El debate sobre la despenalización del aborto en la Corte Constitucional se frenó la semana pasada por un impedimento de uno de los magistrados, y aunque ya se había sorteado un conjuez para resolver ese tema, una carta enviada al alto tribunal podría implicar que deba elegirse a otro.
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La carta es de integrantes del movimiento Causa Justa, demandantes de uno de los recursos por la despenalización que estudia la Corte, quienes cuestionan la imparcialidad de Hernando Yepes Arcila, el conjuez elegido para resolver el impedimento del magistrado Alejandro Linares.
Esto porque Yepes es apoderado en otro proceso que está en trámite en el alto tribunal y del cual el magistrado ponente es, precisamente, Linares.
"El señor Yepes Arcila actualmente obra también como apoderado judicial en un proceso de tutela que está siendo conocido por la Sala Plena de la Corte y cuyo magistrado ponente es precisamente el Dr. Alejandro Linares Cantillo, lo que nos lleva estimar que la imparcialidad del señor Yepes, como conjuez en el trámite del impedimento presentado por el magistrado Linares, puede verse comprometida al presentarse un conflicto de interés", señalaron en su carta Ana Cristina González Vélez, Mariana Ardila Trujillo, Catalina Martínez Coral, Sandra Patricia Mazo Cardona, Cristina Rosero Arteaga, Aura Carolina Cuasapud Arteaga y Valeria Pedraza Benavides.
El señor Yepes terminaría actuando como juez de uno de sus jueces y como colega de sus demás jueces: demandantes
El documento prosigue: "El señor Yepes terminaría actuando como juez de uno de sus jueces y como colega de sus demás jueces".
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El recurso señala que Yepes es el apoderado judicial de la empresa Proactiva Doña Juana E.S.P S.A, que instauró una tutela en contra del Consejo de Estado, cuyo radicado en la Corte Constitucional es T-7648831, "que además se está tramitando simultáneamente a las demandas de la referencia (las que piden la despenalización del aborto), como se puede ver en el orden del día de la Sala Plena de los días 18 y 19 de noviembre de 2021", dice la carta.
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Así mismo, las demandantes señalaron que aunque el Decreto 2067 de 1991 prevé que no están impedidos ni son recusables los magistrados y conjueces a quienes corresponda la decisión sobre impedimentos o recusaciones, "en el ánimo de contribuir al correcto funcionamiento de la administración de justicia y a la celeridad procesal en las demandas, que ya han tenido bastantes dilaciones procesales frente a las cuales la Honorable Corte ha debido actuar, ponemos a su consideración desde ya esta información".
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Por el posible conflicto de interés de Hernando Yepes que citaron, las integrantes de Causa Justa le pidieron a la Corte que se haga un nuevo sorteo en el marco del impedimento del magistrado Linares, para que se designe a otro conjuez.
O que, subsidiariamente, "se remita oficialmente este escrito al Dr. Hernando Yepes Arcila, como un insumo relevante para tener en cuenta de manera previa a la aceptación de su nombramiento y posesión como conjuez".
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