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Listo esquema para suavizar saltos en facturas de energía

La Creg endureció el seguimiento a los usuarios peor atendidos, mediante un esquema de compensaciones, que en cinco años pueden sumar unos $ 325.000 millones.

La Creg endureció el seguimiento a los usuarios peor atendidos, mediante un esquema de compensaciones, que en cinco años pueden sumar unos $ 325.000 millones.

Foto:Foto: Codensa

Los 28 comercializadores podrán atenuar alzas desbordadas a sus usuarios.

En vista de que los diferentes factores que componen el costo unitario del kilovatio de energía eléctrica pueden tener situaciones que impacten de forma representativa las tarifas a los usuarios finales residenciales (mercado regulado), la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) activó un mecanismo al que podrán acudir los 28 comercializadores del país, para atenuar las fuertes alzas que puedan presentarse en las facturas de los usuarios de este servicio público.
Se trata de una medida previa a la crisis que originó el coronavirus y que llevó al Gobierno a adoptar esquemas extraordinarios para que las empresas difieran a los usuarios en problemas el valor de sus facturas de los próximos meses.
Antes de la situación que vive el país, en febrero la Creg estableció, a través de la resolución 012, las condiciones de la llamada opción tarifaria, esquema que permite pagar en plazos más amplios los aumentos en la tarifa.
Germán Castro Ferreira, experto comisionado de la Creg, explica que, por ejemplo, en momentos en que las tarifas de energía en bolsa subieron en promedio 25 por ciento anual entre el 1.º y el 27 de marzo (cifras de XM), a 420 pesos el kilovatio, se pueden afectar los clientes de los operadores más expuestos a la volatilidad de ese mercado.
Esto les ocurre no solo a empresas como Electricaribe, cuyo nivel de exposición es del 35 por ciento, sino a Celsia Tolima, expuesta en un 30 por ciento (nivel en que recibió el mercado la filial del Grupo Argos), situación que está buscando corregirse contratando energía de largo plazo, según explicó Ricardo Sierra, presidente de Celsia.
Pero además, según Castro, otros aspectos como los impuestos a la actividad de transmisión de energía, la inclusión de nuevas inversiones, el cálculo del costo del capital (Wacc), los sobrecostos por deficiencias en las redes (restricciones) e, incluso, procesos de tutela ante tribunales, que frenen proyectos de transmisión, también pueden incidir en mayores costos para los usuarios finales del servicio.
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Foto:123rf

Las condiciones

Por ello, en su resolución la Creg abrió la opción para que cada comercializador, aplicando unas ecuaciones, pueda acogerse a la opción tarifaria, con lo cual los altos incrementos de los precios que puedan preverse por uno o diversos factores se puedan diferir.
Así, la norma señala que todas las empresas tienen los próximos dos años (2020 y 2021) para informar a la Creg y a la Superintendencia de Servicios Públicos su intención de utilizar el esquema, proceso que tendrá un límite de 5 años para diferir pagos.
Y una vez se acojan las empresas, el porcentaje de variación mensual del costo unitario del kilovatio, según la resolución, tendrá un valor mínimo de 0,6 por ciento, el cual podrá ser mayor solo si tiene una sola cifra decimal, pero la financiación que se le reconoce al comercializador minorista deberá ser igual o menor que el cálculo del promedio de las tasas de interés preferencial o corporativo de los créditos comerciales vigentes en las últimas 26 semanas previas al cálculo de la tarifa que se va a aplicar, según lo publicado por el Banco de la República.

Los aumentos para el 2020 van a ser inferiores al 6 por ciento en el componente de distribución

“Los agentes mismos trazan la pendiente, y lo vigila la Superintendencia de Servicios Públicos”, agrega el experto comisionado de la Creg, quien recalca que dichos topes de tasas se determinaron para que las empresas prestadoras no lo conviertan en un negocio.
Según la norma, antes de iniciar con la primera aplicación de la opción tarifaria, el comercializador deberá publicar en un periódico de circulación regional, en su página web y en un volante anexo al recibo del servicio, información relacionada con la aplicación de la opción tarifaria, para que el usuario pueda decidir si su facturación se acoge al mecanismo o no.
De acuerdo con Castro Ferreira, puede darse el caso de usuarios que estén dispuestos y en capacidad de asumir el aumento de las tarifas sin la medida que los suaviza, porque no quieren pagar intereses al comercializador.
Y el comercializador minorista considerará que la totalidad de los usuarios escogen la opción de aplicación de la opción tarifaria, pero excluirá a aquellos que hayan escogido la aplicación del costo unitario sin el mecanismo.
Y una vez se determine el costo máximo trasladable de prestación del servicio con base en la opción tarifaria escogida por el usuario, la empresa aplicará las disposiciones vigentes sobre subsidios y contribuciones para efectos de determinar la tarifa.
Una de las empresas que ya empezaron a usar el esquema fue Celsia Tolima, ya que, según el presidente de la matriz Celsia, Ricardo Sierra, la nueva regulación tarifaria hacía que los incrementos pudieran ser cercanos al 15 por ciento, porcentaje que se aplicará en un período de entre tres y cinco años.
“Los aumentos para el 2020 van a ser inferiores al 6 por ciento en el componente de distribución”, explicó el directivo.

Caribe Mar y Caribe Sol, con esquema aparte

Para el caso de los mercados de Electricaribe (Caribe Mar y Caribe Sol), adjudicados a nuevos inversionistas, el régimen tarifario especial, definido en la resolución 010 del 30 de enero, dice que las empresas resultantes podrán presentar una opción tarifaria aparte para la aplicación gradual de las alzas, la cual, en todo caso, no podrá exceder los parámetros de la resolución 012.
En el caso de las inversiones, dicha resolución determinó que a más tardar el 15 de diciembre los nuevos agentes deben presentar el expediente tarifario, bajo el régimen transitorio especial para que les sean aplicables las medidas, entregando datos detallados de la información de energía, municipios atendidos, inventario de activos, gastos de administración, operación y mantenimiento, transformadores y demás información necesaria.
El esquema transitorio señala que los operadores podrán elegir entre un plan de inversiones a cinco años (2021 a 2025), con plazo de presentación el 15 de diciembre, y uno de cuatro años (2021 a 2024), con fecha límite de presentación el 1.º de abril de 2021.
ÓMAR G. AHUMADA ROJAS
Subeditor de Economía y Negocios
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