A pesar de negar la extradición del guerrillero de las Farc Julio Enrique Lemos, la Corte Suprema aclaró que el tratado con Estados Unidos está vigente
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Milton DÃaz / Archivo EL TIEMPO
Corte niega extradición de guerrillero de las Farc
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia emitió un concepto desfavorable y negó la extradición del exguerrrilero de las Farc Julio Enrique Lemos Moreno que hace parte del proceso de paz con las Farc.
La decisión de la Corte se dio teniendo en cuenta que el artículo 19 del Acto Legislativo 01 del 2017 prohíbe la extradición de guerrilleros que hagan parte del proceso de paz y cuyos delitos hayan sido cometidos "durante el conflicto armado interno o con ocasión de este hasta la finalización del mismo".
Así las cosas, la Corte asegura que es imposible extraditar a Lemos teniendo en cuenta que se trata de "un guerrillero sometido al Sistema Integral de Justicia, Reparación y no Repetición, señalado por las autoridades norteamericanas de cometer, en condición de miembro de las Farc, delitos de secuestro y terrorismo con anterioridad a la firma del Acuerdo Final de Paz", dice la decisión.
La Corte tuvo en cuenta que Lemos, según un certificado del Alto Comisionado para la Paz, es miembro de las Farc, está incluido en los listados entregados por ese grupo, dejó las armas y se comprometió a someterse a la JEP.
Este mismo caso había generado el rechazo de las autoridades norteamericanas, cuando la Corte dejó a Lemos en libertad.
En el fallo la Corte ratifica que el tratado de extradición con Estados Unidos está vigente aunque en este caso no proceda.
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