Aunque la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en Colombia ha sido reconocido por la Constitución como un derecho fundamental en los tres casos en los que está permitida desde el 2006, dentro de las instituciones todavía se presentan barreras que les impiden a las mujeres acceder a esta garantía para abortar.
Esas barreras quedan en evidencia en dos conceptos técnicos que llegaron a la Corte Constitucional esta semana, y que muestran cómo a pesar de que el aborto en Colombia se despenalizó parcialmente hace 14 años, las mujeres siguen encontrando dificultades para acceder a él aún cuando están en alguna de las tres causales: cuando el embarazo es un riesgo para la vida o salud de la madre, cuando hay malformación del feto incompatible con la vida, y cuando hay violación.
En primer lugar, el concepto que la Superintendencia de Salud envió al alto tribunal responde las preguntas que la Corte le hizo en el auto en el que aceptó evaluar la demanda de Causa Justa, movimiento que pide eliminar del Código Penal el delito de aborto para que sea permitido más allá de las tres causales.
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En este documento se lee que en 14 años de aplicación del aborto en tres casos, la Superintendencia de Salud ha proferido cuatro sanciones a instituciones médicas, con multas que en total suman 629 millones de pesos, por negar procedimientos de interrupción voluntaria del embarazo.
La sanción más alta la recibió el pasado 16 de septiembre la Caja de Compensación Familiar (Compensar), por 298 millones de pesos, por incumplir las instrucciones de la Supersalud sobre el reporte de información sobre la IVE.
Compensar también fue condenada a otra multa por 234 millones, el 28 de febrero del 2018, por negar procedimientos no incluidos en el POS, y no garantizar el acceso a un aborto requerido por una usuaria.
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Después aparece la EPS Servicio Occidental de Salud, con una multa de 64 millones, en julio del 2015, por no dar una respuesta a una solicitud de IVE en los cinco días siguientes después de recibirla. También porque no refutó con argumentos "técnico-científicos el concepto elaborado por los médicos externos con base en la condición médica" en la que se encontraba la mujer que solicitó la IVE.
El último sancionado es el hospital regional del Magdalena Medio, con una multa de 32 millones, en enero del 2015. Tuvo que responder por no dar una respuesta y negar el procedimiento de aborto a una víctima del conflicto armado que sufrió una violación.
Así las cosas, las instituciones multadas por la Supersalud son 3, cifra que parece baja teniendo en cuenta la cantidad de quejas que han llegado a ese organismo de vigilancia.
En su concepto, aunque no entrega cifras históricas, la Superintendencia expone que este año ha recibido 57 quejas relacionadas con la IVE. El mes en el que hubo más quejas fue marzo, con 15. Sin embargo, para abril las quejas bajaron en un 73,3 por ciento, al pasar a 4. Según la Supersalud, esto tendencia estaría relacionada con la "baja demanda de servicios de salud con ocasión de las medidas de emergencia sanitaria por la pandemia del covid-19".
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También porque nada más este año, según lo reportado por la misma Superintendencia de Salud a la Corte, en una auditoría a 9 IPS, encontró que cuatro de ellas no cumplen con el protocolo de atención integral para las víctimas de violencia sexual, ya que no usaban la anticoncepción de emergencia en caso de riesgo potencial de embarazo, no brindaban a las víctimas información sobre su derecho a interrumpir el embarazo desde el primer contacto con ellas, no registraban en la historia clínica su manifestación de querer abortar, o porque pasaban más de 5 días desde que se solicitaba el procedimiento, sin respuesta.
Esas IPS contra las que se abrió una investigación en la delegada de Procesos Administrativos, son el hospital San Francisco de Asís de Quibdó, el hospital San Rafael, de Ebéjico (Antioquia), el hospital San Joaquín (Nariño), y el hospital Nuestra Señora de las Mercedes de Corozal, en Sincelejo (Sucre).
De las 57 quejas entre enero y septiembre de este año, la Supersalud asegura que el 100 por ciento fueron tramitadas y solucionadas. La entidad que más días se tarda en promedio para cerrar la queja es Coomeva, con 66 días, un tiempo prolongado si se tiene en cuenta que lo que está en juego es el derecho de las mujeres a interrumpir su embarazo bajo una causal que está permitida por la Constitución.
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Luego, en el listado aparecen Comparta (64 días), Compensar (32), Medimás (31), Capital Salud (19), Salud Total (17), Coosalud (15), el Servicio Occidental de Salud (14).
Aunque estas son las EPS más demoradas para atender los reclamos, la mayoría de quejas se han presentado contra Sánitas (7); Convida (6), y el sistema de salud del magisterio (5), y Barrios Unidos de Quibdó (5).
En el informe entregado por la Superintendencia de Salud, también se expone que los principales motivos de las quejas relacionadas con la IVE tienen que ver con la falta de oportunidad en la programación de procedimientos quirúrgicos (7 casos); la demora en la referencia o contrarreferencia (7 casos), la lentitud en la autorización de procedimientos del Plan de Beneficios de Salud (6); y la no aplicación de las normas, guías y protocolos de atención (5). Además, hubo tres quejas por un "trato indigno o deshumanizado".
Las quejas se han presentado en 16 departamentos del país, y la mayoría de ellas se han dado en el Valle del Cauca (12), Bogotá (11), Cundinamarca (6), Atlántico (6), y Cauca (5).

Barreras para el aborto, según la Defensoría del Pueblo.
Infografía / EL TIEMPO
Este informe contrasta con el entregado a la Corte Constitucional por la Defensoría del Pueblo, con el que se puede evidenciar cómo las cuatro sanciones contra las entidades de salud son pocas ante la magnitud de las barreras que sufren las mujeres para poder acceder a una IVE.
Entre el 2018 y este año, la Defensoría del Pueblo ha atendido 131 casos por barreras para el aborto legal. Esa atención se ha hecho en su programa Duplas de Género, que tiene presencia en 37 regiones del país, y que asesora casos de violencia o discriminación contra mujeres o personas con orientación sexual e identidad de género diversa.
De esos 131 casos atendidos, 116 son casos nuevos y 15 son seguimientos. De los 116 casos nuevos, 29 se atendieron en el 2018, 41 en el 2019 y 46 este año, con corte a septiembre.
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Dentro de los 116 casos nuevos, la Defensoría encontró que en el 52,58 por ciento (61 casos) hubo barreras para interrumpir el embarazo pese a que las mujeres reportaron estar en la causal de riesgo para su vida o salud. En el 31,89 por ciento (37 casos), se trataba de una solicitud de aborto por violación, y en 3,44 por ciento (4 casos), por malformación del feto. En el 11,20 por ciento no se reportó la causal.
Al evaluar estos hechos, la Defensoría encontró que las principales barreras vienen de las IPS (32,75 por ciento), el médico tratante (7,75 por ciento), y el ICBF (2,58 por ciento). La mayoría de obstáculos para interrumpir el embarazo tienen que ver con la neglicencia (26,72 por ciento), la omisión (13,79 por ciento) y la negación del servicio (9,48 por ciento).
Según la Defensoría, el departamento en donde se atendieron más casos de mujeres que sufrieron barreras es Chocó (12), seguido por Norte de Santander (8), y Bogotá (8).
La Defensoría también encontró tres casos de mujeres en situación de discapacidad cognitiva que sufrieron barreras para la IVE, tres usuarias que estaban en situación de prostitución, y 20 casos de mujeres que afirmaron ser víctimas del conflicto armado interno.
REDACCIÓN JUTICIA
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