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Las limitaciones que tiene el presidente Santos por Ley de Garantías

La procuradora María Eugenia Carreño explica las cartas de juego que podrá usar el Jefe de Estado.

Con la entrada en vigencia plena de la Ley de garantías electorales, a partir de este sábado, empiezan no solo nuevas limitaciones sino posibilidades para la campaña de reelección del presidente Juan Manuel Santos. La procuradora delegada para Asuntos Electorales, María Eugenia Carreño, explica en qué campos el Presidente-candidato tendrá restricciones y en cuáles tendrá luz verde.
¿Qué puede hacer en materia electoral el presidente Santos a partir del 25 de enero?
Si el jefe de Estado hace su inscripción en esta primera fecha (podría no hacerlo, caso en el cual rigen las limitaciones pero no puede hacer proselitismo), comienza formalmente la campaña presidencial. La Ley de Garantías le permite al señor Presidente realizar actividades con el propósito de divulgar el proyecto político y obtener apoyo electoral a su favor. El concepto del Consejo de Estado hizo algunas claridades que la Procuraduría acoge. Así, puede usar los medios de la Presidencia para manifestar su proyecto político. El jefe de Estado puede usarlos, por ejemplo, para hablar de los proyectos de vivienda que quiere entregar en el futuro, porque esa es una forma de obtener la voluntad popular. Pero es clave recordar que solo podrá hacerlo una vez inscriba su campaña. Antes no.
¿Cuáles son las limitaciones que tiene el Presidente?
Cuatro meses anteriores a la fecha de la votación en primera vuelta y hasta la realización de la segunda, el Presidente no puede asistir a actos de inauguración de obras públicas, entregar personalmente recursos o bienes estatales o cualquier otra suma de dinero proveniente del erario público o de donaciones de terceros al gobierno. Tampoco puede referirse a los demás candidatos o movimientos políticos en sus disertaciones o presentaciones públicas como jefe de Estado o de Gobierno.
¿Y cómo saber si habla como jefe de Estado o como candidato?
El Consejo de Estado recientemente analizó el tema y dejó ver la dificultad que existe, la frontera tenue entre lo que es un acto de jefe de Estado y un acto político. Bajo ese contexto, el Presidente-candidato que se someta a una campaña deberá tener un discurso, si se quiere formateado, que no lo haga incurrir en errores que puedan ser vistos para la sociedad o los otros candidatos como la utilización de su condición de Presidente para referirse a otros candidatos.
¿Qué otras restricciones?
Tampoco puede utilizar o incluir imagen, símbolos o consignas de su campaña presidencial en la publicidad del Gobierno. Ni utilizar bienes del Estado diferentes a los que le garanticen su seguridad en actividades de su campaña presidencial.
¿Va a ser un límite difícil de controlar?
Esa es la discusión que se sostuvo una vez el Presidente manifestó su intención de reelegirse. Lo más aconsejable en estos casos para el Presidente es utilizar un lenguaje claro, uno que no pueda prestarse para la suspicacia, para la mala interpretación. Ahí es cuando se suscitan todas las discusiones y quejas ante la Procuraduría. Lo más fácil es que el Presidente sepa formatear su discurso para el escenario correspondiente.
¿Será determinante el lugar donde diga las cosas?
El Presidente debe manejar el contexto del discurso: creo que es simplemente cuestión de preparación y voluntad para ajustarse a las prohibiciones de la ley.
¿Cuáles restricciones tendrán quienes rodean al Presidente?
Ni los ministerios, ni las superintendencias pueden contratar, a partir del 25 de enero, previa inscripción; tampoco habrá vinculación de personal a la nómina. Los ministros no pueden hacer actos de participación política, ni acompañar al Presidente a actos de campaña.
¿Por qué es tan importante la Ley de Garantías?
En el momento en que se contempló la reelección presidencial se establecieron restricciones para las entidades públicas dependientes del Presidente. La justificación es limitar el poder y garantizar una contienda imparcial, que aquellos que no están en el poder tengan real oportunidad de competir.
REDACCIÓN JUSTICIA
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