La Corte Constitucional seleccionó para su estudio una tutela que presentó la periodista Claudia Julieta Duque en contra de la Unidad Nacional de Protección por haber recopilado sin su consentimiento, 25.183 registros a través del GPS del vehículo asignado para la protección de la comunicadora, quien fue víctima de chuzadas y seguimientos ilegales por el ahora extinto DAS.
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Según la Fundación para la Libertad de Prensa y la organización El Veinte, que pidieron al alto tribunal la revisión del caso, la UNP recopiló 120 informaciones diarias sobre los movimientos de Duque, equivalente a cinco registros por cada hora, durante un periodo de 209 días.
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Este caso es importante, además, porque se enmarca en una serie de denuncias presentada por la periodista a la Fiscalía desde 2020 de la existencia de un plan criminal en su contra, del cual fue informada por diversas fuentes. En agosto de 2021, Duque tuvo conocimiento de que el Estado colombiano confirmó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (que otorgó medidas de protección a la periodista y a su hija), que la UNP sí monitoreó los movimientos de su vehículo.
Tras conocerse de la recolección de datos, Duque manifestó su inconformismo ante la entidad y solicitó la totalidad de los registros obtenidos por la UNP, copia de la política de tratamiento de datos personales de la entidad, información sobre quienes hacen los monitoreos y el retiro del GPS, así como cualquier otro dispositivo de grabación, escucha o monitoreo que pudiese estar incluido.
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Luego, Duque envió otra comunicación sugiriendo el uso de un tacógrafo digital no conectado satelitalmente, sin emisión ni transmisión de señal alguna, a cuya configuración ella pudiese tener acceso como titular de sus datos personales. En diciembre, la UNP se negó a retirar el GPS y no se pronunció sobre la alternativa que presentó la periodista y el 8 de febrero de 2022, Duque optó por entregar su esquema de seguridad.
Lo que pide la tutela
En la tutela, Duque reclama un esquema de protección asignado sin el GPS en el vehículo blindado; la entrega de la totalidad de la información recaudada a partir de los vehículos asignados a ella; y que se compulsaran copias para que se realizaran las investigaciones penales, disciplinarias y fiscales a que hubiese lugar.
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Asimismo, solicitó como medida provisional la entrega de un vehículo blindado de protección que se encontrara exento de cualquier tipo de tecnología para recolectar, sistematizar, grabar, tomar imágenes o audios y almacenar datos personales sensibles.
La tutela fue negada por dos instancias que alegaron que la instalación del dispositivo GPS, sin mediar autorización de la actora, no deriva en la afectación de los derechos a la intimidad, el habeas data y la libertad de prensa, pues “en su calidad de protegida, prestó su consentimiento desde el inicio de los procedimientos que para ese fin emprendió la entidad accionada”.
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Ahora, el caso fue seleccionado para revisión y quedó en manos del magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar. La periodista Duque dijo que esta "decisión abre la puerta para que la Corte estudie la compatibilidad del uso de las nuevas tecnologías con los estándares de derechos humanos y, particularmente, de los derechos a la privacidad, la libertad de expresión y la seguridad".
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