad de garantizar cauces de una mínima significación para la expresión de las distintas fuerzas que emulan por obtener una participación en el máximo órgano de representación democrática".
"No es admisible la pretensión de asimilar la participación del Grupo, en Cámara y Senado, por virtud de la votación alcanzada en el debate electoral adelantado en procura de la Presidencia de la República, órgano que simboliza la unidad nacional, con los requisitos mínimos de participación que al Grupo exige la constitución, en el total de la votación para Senado y Cámara, pues estos son los escenarios en los que se refleja, por antonomasia, la diversidad política de la sociedad plural", dijo el Consejo de Estado.
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Dicha tutela fue seleccionada por la Corte Constitucional. El caso lo tiene el magistrado Alejandro Linares quien es el encargado de proyectar el estudio del caso y definir si mantiene la negativa o si otorga el reconocimiento de personería jurídica a la Colombia Humana.
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