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Cortes

Álvaro Uribe: claves de fallo que ratificó imputación por presunto soborno

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Tras negativa de Corte de anular tutela, el exmandatario aguarda por decisión de juez. ¿Qué sigue?

La Corte Constitucional negó una de las cartas que se jugaba la defensa del expresidente Álvaro Uribe para ‘tumbar’ la calidad de imputado que decretó formalmente el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Bogotá el 6 de noviembre de 2020, por la presunta comisión de los delitos de fraude procesal y soborno.
Esa calidad de imputado fue ratificada por la Corte Constitucional el 10 de noviembre de 2021, al negar una tutela que presentó el exmandatario, en una decisión que además sentó jurisprudencia sobre un asunto que no tenía reglas claras: qué pasa con los aforados que, estando procesados en la Corte Suprema, renuncian a su fuero y su caso pasa a la Fiscalía para que siga bajo otro sistema procesal.
Esa decisión indicó que la indagatoria que rindió el expresidente Uribe en la Corte Suprema, en su calidad de senador el 8 de octubre de 2019, tiene una equivalencia funcional con la audiencia de imputación de cargos que se hace el sistema penal acusatorio, bajo el cual pasó a ser procesado el expresidente una vez renunció a su fuero el 18 de agosto de 2020 y el caso fue enviado por la Corte a la Fiscalía a finales de ese mes.
Contra esa decisión, la sentencia SU-388 de 2021, el abogado Jaime Granados presentó un recurso asegurando que la Corte le había vulnerado el derecho al debido proceso porque, en su criterio, la Sala no fue imparcial, citando notas de prensa en las que se especificaban detalles del debate que se estaba dando al interior del alto tribunal.
Además, el recurso cuestionaba una declaración que dio el magistrado ponente del caso, Alejandro Linares, a un medio de comunicación, asegurando que integrantes de la Sala habrían recibido llamadas de expresidentes, hecho que generó una amplía polémica y que fue negada rotundamente por dos magistradas en un comunicado público y que le valió a Linares, una denuncia.
De hecho, Linares pidió disculpas días después. “Reitero, como lo señalé en mis diferentes respuestas en la mencionada ronda de medios, que no me consta personalmente que mis colegas hubiesen sido contactados por parte de personas ajenas a esta institución, ni tengo razón alguna para pensar que su imparcialidad e independencia se hubieran visto comprometidas en forma alguna en este caso particular", dijo.
Ese recurso de nulidad fue discutido el pasado miércoles siete de abril, en total sigilo, por la Sala Plena y fue votado antes de que llegara al despacho un recurso del abogado Jaime Granados que pedía separar del debate el magistrado Linares.
Como reveló EL TIEMPO, el recurso fue negado de forma unánime. Fuentes explicaron que, al revisar la decisión del año pasado, la Sala ratificó que no hubo violación al debido proceso. No se estudió de nuevo la imputación del expresidente como procesado, porque ello ya fue objeto de análisis y decisión de fondo.
La Corte dijo que no hubo violación alguna antes de la emisión de la sentencia ni con posterioridad a la misma porque, explicaron fuentes, “está se discutió y adoptó con el lleno de las garantías” en la sesión presencial ese día.
Igualmente, fuentes explicaron que el abogado Granados debió haber presentado la recusación en el escrito de nulidad. Esta decisión no ha sido notificada y no tiene comunicado oficial de la Corte. La magistrada Paola Meneses presentó una aclaración de su voto, pero no se opuso a la decisión mayoritaria, y el magistrado Jorge Ibáñez, anunció una posible aclaración de su voto.

Lo que sigue

El próximo 27 de abril está fijada la audiencia en la que la Jueza 28 Penal del Circuito de Bogotá, Carmen Helena Ortiz, anunciará si precluye o no la investigación en contra del exmandatario, que se adelantó por presuntamente intentar manipular a testigos que ante la justicia han asegurado que Uribe Vélez tendría relación con grupos paramilitares, hechos que este niega rotundamente.
La preclusión la solicitó la Fiscalía al estimar que los hechos que motivaron una medida de aseguramiento en contra del expresidente en la Corte Suprema no son, en su criterio, delitos y los que sí lo son, no se le pueden atribuir a él.
En una audiencia de preclusión que duró casi un año, la Procuraduría, la Fiscalía, los representantes de víctimas y el propio Uribe intervinieron. La decisión que tome la jueza, sea cual fuere, es objeto de un recurso de apelación.
justicia@eltiempo.com
@JusticiaET

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