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Congreso

Los 5 nuevos delitos electorales que se ‘estrenan’ este domingo

En la jornada electoral del domingo se elegirán senadores y representantes a la Cámara. Los ciudadanos también podrán pedir las tarjetas de las consultas interpartidistas.

En la jornada electoral del domingo se elegirán senadores y representantes a la Cámara. Los ciudadanos también podrán pedir las tarjetas de las consultas interpartidistas.

Foto:Luis Lizarazo / Archivo EL TIEMPO

Para estas conductas, como el tráfico de votos, se establecieron penas de prisión y elevadas multas.

Ofrecer votos a candidatos a cambio de dinero o financiar campañas electorales con recursos prohibidos son algunos de los nuevos delitos que podrían cometerse en esta jornada electoral y frente a los cuales las autoridades estarán alerta.
Son cinco los nuevos delitos electorales aprobados en la Ley 1864 de 2017, que modificó el Código Penal, y que se suman a los once que existían desde el 2000.
Según la Registraduría Nacional del Estado Civil, antes de esta ley, las faltas electorales eran investigadas y sancionadas, pero las penas no pasaban de simples multas. Ahora, esas conductas serán castigadas con prisión y millonarias multas.
Por eso, el llamado de la Registraduría y la Fiscalía es para que votantes, candidatos, partidos y movimientos políticos estén atentos y se abstengan de cometer delitos durante la jornada del domingo.
El primer delito que acoge la nueva ley es la financiación de campañas electorales con fuentes prohibidas, esto quiere decir que permitir el ingreso de dineros ilegales a una campaña electoral da cárcel de cuatro a ocho años y multas de 400 a 1.200 salarios mínimos mensuales.
La segunda falta electoral hace referencia a la violación de los topes de gastos en las campañas, es decir que cuando estos se superen, las penas van de 4 a 8 años de prisión, más inhabilidad para ejercer funciones públicas. La multa será el mismo valor de lo excedido en la financiación.
El tercer delito se aplica a los candidatos que no informen sobre los aportes que hayan recibido sus campañas. Quienes incurran en esta conducta tendrán prisión de 4 a 8 años y pagarán una multa de entre 400 y 1.200 salarios mínimos mensuales.
Ofrecer los votos de un grupo de ciudadanos a cambio de dinero o dádivas es otro de los nuevos delitos, y será castigado con entre 4 y 9 años de cárcel.
La última de las nuevas faltas electorales será para aquellos candidatos que estando inhabilitados por alguna decisión judicial, disciplinaria o fiscal aspiren y resulten electos. En este caso, la norma establece una sanción de 4 a 9 años de prisión y multa de entre 200 y 800 salarios mínimos mensuales.
Si usted detecta alguna de estas irregularidades, no olvide que puede denunciarlo. Además, 8.000 funcionarios de la Fiscalía estarán ubicados en los puestos de votación, atentos a recibir las denuncias y asistiendo a la Policía en sus procedimientos.

Cárcel y multas, sanciones para nuevas faltas

Financiación de campañas con fuentes prohibidas
La sanción va de 4 a 8 años de prisión y multa de 400 a 1.200 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Violación de los topes de gastos en las campañas
Sanción de 4 a 8 años de prisión y multa correspondiente al mismo valor de lo excedido e inhabilitación para ejercer funciones públicas.
Omisión de información del aportante
Prisión de 4 a 8 años y multa de 400 a 1.200 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Tráfico de votos
Sanción de 4 a 9 años de prisión y multa de 400 a 1.200 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Elección ilícita de candidatos
Sanción de 4 a 9 años de prisión y multa de 200 a 800 salarios mínimos
legales mensuales vigentes.

Aumentan las penas de los delitos anteriores

Constreñimiento al sufragante. Antes purgaba una pena de 3 a 6 años, y ahora es de 4 a 9 años y multa de entre 50 y 200 salarios mínimos mensuales.
Perturbación del certamen democrático. La pena se incrementó de 4 a 9 años y la multa, de 50 a 200 salarios mínimos mensuales.
Fraude en la inscripción de cédulas. El responsable enfrentará prisión de entre 4 y 9 años y multa de 50 a 200 salarios mensuales.
Alteración de los resultados electorales. La pena es de 4 a 8 años de prisión; la multa, de 50 a 200 salarios mensuales.
Ocultamiento y posesión ilícita de cédula. Se penaliza con prisión de 4 a 8 años y multa de 50 a 200 salarios mensuales.
Suplantar a un sufragante o votar más de una vez. Da prisión de 4 a 8 años y multa de 50 a 200 salarios mensuales.
El servidor público que no haga entrega oportuna a las autoridades de los documentos electorales, sellos de urna, etc., incurrirá en prisión de 4 a 9 años de cárcel y quedará inhabilitado para ejercer cargos públicos por el mismo tiempo de la pena.

¿Cómo puedo denunciar?

Si usted conoce algún delito o irregularidad relacionados con los procesos electorales, puede denunciarlos por medio del correo electrónico denunciasuriel@mininterior.gov.co o entrando a las páginas web portal uriel.mininterior.gov.co o www.fiscalia.gov.co.
En redes sociales, Twitter: @UrielColombia. También podrá comunicarse con la línea telefónica gratuita nacional 01 000 91 2005.
KATYA CHAMIÉ
ESPECIAL PARA EL TIEMPO
kchamie@hotmail.com
Concepto y redacción editorial: Unidad de Contenidos Especiales de EL TIEMPO. Con el apoyo de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
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